Ratifican Acuerdo de COPRI que incluye en el proceso de promoción de la inversión privada a la Planta Lechera de Tacna S.A. - PLETASA

Fecha de publicación07 Marzo 1998
Fecha de disposición07 Marzo 1998
Pág. 157982
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 7 de marzo de 1998
ción de Endeudamiento Externo acordada entre la Corpo-
ración Financiera de Desarrollo S.A. -COFIDE- y The
Export-Import Bank of Japan -EXIMBANK- hasta por
Yen 5 000 000 000,00 (CINCO MIL MILLONES Y 00/100
YENES JAPONESES), destinados a financiar el 85% del
valor exportable de equipo, maquinaria y bienes y/o servi-
cios de origen japonés o producción japonesa;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 172-93-EF, se
aprobó la operación de Endeudamiento Interno acordada
entre el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción y el Banco de la Nación hasta por
la suma en Yenes equivalente a US$ 40 000 000,00
(CUARENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERI-
CANOS), con recursos del préstamo externo aprobado
por el Decreto Supremo Nº 138-93-EF;
Que, el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 31-94
estableció que la operación de Endeudamiento Interno
aprobada por el Decreto Supremo Nº 172-93-EF conti-
nuará estando regulada por lo dispuesto en dicho Decreto
Supremo, no estando sujeta a lo establecido en el Estatuto
del Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº
07-94-EF;
Que, a través del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº
117-97-EF, se aprobó la operación de Endeudamiento
Interno entre el Ministerio de Agricultura y el Banco de
la Nación hasta por la suma en Yenes equivalente a US$
3 817 164,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIE-
CISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/
100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a los recur-
sos provenientes del préstamo externo otorgado por
The Export-Import Bank of Japan -EXIMBANK-
aprobado por Decreto Supremo Nº 138-93-EF, para
financiar parcialmente el valor exportable de la adqui-
sición de maquinaria pesada requerida para la ejecu-
ción de las obras de encauzamiento de los ríos y defen-
sas ribereñas en el marco del Programa Preventivo del
Fenómeno del Niño;
Que, resulta necesario autorizar al Banco de la Nación
a actuar como intermediario financiero en la operación de
Endeudamiento Interno aprobada por el Decreto Supre-
mo Nº 117-97-EF, así como establecer que el margen que
el Banco de la Nación cobrará por el otorgamiento del
crédito será de 0.5% anual;
De conformidad con lo dispuesto por el inciso 19) del
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Banco de la Nación a
actuar como intermediario financiero en la operación de
Endeudamiento Interno aprobada por el Artículo 1º del
Decreto Supremo Nº 117-97-EF, exceptuándose de lo
dispuesto por el inciso f) del Artículo 8º del Estatuto del
Banco de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 07-
94-EF; estableciéndose que el margen que el Banco de la
Nación cobrará por el otorgamiento del crédito será de
0.5% anual.
Artículo 2º.- El presente Decreto de Urgencia será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días
del mes de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
2598
P C M
Ratifican Acuerdo de COPRI que inclu-
ye en el proceso de promoción de la
inversión privada a la Planta Lechera
de Tacna S.A. - PLETASA
RESOLUCION SUPREMA
Nº 116-98-PCM
Lima, 6 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el inciso 1) del Artículo 4º del
Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la
Inversión Privada en las empresas del Estado y la Ley Nº
26440, la COPRI ha acordado incluir a la Planta Lechera
de Tacna S.A. - PLETASA, en el proceso de promoción a
que se refiere el mencionado Decreto Legislativo;
Que, conforme a la parte final del señalado Artículo 4º
del Decreto Legislativo Nº 674, este Acuerdo de la COPRI
debe ser ratificado por Resolución Suprema;
Que, asimismo, la COPRI ha propuesto a los integran-
tes del Comité Especial de la referida Planta, el cual debe
ser nombrado por Resolución Suprema;
De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4º y
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo adoptado por la
Comisión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI),
conforme al cual se incluye en el proceso de promoción de
la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo
Nº 674, a la Planta Lechera de Tacna S.A. - PLETASA.
Artículo 2º.- Constitúyase el Comité Especial que
llevará adelante el proceso respectivo de la Planta Leche-
ra de Tacna S.A. - PLETASA, el cual estará integrado por
las siguientes personas:
- Doña Dora Ballester de Velarde, quien lo presidirá
- Don Mario Hernández Rubiños
- Don César Vivar Tavella
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros,
por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de
Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
JORGE GONZALEZ IZQUIERDO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
2599
Dan por concluido proceso de promo-
ción de la inversión privada en la
Empresa Turística Regional Inka S.A.
- EMTURIN
RESOLUCION SUPREMA
Nº 117-98-PCM
Lima, 6 de marzo de 1998

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