Un contrato en entredicho

Por JOSEFINA MIRÓ QUESADA

Como parte de los interrogatorios a los ex ejecutivos de Odebrecht, el pasado lunes, Marcos Grillo, encargado de generar recursos para la caja 2 de la constructora brasileña, afirmó a los fiscales del equipo especial Lava Jato que el contrato por la conferencia del ex presidente Alan García del 25 de mayo del 2012 en Sao Paulo fue simulado.Según Grillo, Jorge Barata le ordenó realizar el pago de US$100.000 por la exposición y le pidió que no dijera que venía de Odebrecht. Por eso, buscó al abogado Américo Spinola para que la transferencia se hiciera a través de su estudio jurídico. Grillo, además, confirmó la autenticidad de los correos que intercambió con Spinola un mes después de la conferencia en junio para coordinar el pago. En su cuenta de Twitter, García descartó que se tratara de una coima y agregó que pagó impuesto a la Sunat por el pago recibido.1El contrato simuladoLos contratos simulados no son per se ilícitos. Dos personas, por ejemplo, pueden hacer creer a terceros, por razones de seguridad, que uno ha vendido ciertos bienes, aunque en realidad sigue siendo el dueño. El Código Civil regula el llamado acto jurídico simulado, pero le impone una limitación: el acuerdo no debe afectar a terceros. En esos casos, el derecho no protegería la compraventa que se realiza para defraudar el pago de una reparación civil o un embargo.Según la abogada civilista Nuria Allemant, la simulación no necesariamente implica que el acuerdo declarado es sobre algo inexistente. Eso ocurre con la simulación ?absoluta?, donde, por ejemplo, las partes dicen que X prestó un servicio, pero nunca lo dio.La simulación, sin embargo, puede ser también ?relativa?, donde existe un contrato celebrado (?real?) distinto al declarado (?aparente?). ?Por ejemplo, yo le pido a un amigo que aparezca como comprador de una casa, pero en realidad el dinero es mío y yo vivo en ella; es lo que ocurre con los testaferros?, explica el profesor de Derecho Civil de la PUCP Rómulo Morales.Allemant y Morales coinciden en que el caso de García muestra un contrato de simulación relativa. ?En este caso, el acto simulado es el pago por la conferencia, pero el acto real podría ser que se hizo por un soborno previo y el contrato sirvió para justificar su patrimonio. Lo que falta demostrar es el negocio real?, señala Allemant.2 La conferencia en BrasilAunque el pago salió de la caja 2 de Odebrecht, García dice que la conferencia fue para la Federación de...

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