CONVENIO, ACUERDO POR INTERCAMBIO DE NOTAS ENTRE LA......................., CONVENIOS INTERNACIONALES, RELACIONES EXTERIORES - Acuerdo por intercambio de notas entre la República del Perú y la República de Colombia para el retiro de subpartidas arancelarias del arancel común establecido en el Anexo del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano - Colombiano de 1938-CONVENIO-ACUERDO POR INTERCAMBIO DE NOTAS ENTRE LA.......................

EmisorRELACIONES EXTERIORES
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2019

Acuerdo por intercambio de notas entre la República del Perú y la República de Colombia para el retiro de subpartidas arancelarias del arancel común establecido en el Anexo del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano - Colombiano de 1938

Nota RE (GAB) Nº 6/55

Lima, 28 de mayo de 2019

Excelentísimo señor Ministro,

Con ocasión de la suscripción del Acta de Reunión del Grupo Mixto de Estudio del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano – Colombiano de 1938, de fecha 16 de abril de 2019, tengo la honra de dirigirme a Vuestra Excelencia con el propósito de indicarle que:

Como consta en la referida Acta, las Delegaciones de la República del Perú y la República de Colombia acordaron, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo IX del Protocolo, retirar las subpartidas arancelarias NABANDINA 10.06.89.01, 10.06.89.02, 10.06.89.03 y 10.06.89.99, del Arancel Común que figura Anexo al Protocolo. Asimismo, las Delegaciones indicaron que dicho acuerdo se formalizará mediante intercambio de Notas Diplomáticas.

A mérito de lo expuesto, sugiero que la presente Nota y la Nota que tuviera a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia en respuesta a la presente comunicación, constituyan un acuerdo entre nuestros dos países para que se efectúe el retiro de las subpartidas arancelarias NABANDINA 10.06.89.01, 10.06.89.02, 10.06.89.03 y 10.06.89.99, del Arancel Común que figura Anexo al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano – Colombiano de 1938, que entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación, por la vía diplomática, mediante la cual las Partes se comuniquen mutuamente sobre la culminación de los procedimientos internos exigidos por sus respectivos ordenamientos jurídicos a tal efecto.

Hago propicia la ocasión para expresarle a Vuestra Excelencia, las muestras de mi más alta y distinguida consideración.

NÉSTOR FRANCISCO POPOLIZIO BARDALES

Ministro de Relaciones Exteriores del Perú

Al Excelentísimo señor

Carlos Holmes Trujillo García

Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia

Bogotá.-

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Bogotá, D.C., 3 de Julio de 2019

Su Excelencia:

Tengo el honor de dirigirme a su Excelencia, con ocasión de hacer referencia a su Nota Diplomática RE (GAB) No. 6/55 del 28 de mayo de 2019, relacionada con la propuesta de Acuerdo para el retiro de las subpartidas arancelarias NABANDINA 10.06.89.01, 10.06.89.02...

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