Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98)

AutorElmer Guillermo Arce Ortiz - Javier Neves Mujica
Páginas335-340
NORMAS SOBRE LAS RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
335
C98 Convenio sobre el derecho de sindicación
y de negociación colectiva, 1949
LaConferencia Generalde laOrganización Internacional
delTrabajo:
ConvocadaenGinebra porelConsejo deAdministración
delaOficinaInternacionaldelTrabajo,ycongregadaendicha
ciudadel8junio1949ensutrigésimasegundareunión;
Despuésdehaberdecididoadoptardiversasproposiciones
relativasalaaplicacióndelosprincipiosdelderechodesindi-
cacióny denegociación colectiva, cuestiónque constituyeel
cuartopuntodelordendeldíadelareunión,y
Despuésdehaberdecididoquedichasproposicionesrevis-
tanlaformadeunconveniointernacional,
adopta,confechaprimerodejuliodemilnovecientoscua-
rentaynueve,elsiguienteConvenio,quepodrásercitadocomo
elConveniosobreelderecho desindicaciónyde negociación
colectiva,1949:
Artículo 1
1.Lostrabajadoresdeberángozardeadecuadaprotección
contratodoactodediscriminación tendienteamenoscabarla
libertadsindicalenrelaciónconsuempleo.
2.Dichaprotección deberáejercerseespecialmentecontra
todoactoquetengaporobjeto:

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