Reglamento de ley de contrataciones públicas elimina barrera a extranjeros

El reglamento de la nueva Ley de Contrataciones del Estado (29873), publicado el martes pasado, levantó una barrera que pesaba sobre los contratistas extranjeros pero, al mismo tiempo, les dio un trato preferencial a las compañías de los países con los que el Perú tiene tratados de libre comercio, sustentándose en el principio de reciprocidad.

Con respecto a lo primero, Magali Rojas, presidenta ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OCSE), explicó que en el artículo 275 del reglamento se precisa que toda empresa extranjera que no tenga una sucursal en el país recibirá el mismo trato que una nacional cuando participe en obras de construcción públicas.

Como se recuerda, cuando se publicó la ley surgieron varios reclamos porque en el texto se establecía que las empresas extranjeras debían dejar depositado en un banco local el 5% de su capacidad máxima de contratación (es decir, el 5% de lo que podían costar las obras en las que pensaban participar), pero no se establecía que el dinero podía ser utilizado, algo que sí era viable para las empresas nacionales. Según Rojas, en el reglamento se aclara que tanto nacionales como extranjeros deberán tener en un banco local ese 5% al momento de postular y se especifica que ese dinero no estará congelado. En ambos casos podrán usarlo para sus gastos cotidianos.

DescontentosA pesar de los cambios realizados, persiste la controversia en torno a lo señalado en el artículo 275. Según la Cámara Peruana de la Construcción (Capeco), el reglamento va contra el sentido de la ley porque en el artículo 275 también se establece que las...

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