Cort.juzg.esp.penal(mas de 80p). 2209046-1

Fecha de publicación29 Agosto 2023
SecciónOtros
EDICTO JUDICIAL.- La señora jueza del Tercer Juzgado de Investigación de Preparatoria sub especializado
en delitos de agresiones contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de Paucarpata pone en conoci-
miento: Que en el expediente N° 428-2021-99-0401-JR-PE-07, proceso que se sigue en contra de VICEN
RIVERA, BERNANDO VICENTE, por el delito de agresiones en contra de mujeres e integrantes del grupo
familiar, en agravio de Eleutaria Rivera Cayllahua, se ha emitido la resolución N° 10, de fecha catorce de julio
del dos mil veintitrés, en la cial se provee el requerimiento de revocación de la reserva de fallo, formulado por
la Fiscalía, y a n de resolver lo solicitado conforme lo dispone el artículo 491.2 del Código Procesal Penal: Se
requiere al sentenciado VICEN RIVERA, BERNANDO VICENTE para que en el término del tercero día de
noticado cumpla con las reglas de conducta entre ellas el cumplimiento de las terapias psicológicas y pago
de la reparación civil, bajo apercibimiento de revocársele la reserva de fallo condenatorio e imponérsele pena
privativa de la libertad efectiva, es así que mediante audiencia de fecha 10 de agosto del 2023 se dispone la
reprogramación de audiencia para el día 12 SETIEMBRE 2023 A LAS 10.45 HORAS, a través del enlace Link
de audiencia https://meet.google.com/dzv-rtsa-kke,en consecuencia se dispone la publicación de la presente
audiencia mediante edictos, pagina web de fecebook del Poder Judicial y el diario el Peruano, debiendo con-
signarse que el Ministerio Público está solicitando la revocatoria de la reserva de fallo condenatorio impuesta
en contra del sentenciado a razón de que está incumpliendo el pago de reparación civil en la suma de 450.00
soles y las terapias psicológicas, debiendo pagar la reparación civil a través de depósito judicial y comu-
nicarse para cumplir con las terapias psicológicas ante el Equipo Multidisciplinario al número de teléfono
966004403, se le pone en conocimiento que se le ha designado al defensor público Roger Flores Chancayauri
pudiendo comunicarse al teléfono número 941061190, en caso el sentenciado incumpla y se verique para
dicha sesión el pago de la reparación civil y el pago de terapias psicológicas, el Ministerio Público oralizará su
pedido solicitando se revoque la reserva de fallo condenatoria y se imponga la pena efectiva de 01 año y 05
meses que cumpliría en el establecimiento penitenciario que designe el INPE y la aplicación de la pena de in-
habilitación prevista en el artículo 36 numeral 11 del Código Penal por el mismo plazo de la pena.- Jueza del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria – VCMEIGF PAUCARPATA.- Lizbeth Yeiner Torres Choque.-

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