Convenio ACUERDO CEBAF MACARÁ-LA TINA. Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y la República del Ecuador sobre la Aprobación del “Acuerdo Específico entre los Gobiernos del Ecuador y del Perú para la Implementación del Centro Binacional de Atención en Frontera (CEBAF) Macará-La Tina (Eje Vial N° 3 Loja-Sullana)”
Fecha de publicación | 26 Agosto 2023 |
Sección | Sección Única |
86 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023
El Peruano
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Que, mediante Informe Nº 077-MDP-JOGRH, la
Ocina de Gestión de Recursos Humanos, informó que,
efectuada la revisión y evaluación correspondiente a la
servidora Sra. BIBY LUZ MARCELO RAJO, se verica
que la citada servidora sí cumple con el perl para
ocupar la encargatura del cargo de Ejecutora Coactiva
de la Subgerencia de Ejecución Coactiva; y la servidora
Srta. ROCIO MAILY GAMARRA ALIAGA, se verica que
la citada servidora sí cumple con el perl para ocupar
la encargatura del cargo de Auxiliar Coactivo de la
Subgerencia de Ejecución Coactiva;
Que, con Informe Nº 042-2023-MDP/ALE-ABOG-
ERC, la Ocina General de Asesoría Jurídica, teniendo en
cuenta lo informado por la Ocina de Gestión de Recursos
Humanos, opina que es viable encargar las funciones DEL
EJECUTOR COACTIVO a la Sra. BIBY LUZ MARCELO
RAJO, con retención a su cargo actual; es viable encargar
las funciones del AUXILIAR COACTIVO a la Srta. ROCIO
MAILY GAMARRA ALIAGA, con retención a su cargo
actual;
Que, estando a lo expuesto, y en uso de las
atribuciones conferidas por el artículo 20º numeral 6) de la
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, artículo 194º de la Constitución Política del Perú
y sus modicatorias, Leyes de Reforma Constitucional,
en concordancia con el artículo II del título preliminar
de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,
señala que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia y que dicha autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico
vigente;
Que, el artículo 20º inciso 6) de la Ley Nº 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Son
atribuciones del alcalde: Dictar decretos y resoluciones
de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
asimismo, el artículo 43º del citado cuerpo legal, señala:
“Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los
asuntos de carácter administrativo;
Que, el TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento
de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo
Nº 018-2008-JUS, en su artículo 7º establece que la
designación del Ejecutor Coactivo y del Auxiliar Coactivo
se efectúa mediante concurso de méritos y que ambos
ingresan como funcionarios de la entidad a la cual
representan, ejerciendo su cargo a tiempo completo y
dedicación exclusiva.
La misma norma en su artículo 4º establece los
requisitos que debe cumplir el Ejecutor Coactivo, de la
siguiente manera:
Que, el TUO de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento
de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo
Nº 018-2008-JUS, en su Artículo 4.- señala los Requisitos
para ser designado como Ejecutor coactiva:
4.2 Tratándose de Municipalidades que no estén
ubicadas en las provincias de Lima y Callao, así
como en las capitales de provincias y departamentos,
no será exigible el requisito establecido en el literal
b) precedente, bastando que el Ejecutor tenga dos
(2) años de instrucción superior o su equivalente en
semestres”;
Que, a través del Informe Nº 033-2023-RMGA-
DIREC-RC-MDP, la Ocina de Tesorería y
Administración Tributaria, señala que está vacante el
cargo del ejecutor y del auxiliar coactivo, por lo que
es necesaria la designación de la encargatura de la
Ejecutoría Coactiva de la Subgerencia de Ejecución
Coactiva, proponiéndose como Ejecutora Coactiva
Encargada, a la Sra. BIBY LUZ MARCELO RAJO,
identicada con DNI Nº 70774501, la encargatura de
la Ejecutoría Coactiva de la Subgerencia de Ejecución
Coactiva, proponiéndose como Auxiliar Coactivo
Encargada, a la Srta. ROCIO MAILY GAMARRA
ALIAGA, identicada con DNI Nº 48058495, quien
actualmente desempeña el cargo de Jefe de la Ocina
de Tesorería y Administración Tributaria;
Que, mediante Informe Nº 077-2023-MDP/JOGRH, la
Ocina de Gestión de Recursos Humanos, informó que,
efectuada la revisión y evaluación correspondiente a la
servidora Sra. BIBY LUZ MARCELO RAJO, se verica
que la citada servidora sí cumple con el perl para
ocupar la encargatura del cargo de Ejecutora Coactiva
de la subgerencia de Ejecución Coactiva; así como la
servidora Srta. ROCIO MAILY GAMARRA ALIAGA, se
verica que la citada servidora sí cumple con el perl para
ocupar la encargatura del cargo de Auxiliar Coactivo de la
Subgerencia de Ejecución Coactiva;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- ENCARGAR temporalmente, a partir del
08 de agosto de 2023, hasta el 30 de diciembre de 2023,
a la Sra. BIBY LUZ MARCELO RAJO, las funciones
de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de
Paccha, con retención a su cargo actual, así como a la
Srta. ROCIO MAILY GAMARRA ALIAGA las funciones de
Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Paccha,
con retención a su cargo actual.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a
través de la Ocina de Gestión de Recursos Humanos, el
cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General,
la publicación de la presente Resolución en el Diario
Ocial el peruano, así como su publicación en el Portal
Institucional de la Municipalidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ORLANDO W. MATEO SABROSO
Alcalde
2208052-1
CONVENIOS INTERNACIONALES
Acuerdo por Intercambio de Notas entre
la República del Perú y la República del
Ecuador sobre la Aprobación del “Acuerdo
Específico entre los Gobiernos del Ecuador
y del Perú para la Implementación del
Centro Binacional de Atención en Frontera
(CEBAF) Macará-La Tina (Eje Vial N° 3 Loja-
Sullana)”
NOTA MREMH-MREMH-2023-25334-N
Quito, 14 de junio de 2023
Excelentísima señora Ministra,
Tengo a honra dirigirme a Vuestra Excelencia con
relación al Acuerdo Especíco entre los Gobiernos del
Ecuador y el Perú para la Implementación del Centro
Binacional de Atención en Frontera (CEBAF) Macará- La
Tina (Eje Vial N° 3 Loja- Sullana), en cuya elaboración han
venido trabajando nuestros países.
Al respecto, tengo a bien proponer el texto del Acuerdo
Especíco para la implementación del CEBAF Macará- La
Tina, que se adjunta.
La presente y la Nota que con el mismo tenor tenga
a bien hacerme llegar Vuestra Excelencia, constituirá un
Acuerdo entre nuestros dos países, del que forma parte
integrante e inseparable el instrumento previamente
mencionado, el mismo que entrará en vigor en la fecha de
recepción de su nota trasmitida por vía diplomática, en la
cual se maniesta su consentimiento.
Hago propicia la oportunidad para renovar a Vuestra
Excelencia las seguridades de mi más alta y distinguida
consideración.
GUSTAVO MANRIQUE MIRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores y
Movilidad Humana de la República del Ecuador
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 26/08/2023 01:30
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