RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 032-2010-CE-PJ - Convierten órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Cusco

Fecha de publicación23 Marzo 2010
Fecha de disposición23 Marzo 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 23 de marzo de 2010
416008
Judiciales sus alcances y objetivos, de manera tal que el
Sistema de Notif‌i caciones Electrónicas de este Poder del
Estado (SINOE-PJ) allí contenido pueda materializarse y
ser una realidad verif‌i cable en el más breve término;
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de
sus facultades, en sesión ordinaria de la fecha, por
unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a los siguientes
magistrados y funcionarios, en adición a sus funciones
como integrantes de la Comisión Técnica de Trabajo del
Poder Judicial para la implementación del “Sistema de
Notif‌i caciones Electrónicas del Poder Judicial (SINOE-PJ);
contenida en la Directiva Nº 015-2008-CE-PJ, aprobada
mediante Resolución Administrativa Nº 336-2008-CE-PJ,
de fecha 31 de diciembre de 2008:
- Robinson Octavio Gonzales Campos, Juez Supremo
Titular e Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, quien lo presidirá.
- Jorge Alfredo Solís Espinoza, Juez Supremo Titular e
Integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
- Hugo Suero Ludeña, Gerente General del Poder
Judicial.
- Gustavo Moreno Dulanto, Gerente de Informática de
la Gerencia General del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de
Justicia de la República y a la Gerencia General del Poder
Judicial, para su conocimiento y f‌i nes consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
FLAMINIO VIGO SALDAÑA
DARÍO PALACIOS DEXTRE
HUGO SALAS ORTIZ
471831-1
Convierten órganos jurisdiccionales
de la Corte Superior de Justicia del
Cusco
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 032-2010-CE-PJ
Lima, 25 de enero de 2010
VISTO:
El Of‌i cio N° 225-2009-CED-CSJCU-PJ, cursado por
el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte
Superior de Justicia del Cusco; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo
Distrital de la Corte Superior de Justicia del Cusco somete
a consideración de este Órgano de Gobierno solicitud
de conversión del Juzgado Contencioso Administrativo
Transitorio, en Segundo Juzgado de Trabajo Permanente
del Cusco; y del Juzgado Contencioso Administrativo
Permanente, en Juzgado Constitucional y Contencioso
Administrativo de la citada sede judicial;
Segundo: La petición formulada se fundamenta en
que en mérito de la vigencia de la Ley N° 29364, ley
que modif‌i ca diversos artículos del Código Procesal
Civil así como del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, respecto a la competencia
de los Juzgados Especializados de Trabajo; se vienen
produciendo variaciones ostensibles en cuanto a la
carga procesal del Juzgado Contencioso Administrativo
Permanente y del Juzgado Contencioso Administrativo
Transitorio, los mismos que detentan una carga procesal
de 918 procesos en trámite y 605 procesos en ejecución,
mientras que en el caso del Juzgado de Trabajo se ha
cuantif‌i cado su carga procesal en 334 procesos en trámite
y 485 procesos en ejecución; siendo que con la vigencia
de la referida ley la carga procesal se invertirá, motivo
por el cual aproximadamente el 90% de la actual carga
del Juzgado Contencioso Administrativo del Cusco será
conocido por el Juzgado de Trabajo de dicha sede;
Tercero: Que, en ese orden de ideas, en aplicación
de la Primera Disposición Modif‌i catoria de la Ley N°
29364, el Juzgado Contencioso Administrativo del Cusco
ha asumido los procesos Contenciosos Administrativos
que eran de competencia de las Salas Superiores
Especializadas en lo Civil y Mixta del Cusco, conforme
al Of‌i cio N° 225-2009-CED-CSJCU-PJ cursado por el
Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte
Superior de Justicia del Cusco;
Cuarto: Que, asimismo, de la revisión de los
mencionados actuados se estima que de convertirse
el Juzgado Contencioso Administrativo Permanente
del Cusco en Juzgado Constitucional y Contencioso
Administrativo de la citada sede judicial, su carga procesal
se incrementará con un ingreso promedio de 350 procesos
al año, lo cual justif‌i ca el funcionamiento como tal;
Quinto: siendo así, y estando a lo señalado
precedentemente, y teniendo en cuenta que los Juzgados
Contencioso Administrativo Permanente y Transitorio del
Cusco cuentan con un presupuesto asignado, resulta
viable su conversión conforme a la propuesta planteada;
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82°, incisos 25 y 26, del Texto Único Ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el
informe del señor Consejero Hugo Salas Ortiz, en sesión
ordinaria de la fecha, por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Convertir los siguientes órganos
jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del
Cusco:
• El Juzgado Contencioso Administrativo Transitorio, en
Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente
de la Provincia del Cusco.
• El Juzgado Contencioso Administrativo Permanente,
en el Juzgado Constitucional y Contencioso Administrativo
de la citada provincia.
Artículo Segundo.- Facultar a la Presidencia de Ia
Corte Superior de Justicia del Cusco, a adoptar las acciones
y medidas administrativas que sean necesarias para el
adecuado cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia,
Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura,
Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco,
y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ROBINSON O. GONZALES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA
FLAMINIO VIGO SALDAÑA
DARÍO PALACIOS DEXTRE
HUGO SALAS ORTIZ
471831-2

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