Autorizan suscribir convenio con el Ministerio de Justicia y el INPE para cesión en uso de terreno donde se ha construido Ambientes de Juzgamiento del Establecimiento Penitenciario de Huamancaca

Fecha de disposición23 Febrero 2000
Fecha de publicación23 Febrero 2000
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de febrero de 2000 AÑO XVIII - Nº 7184 Pág. 184027
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
DECRETOS DE
URGENCIA
Modifican artículo de la Ley de Moder-
nización de la Seguridad Social en
Salud, referido al derecho especial de
cobertura por desempleo
DECRETO DE URGENCIA
Nº 008-2000
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la norma que regula la procedencia del dere-
cho de latencia al que se refiere el Artículo 11º de la Ley
Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social
en Salud, no ha considerado que existen labores que
por su naturaleza son temporales, por lo que los traba-
jadores que prestan este tipo de labores difícilmente
pueden cumplir con los requisitos para acceder a la
cobertura por latencia;
Que, en dicho sentido es necesario establecer un
período de calificación para que todos los trabajadores,
cualquiera sea la naturaleza de la actividad que reali-
cen puedan gozar de la cobertura por latencia;
Que, de otro lado existen casos en que los trabaja-
dores cuyo vínculo se suspende en forma perfecta
pierden el derecho a la cobertura del Artículo 10º de la
Ley Nº 26790 y no pueden hacer uso del derecho de
latencia establecido en el Artículo 11º de la misma,
puesto que éste es aplicable únicamente a los traba-
jadores que han cesado;
Que, la legislación laboral y las normas aplicables a
la Seguridad Social en Salud no ampara los casos de
suspensión perfecta de labores que superen los perío-
dos que otorgan derecho de cobertura al trabajador,
produciéndose la desprotección del mismo;
Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 26790 establece que
la Seguridad Social en Salud se fundamenta en los
principios constitucionales que reconocen el derecho al
bienestar y garantizan el libre acceso a prestaciones a
cargo de entidades públicas, privadas o mixtas, desa-
rrollándose en un marco de equidad, solidaridad, efi-
ciencia y facilidad de acceso a los servicios de salud, lo
que implica la búsqueda de la protección y bienestar
del trabajador;
De conformidad con lo establecido con el numeral
Perú;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Repúbli-
ca;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 11º de la Ley Nº
26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en
Salud, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 11º.- DERECHO ESPECIAL DE COBER-
TURA POR DESEMPLEO
"En caso de desempleo y de suspensión perfecta de
labores que genere la pérdida del derecho de cobertura,
los afiliados regulares y sus derechohabientes tienen el
derecho a las prestaciones de prevención, promoción y
atención de la salud durante un período de latencia de
hasta doce meses, siempre que cuenten con un mínimo
de cinco meses de aportación en los últimos tres años
precedentes al cese, acogiéndose a dos meses de perío-
do de latencia por cada cinco meses de aportación. El
período de latencia para los casos de suspensión perfec-
ta de labores será de aplicación a partir de la fecha de
pérdida del derecho de cobertura.
El Reglamento establecerá la forma en que dichas
prestaciones serán otorgadas."
Artículo 2º.- El presente Decreto de Urgencia será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros,
por el Ministro de Economía y Finanzas y por el
Ministro de Trabajo y Promoción Social.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti-
dós días del mes de febrero del año dos mil.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER
Ministro de Economía y Finanzas
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
2200
P C M
Autorizan viaje del Ministro de Rela-
ciones Exteriores a la República Italia-
na, en misión oficial
RESOLUCION SUPREMA
Nº 107-2000-PCM
Lima, 21 de febrero del 2000
Teniendo en cuenta que el doctor Fernando de
Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exterio-
res, sostendrá una entrevista con el señor Ministro de
Relaciones Exteriores de la República Italiana, don
Lamberto Dini, el día 28 de febrero del 2000, en la
ciudad de Roma, República Italiana;
Que, asimismo, el señor Ministro de Relaciones
Exteriores será recibido en audiencia especial por el
Santo Padre, Juan Pablo II, el día 29 de febrero del
2000 en la ciudad del Vaticano;
Pág. 184028
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de febrero de 2000
Considerando que se llevará a cabo en la ciudad
de Roma, República Italiana, del 28 de febrero al 19
de marzo del 2000, la exposición titulada "Perú: Fe
y Arte en los siglos XVII y XVIII", que comprende 51
piezas de los museos de Arte de Lima, Pedro de
Osma, Nacional de Arqueología, Antropología e His-
toria del Perú y la colección privada del doctor Celso
Pastor de la Torre;
Vista la invitación cursada al señor Ministro de
Relaciones Exteriores por la entidad española Cajasur,
organizadora de la mencionada exposición cultural,
para la inauguración de dicho evento;
Que, posteriormente, el Ministro de Relaciones Ex-
teriores requiere permanecer fuera del país por moti-
vos de índole personal del 1 al 5 de marzo del 2000;
SE RESUELVE:
1.- Autorizar el viaje del doctor Fernando de
Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exterio-
res, a la ciudad de Roma, República Italiana, del 26
al 29 de febrero del 2000, a fin de sostener reunio-
nes con el Ministro de Relaciones Exteriores de la
República Italiana, Lamberto Dini; con el Santo
Padre, Juan Pablo II; así como para inaugurar la
exposición cultural "Perú: Fe y Arte en los siglos
XVII y XVIII".
2.- Autorizar la ausencia del doctor Fernando de
Trazegnies Granda, Ministro de Relaciones Exterio-
res, del 1 al 5 de marzo del 2000 por las razones
indicadas en el quinto considerando del presente dis-
positivo.
3.- La presente Resolución no irroga gasto alguno al
pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-
riores, ni da derecho a exoneración o liberación de
impuestos de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
2219
Autorizan viaje de representante de
PROMPEX a Costa Rica y EE.UU.,
para participar en eventos sobre cal-
zado
RESOLUCION SUPREMA
Nº 108-2000-PCM
Lima, 21 de febrero del 2000
Visto el Oficio Nº 008-2000-PROMPEX/SG del Secre-
tario General de la Comisión para la Promoción de
Exportaciones - PROMPEX;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión para la Promoción de Exportacio-
nes - PROMPEX ha programado la realización de una
Prospección de Mercado y Prueba de Venta de Calzado
en Costa Rica del 24 al 25 de febrero del 2000, así como
la participación del Perú en la Feria Internacional
Florida Shoe Market a realizarse en la ciudad de
Miami - Estados Unidos de América del 27 al 29 de
febrero del 2000;
Que, es pertinente designar a un representante
de la Comisión para la Promoción de Exportaciones
- PROMPEX, para que realice los mencionados even-
tos, con la finalidad de evaluar las posibilidades de
colocación de calzado y complementarios peruanos
de calidad en el mercado de Cosa Rica, identificar
los canales y potenciales clientes en dicho mercado,
así como presentar al Mercado Norte y Centro
Americano y el Caribe la nueva oferta exportable
del calzado peruano;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-
PCM, Decreto Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Supre-
mo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM,
Decreto Supremo Nº 037-91-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora
Teresa Ichikawa Kimata, Gerente del Sector de
Cuero y Calzado de la Comisión para la Promoción
de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de
San José - Costa Rica y Miami - Estados Unidos de
América del 23 al 29 de febrero del 2000, para los
fines expuestos en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumpli-
miento de la presente Resolución, serán con cargo
al Presupuesto del Pliego 008 Comisión para la
Promoción de Exportaciones, del Sector 01 Presi-
dencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora
001 Comisión para la Promoción de Exportaciones,
Función 11 Industria, Comercio y Servicio, Pro-
grama 040 Comercio, Subprograma 0110 Promo-
ción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente
detalle:
- Viáticos: US$ 1,480.00
Artículo 3º.- La Representante de PROMPEX
antes mencionada, en el término de diez (10) días
útiles, contados a partir de su retorno al país,
deberá elaborar un informe para la Presidencia de
PROMPEX, en el cual describirá las actividades
desarrolladas y los resultados obtenidos en el men-
cionado viaje.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros,
de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE
Presidente del Consejo de Ministros
2201
AGRICULTURA
Designan Director Regional de
Agricultura de Madre de Dios
RESOLUCION SUPREMA
Nº 023-2000-AG
Lima, 22 de febrero del 2000
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Suprema Nº 116-99-AG de
fecha 22 de octubre de 1999, se designó al Ing. Luis
Pág. 184029
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de febrero de 2000
Novoa Robles como Director Regional de la Dirección
Regional de Agricultura de Madre de Dios;
Que, por necesidad del servicio es conveniente acep-
tar la renuncia del referido funcionario, designándose
a su reemplazante;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y los
Decretos Leyes Nº 25515 y Nº 25902, Ley Orgánica del
Ministerio de Agricultura;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la
renuncia formulada por el Ing. LUIS NOVOA RO-
BLES al cargo de confianza de Director Regional de la
Dirección Regional de Agricultura de Madre de Dios,
dándosele las gracias por los servicios prestados; desig-
nándose en su reemplazo al Ing. GUSTAVO EMILIO
DONGO AGUIRRE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
2202
Lista de productos farmacéuticos y
biológicos de uso veterinario, regis-
trados en el mes de enero del año
2000 RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 010-2000-AG-SENASA-DGSA
Lima, 18 de febrero del 2000
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decretos Supremos Nº 013-98-AG y
Nº 015-98-AG, se oficializan la inscripción y comercia-
lización de productos de uso veterinario, los mismos
que estarán sujetos únicamente a lo dispuesto por las
citadas disposiciones legales, disponiéndose la publi-
cación periódica de los productos registrados;
Que, conforme a lo señalado por el Artículo 18º del
Decreto Supremo Nº 24-95-AG, que aprueba el Regla-
mento de Organización y Funciones del Servicio Nacio-
nal de Sanidad Agraria - SENASA, la Dirección Gene-
ral de Sanidad Animal, tiene entre otras funciones la
de establecer mecanismos de control, registro y fiscali-
zación respecto de insumos de uso animal, así como
biológicos y fármacos, igualmente conducir el registro
de las empresas productoras y/o comercializadoras de
estos insumos;
Que, con Memorándum Nº 003-2000-AG-SENASA-
DGSA-DIP, de fecha 15 de febrero del 2000, la Direc-
ción de Insumos Pecuarios de la Dirección General de
Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad
Agraria - SENASA, ha remitido el listado de Productos
Veterinarios registrados durante el mes enero del
2000, a efectos de dar cumplimiento a lo que dispone el
Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 015-98-AG;
Estando a la delegación de facultades conferidas a
la Dirección General de Sanidad Animal, mediante
Resolución Jefatural Nº 167-96-AG-SENASA; de con-
formidad con lo dispuesto por el Artículo 14º del Decre-
to Supremo Nº 015-98-AG, y el Artículo 18º del Decreto
Supremo Nº 24-95-AG; y con la visación del Director
General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Disponer la publicación en el
Diario Oficial El Peruano, de la Lista de Productos
Farmacéuticos y Biológicos de uso Veterinario, regis-
trados en el mes de enero del 2000, en la Dirección de
Insumos Pecuarios de la Dirección General de Sanidad
Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria -
SENASA, de acuerdo a lo siguiente:
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CONSUCODE
COMUNICADO Nº 003-2000 (PRE)
VALIDEZ CARTAS FIANZAS EMITIDAS POR FOGAPI
EN PROCESOS DE SELECCIÓN
LEY 26850
El CONSUCODE recuerda a las Entidades del Sector Público que el Fondo de Garantías
para préstamos a la Pequeña Industria (FOGAPI), es una empresa en la que participa el
Estado a través de COFIDE, MITINCI y SENATI, sujeta al ámbito de supervisión de la
Superintendencia de Banca y Seguros, cuyo objetivo es apoyar a la pequeña y microem-
presa facilitando el financiamiento de sus proyectos, estando autorizado, por tanto, a emitir
cartas fianzas enmarcadas en lo dispuesto por el Art. 40º de la Ley 26850 de Contratacio-
nes y Adquisiciones del Estado.
San Isidro, febrero del 2000
2101

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR