08 333-2001-ED 335-2001-ED 336-2001-ED - Autorizan a procurador iniciar las acciones correspondientes contra presuntos responsables de la comisión de delitos contra la fe pública y la administración pública

Fecha de disposición14 Julio 2001
Fecha de publicación14 Julio 2001
Pág. 206713
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de julio de 2001
Autorizan a procurador iniciar las
acciones correspondientes contra pre-
suntos responsables de la comisión
de delitos contra la fe pública y la
administración pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 333-2001-ED
Lima, 11 de julio de 2001
Vistos, el Oficio Nº 516-2001-PP/ED del Procurador
Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación, Expediente Nº 19561-2001
y demás documentos que se acompañan;
CONSIDERANDO:
Que, el Organo de Auditoría Interna de la Dirección
Regional de Educación de Piura, ha emitido el Informe
Especial Legal Nº 008-2001-CTAR-PIURA-DREP-OAI-
OAJ, de fecha 20 de abril de 2000, del cual se desprende
que don MINER ROGER DIAZ LLANOS, con el objeto
de tramitar la documentación correspondiente a los
estudios realizados por su hija Erlita Maribel Díaz
Calle, presentó ante el Organo Desconcentrado citado,
el Certificado Oficial de Estudios de la Serie K, con Nº
536099, que se presume es falso;
Que, los referidos hechos denotan la existencia de
indicios razonables de la comisión del delito contra la Fe
Pública en la modalidad de Falsificación de Documen-
tos en General en agravio del Estado, previsto y penado
Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma de
Auditoría Gubernamental - NAGU 4.50, aprobada
por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG, susti-
tuida por Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG,
cuando en la ejecución de la acción de control se
evidencien indicios razonables de comisión de delito,
la Comisión Auditora, en cautela de los intereses del
Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respecti-
va acción de control, emitirá con la celeridad del caso,
un informe especial con el debido sustento técnico y
legal, para que se efectúen las acciones pertinentes
en forma inmediata en las instancias correspondien-
tes;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del
Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema
Nacional de Control, son atribuciones del Sistema,
considerar que los informes y/o dictámenes resultado
de una acción de control emitido por cualquier órgano
del Sistema constituyen prueba preconstituida para la
iniciación de las acciones administrativas y/o legales a
que hubiera lugar;
Que, en consecuencia es pertinente autorizar al
Procurador Público del Estado encargado de los Asun-
tos Judiciales del Ministerio de Educación, para que
inicie las acciones judiciales correspondientes;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu-
ción Política del Perú y lo dispuesto en el Artículo 12º del
Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº
17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Público
del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del
Ministerio de Educación, para que inicie las acciones
judiciales correspondientes contra don MINER ROGER
DIAZ LLANOS y los que resulten responsables, por lo
expuesto en la parte considerativa de la presente Reso-
lución.
Artículo 2º.- REMITIR a la Procuraduría Pública
los antecedentes de la presente Resolución, para su
conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese y comuníquese.
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
27045
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 335-2001-ED
Lima, 11 de julio de 2001
Vistos, el Oficio Nº 599-2001-PP/ED del Procurador
Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación, Expediente Nº 21762-2001
y demás documentos que se acompañan;
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia del Examen Especial practi-
cado al Area de Administración de la Unidad de Servicios
Educativos Nº 16 - Barranca, del período enero a julio de
2000, la Oficina de Auditoría Interna del Organo Descon-
centrado citado, ha emitido el Informe Nº 0114-00/J(E)-
OAI-USE 16-BCA y el Informe Especial Legal Nº 001-2001-
AL-USE-16-BCA, mediante los cuales se desprende que
don ARTURO PACORA CORREA y otros, habrían incurri-
do en presunto delito contra la Administración Pública en
agravio del Estado, por los hechos que expone;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma de
Auditoría Gubernamental - NAGU 4.50, aprobada por
Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG, sustituida por
Resolución de Contraloría Nº 259-2000-CG, cuando en
la ejecución de la acción de control se evidencien indi-
cios razonables de comisión de delito, la Comisión
Auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin
perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de
control, emitirá con la celeridad del caso, un informe
especial con el debido sustento técnico y legal, para que
se efectúen las acciones pertinentes en forma inmedia-
ta en las instancias correspondientes;
Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso f) del
Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema
Nacional de Control, son atribuciones del Sistema,
considerar que los informes y/o dictámenes resultado
de una acción de control emitido por cualquier órgano
del Sistema constituyen prueba preconstituida para la
iniciación de las acciones administrativas y/o legales a
que hubiera lugar;
Que, en consecuencia es pertinente autorizar al
Procurador Público del Estado encargado de los Asun-
tos Judiciales del Ministerio de Educación, para que
inicie las acciones judiciales correspondientes;
De conformidad con el Artículo 47º de la Constitu-
ción Política del Perú y lo dispuesto en el Artículo 12º del
Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº
17667;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Público
del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del
Ministerio de Educación, para que inicie las acciones
judiciales correspondientes contra don ARTURO PA-
CORA CORREA y los que resulten responsables, por lo
expuesto en la parte considerativa de la presente Reso-
lución.
Artículo 2º.- REMITIR a la Procuraduría Pública
los antecedentes de la presente Resolución, para su
conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese y comuníquese.
MARCIAL RUBIO CORREA
Ministro de Educación
27047
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 336-2001-ED
Lima, 11 de julio de 2001
Vistos, el Oficio Nº 538-2001-PP/ED del Procurador
Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales
del Ministerio de Educación, Expediente Nº 20460-2001
y demás documentos que se acompañan;
CONSIDERANDO:
Que, la Oficina de Auditoría Interna de la Dirección
Regional de Educación de Ayacucho, ha emitido la Hoja

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