Fijan factores de conversión monetaria a utilizarse en la declaración de la base imponible en ADUANAS*

Fecha de publicación04 Marzo 1997
Fecha de disposición04 Marzo 1997
NORMAS LEGALES
Pág. 147349
Lima, martes 4 de marzo de 1997
INDECI
Aceptan diversas donaciones efectua-
das a favor de damnificados del sismo
ocurrido en la ciudad de Nasca
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 010-B-97-INDECI
Lima, 4 de febrero de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como organismo
central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil
es el encargado del planeamiento, coordinación y control de las
actividades de defensa civil a nivel nacional;
Que las empresas asociadas a la SOCIEDAD NACIONAL DE
MINERIA Y PETROLEO, ha donado a los damnificados del sismo
ocurrido en la ciudad de Nasca el día 12 de noviembre de 1996 a
través del Instituto Nacional de Defensa Civil la cantidad de
TRECE MIL TRESCIENTOS SESENTIDOS Y 00/100 DOLA-
RES AMERICANOS (US$ 13,362.00) para ser depositados en la
Cuenta Corriente Nº 6000-020352 Aportes y Donaciones en
Moneda Extranjera;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942
donaciones, D.L. Nº 19338 modificado por los Decretos Legislati-
vos Nºs. 442 y 735;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Aceptar la donación efectuada por las
empresas asociadas a la SOCIEDAD NACIONAL DE MINERIA
Y PETROLEO, por la suma de TRECE MIL TRESCIENTOS
SESENTIDOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$
13,362.00).
Artículo Segundo.-
Agradecer a las empresas asociadas a la
SOCIEDAD NACIONAL DE MINERIA Y PETROLEO por el
valioso aporte efectuado a favor de los damnificados.
Artículo Tercero.-
Transcribir la presente Resolución Jefa-
tural a la SOCIEDAD NACIONAL DE MINERIA Y PETROLEO,
Contraloría General y al Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HOMERO NUREÑA LEON
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 010-C-97-INDECI
Lima, 5 de febrero de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como organismo
central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil
es el encargado del planeamiento, coordinación y control de las
actividades de defensa civil a nivel nacional;
Que la Compañía Latinoamericana de Radiodifusión Fre-
cuencia Latina, personal del Canal 2 Frecuencia Latina, Produc-
tos Paraíso del Perú S.A., Duplo Seiko Corporation, personas que
se acercaron a las agencias bancarias a ser sus donativos canali-
zados por la Compañía Latinoamericana de Radiodifusión Fre-
cuencia Latina, ha donado para la rehabilitación de la infra-
estructura educativa y adquisición de medicinas para los damni-
ficados del sismo ocurrido en la ciudad de Nasca el día 12 de
noviembre de 1996 a través del Instituto Nacional de Defensa
Civil el Cheque Nº ZA 406277 del Banco de Crédito por la
cantidad de CINCUENTICUATRO MIL NOVECIENTOS VEIN-
TICUATRO Y 20/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 54,924.20),
para ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 6000-020352
Aportes y Donaciones en Moneda Extranjera, el monto represen-
ta el total de las donaciones en efectivo según:
COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE
RADIODIFUSION FRECUENCIA
LATINA US$ 20,000.00
PRODUCTOS PARAISO DEL
PERU S.A. US$ 20,000.00
DUPLO SEIKO CORPORATION US$ 10,000.00
PERSONAL DEL CANAL 2
FRECUENCIA LATINA Y DONATIVOS
DE LA COLECTIVIDAD US$ 4,924.20
---------------------
TOTAL: US$ 54,924.20
============
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942
donaciones, D.L. Nº 19338 modificado por los Decretos Legislati-
vos Nºs. 442 y 735;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Aceptar la donación efectuada por la
COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION FRE-
CUENCIA LATINA CANAL 2, por la suma de VEINTE Y 00/100
MIL DOLARES AMERICANOS (US$ 20,000.00), PRODUCTOS
PARAISO DEL PERU S.A. por la suma de VEINTE MIL Y 00/100
DOLARES AMERICANOS (US$ 20,000.00), DUPLO SEIKO
CORPORATION por la suma de DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES
AMERICANOS (US$ 10,000.00), al personal del Canal 2 FRE-
CUENCIA LATINA y personas que se acercaron a las agencias
bancarias a ser sus donativos como expresión de solidaridad por
la suma de CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO Y
20/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 4,924.20).
Artículo Segundo.-
Agradecer a la COMPAÑIA LATINOA-
MERICANA DE RADIODIFUSION - FRECUENCIA LATINA
CANAL DOS, PRODUCTOS PARAISO DEL PERU S.A., DUPLO
SEIKO CORPORATION, personal del Canal 2 Frecuencia Latina y
personas que se acercaron a las agencias para depositar sus dona-
tivos por el valioso aporte efectuado a favor de los damnificados.
Artículo Tercero.-
Transcribir la presente Resolución Jefa-
tural a la COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFU-
SION - FRECUENCIA LATINA CANAL 2, PRODUCTOS PARAI-
SO DEL PERU S.A., DUPLO SEIKO CORPORATION, Contralo-
ría General y al Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HOMERO NUREÑA LEON
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 010-D-97-INDECI
Lima, 5 de febrero de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, como organismo
central, rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil
es el encargado del planeamiento, coordinación y control de las
actividades de defensa civil a nivel nacional;
Que el personal del Canal 2 Frecuencia Latina, personas que
se acercaron a las agencias bancarias a depositar sus donativos
canalizados por la COMPAÑIA LATINO AMERICANA DE
RADIODIFUSION - FRECUENCIA LATINA CANAL 2, ha do-
nado para la rehabilitación de la infraestructura educativa y la
adquisición de medicinas en relación con los trágicos sucesos
provocados por el sismo ocurrido en Nasca el día 12 de noviembre
de 1996 a través del Instituto Nacional de Defensa Civil los
Cheques Nº QA 157334, Nº E-0005739-8 del Banco de Crédito y
Banco del Progreso las cantidades de NUEVE MIL NOVECIEN-
TOS TREINTISIETE Y 63/100 NUEVOS SOLES (S/. 9,937.63) y
OCHO MIL QUINIENTOS SETENTIDOS Y 24/100 NUEVOS
SOLES (S/. 8,572.24) respectivamente, para ser depositados en la
Cuenta Corriente Nº 0000-246840 Aportes y Donaciones en
Moneda Extranjera;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942
donaciones, D.L. Nº 19338 modificado por los Decretos Legislati-
vos Nºs. 442 y 735;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.-
Aceptar la donación efectuada por el
personal del Canal 2 Frecuencia Latina y de las personas que se
acercaron a las agencias bancarias a depositar sus donativos
canalizados por la COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE
RADIODIFUSION - FRECUENCIA LATINA CANAL 2, por las
sumas de NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTISIETE Y 63/
100 NUEVOS SOLES (S/. 9,937.63) y OCHO MIL QUINIENTOS
SETENTIDOS Y 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 8,572.24).
Artículo Segundo.-
Agradecer al personal del Canal 2
Frecuencia Latina y a las personas que se acercaron a las agencias
bancarias a depositar sus donativos canalizados por la COMPA-
ÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION - FRE-
CUENCIA LATINA CANAL DOS, por el valioso aporte efectuado
a favor de los damnificados.
Artículo Tercero.-
Transcribir la presente Resolución Jefa-
tural al personal del Canal 2 Frecuencia Latina a través de la
COMPAÑIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION -
FRECUENCIA LATINA CANAL 2, Contraloría General y al
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HOMERO NUREÑA LEON
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
ADUANAS
Fijan factores de conversión moneta-
ria a utilizarse en la declaración de la
base imponible en ADUANAS
RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL
Nº 00167-97-INRA
Callao, 3 de marzo de 1997

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