190 812-2003 - Autorizan contratar servicio de patrocinio judicial mediante proceso de adjudicación de menor cuantía

Fecha de publicación01 Junio 2003
Fecha de disposición01 Junio 2003
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 1 de junio de 2003
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento
de la presente Resolución serán financiados por el Acuer-
do de Gestión de Servicios PER/01/801, conforme a los
términos de la Autorización de Beca Int. Nº 020-05-2003,
no irrogando gasto al Presupuesto del Ministerio de Trans-
portes y Comunicaciones.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los
quince (15) días calendario siguientes de efectuado el via-
je autorizado, los inspectores mencionados en el artículo
1º deberán presentar un informe detallado describiendo
las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
el viaje.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otor-
ga derecho a exoneración o liberación de impuestos o
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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ORGANISMOS AUTÓNOMOS
J N E
Modifican el Plan Anual de Adquisicio-
nes y Contrataciones del JNE para el
ejercicio fiscal 2003
RESOLUCIÓN
Nº 067-2003-SG-ADM/JNE
Lima, 29 de mayo de 2003
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 009-2003-P/JNE, se
aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-
nes del Jurado Nacional de Elecciones para el Ejercicio
Fiscal 2003.
Que, mediante Oficio Nº 2049-2003-SG/JNE, se solici-
ta la contratación de la diagramación e impresión del libro
"Resultados del Proceso de Elecciones Regionales y Muni-
cipales 2002 - Complementarias 2003", requerimiento cuyo
monto referencial es de S/. 64,500.00 Nuevos Soles; con-
tando con la disponibilidad presupuestal para su atención
según lo referido por la Gerencia de Planeamiento y Presu-
puesto en el Informe Nº 082-2003-GPP/JNE.
Que, la contratación referida en el párrafo anterior, re-
presenta una Adjudicación Directa Selectiva que debe ser
incluida en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisicio-
nes del Jurado Nacional de Elecciones para el ejercicio
fiscal 2003, por lo cual, se hace necesario modificar dicho
Plan Anual.
Que, de conformidad con la Directiva Nº 022-2002-
CONSUCODE-PRE, aprobada por Resolución Nº 200-
2001-CONSUCODE/PRE, toda modificación del referi-
do Plan, sea por inclusión o exclusión de Procesos de
Selección, debe ser aprobada por el Titular del Pliego
de la Entidad;
Que, mediante Resolución Nº 134-2002-P/JNE, se de-
lega al Secretario General la facultad de aprobar las modi-
ficaciones e inclusiones del Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Jurado Nacional de Elecciones; y,
Que, de conformidad con los DD.SS. Nºs. 012 y 013-
2001-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, en
uso de la facultad conferida por Resolución Nº 134-2002-
P/JNE; y con el visto de la Gerencia Legal, Gerencia de
Administración y Finanzas y Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan Anual de Ad-
quisiciones y Contrataciones del Jurado Nacional de Elec-
ciones para el Ejercicio Fiscal 2003, a fin de incluir la Adju-
dicación Directa Selectiva para la contratación de la diagra-
mación e impresión del libro "Resultados del Proceso de
Elecciones Regionales y Municipales 2002 - Complemen-
tarias 2003", por un valor referencial de Sesenta y Cuatro
Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 64,500.00), con
cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordina-
rios.
Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia de
Administración y Finanzas informe las modificaciones an-
tes indicadas al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado y a la Comisión de Promoción de
la Pequeña y Microempresa, e incorporarlas a la página
Web del Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Tercero.- El Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones, modificado se distribuirá de manera gratui-
ta a los interesados.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi-
nistración y Finanzas, la publicación de la presente Resolu-
ción en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10)
días hábiles siguientes a su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
A. FERNANDO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA
Secretario General
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SBS
Autorizan contratar servicio de patroci-
nio judicial mediante proceso de
adjudicación de menor cuantía
RESOLUCIÓN SBS Nº 812-2003
Lima, 30 de mayo de 2003
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica
ha requerido la contratación de los servicios de un aboga-
do externo que se haga cargo de parte de los procesos
judiciales que se han iniciado o se vayan a iniciar contra
esta Superintendencia, con la finalidad de dar una ade-
cuada atención a dichos procesos que permita lograr una
eficiente y oportuna defensa de este Organismo de Con-
trol y Supervisión. Dicho servicio comprende el estudio de
los casos, la elaboración de la estrategia procesal a seguir-
se y el seguimiento del proceso, informándose permanen-
temente sobre su estado;
Que, el Dr. Juan Federico Monroy Gálvez es un abo-
gado especializado en derecho procesal civil, profesor
en las facultades de derecho de las universidades más
prestigiosas del país, que ha participado en diversos
seminarios en materia de derecho procesal y civil y ha
escrito artículos y libros sobre dicha materia lo que lo
acredita como un experto en derecho procesal civil.
Adicionalmente, el referido profesional tiene más de 15
años de ejercicio profesional, ha participado en las co-
misiones encargadas de la elaboración del Código Pro-
cesal Civil y es miembro de diversas instituciones dedi-
cadas al estudio y desarrollo del área del derecho an-
tes mencionada. Asimismo, ha ejercido el cargo de juez
y vocal en el Poder Judicial lo que acredita su conoci-
miento teórico - práctico del derecho procesal;
Que, la trayectoria profesional indicada denota la
amplia experiencia profesional del Dr. Juan Monroy Gál-
vez en el área del derecho procesal civil lo que sumado
al trabajo desempeñado hasta el momento como ase-
sor externo de esta Superintendencia dan cuenta de
su calidad profesional y generan confianza a la Alta
Dirección de esta Institución de su idoneidad para pres-
tar el servicio requerido;
Que, de acuerdo a lo opinado por la Superintendencia
Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 013-
2003-SAAJ en la locación de servicios es fundamental la
prestación de servicios personales, es decir, que el servicio
debe ser realizado por el propio locador, quien es elegido
en función de los tributos profesionales, su experiencia, su
solvencia moral, entre otros, privilegiándose sus cualida-
des en razón de la experiencia y la especialización, motivo
por el que debe considerarse que se ha configurado la

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