ORDENANZA N° 195-AREQUIPA - Declaran la continuidad y formalización del Proceso de Reorganización administrativa y Reestructuración orgánica de la Gerencia Regional de Salud del Gobierno Regional

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Fecha de la disposición23 de Abril de 2013
El Peruano
Martes 23 de abril de 2013 493375
democracia, indicadores de salud y servicios de salud.
Asimismo el Plan Regional propuesto, ha establecido 11
lineamientos de políticas sobre los cuales a planteado
sus objetivos, metas y estrategias. Estos lineamientos
son: ((a)) atención integral de la salud a la mujer y
el niño privilegiando las acciones de promoción y
prevención, ((b)) vigilancia, control y atención integral
de las enfermedades trasmisibles y no trasmisibles,
((c)) aseguramiento universal en salud otorgando
prestaciones con garantías de oportunidad y calidad,
((d)) descentralización de la función salud al nivel de
gobierno regional y local, ((e)) mejoramiento progresivo
de la oferta y calidad de los servicios de salud, ((f))
desarrollo de los recursos humanos, ((g)) medicamentos
de calidad para todos, ((h)) f‌i nanciamiento en función a
los resultados, ((i)) desarrollo de la rectoría en salud,
((j)) participación ciudadana en salud, ((k)) mejora de
los determinantes de la salud.
Que, siendo que el artículo 38º de la Ley Nº 27867,
Orgánica de Gobiernos Regionales ha establecido que
las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter
general, es competencia del Consejo Regional, la
aprobación del Plan Regional Concertado de Salud.
Que, al amparo de lo regulado en la Ley Nº 27783, de
Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica
de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias, y lo
dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 001-AREQUIPA,
la Ordenanza Regional Nº 010-Arequipa y la Ordenanza
Regional Nº 154-AREQUIPA.
SE ORDENA:
Artículo 1º.- Aprobación
APROBAR el Plan Regional Concertado de Salud de
la Región Arequipa para el Periodo 2012 – 2016, cuyo
texto en anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo 2º.- Desarrollo, dirección, supervisión y
ejecución
El Órgano Ejecutivo Regional a través de la Gerencia
Regional de Salud, en coordinación e interrelación con las
Gerencias Regionales Sectoriales competentes y demás
entidades involucradas, es el encargado de difundir,
ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar el Plan
Regional aprobado en el artículo precedente, así como de
formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar
los programas y estrategias que se requiera para el
cumplimiento del mismo; siendo que para tal efecto cada
cuatro (04) meses, de manera periódica, informará al Pleno
del Consejo Regional sobre los avances e implementación
de la presente norma.
Artículo 3º.- Operatividad del Plan
El Órgano Ejecutivo Regional a través de la
Gerencia Regional de Salud, elaborará y presentará
anualmente, dentro de la primera quincena del mes de
noviembre al año anterior al de su ejecución, un Plan
Operativo, con su respectivo presupuesto, que sobre
la base de los programas y estrategias señaladas en
el artículo precedente, establezca acciones concretas
que permitan dar operatividad del Plan materia de la
presente norma.
El cumplimiento del Plan Operativo anual, será
expuesto y sustentado documentalmente, ante el Consejo
Regional, dentro de la primera quincena del mes de
febrero del año siguiente al de su ejecución.
Artículo 4º.- Vigencia
La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
Artículo 5º.- Publicación Of‌i cial y Electrónica
DISPONER la publicación de la presente Norma
Regional tanto en el Diario Oficial El Peruano y en
el Diario de Avisos Judiciales del Departamento de
Arequipa; asimismo, SE ENCARGA a la Oficina de
Planeamiento y Desarrollo Institucional del Ejecutivo
Regional que, una vez publicada en el Diario Oficial,
inmediatamente, la publique electrónicamente en la
Página Web.
En Arequipa, a los diecinueve días del mes de
noviembre del 2012.
MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de
Arequipa, a los veintisiete días del mes de noviembre del
dos mil doce.
JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES
Presidente del Gobierno Regional Arequipa
927783-2
Declaran la continuidad y formalización
del Proceso de Reorganización
administrativa y Reestructuración
orgánica de la Gerencia Regional de
Salud del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 195-AREQUIPA
EL CONSEJO REGIONAL DE AREQUIPA
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el derecho a la salud, es un derecho fundamental
reconocido por la Constitución Política del Perú, que
busca garantizar que las personas accedan en igualdad
de oportunidades a los servicios de salud que brindan
las entidades prestadoras, los que deberán responder
a estándares mínimos de calidad. Este derecho debe
entenderse desde una doble dimensión: ((a)) El derecho
de todos los miembros de una determinada comunidad de
no recibir por parte del Estado un tratamiento que atente
contra su salud, y ((b)) El derecho de exigir del Estado
las actuaciones necesarias para el goce de parte de los
ciudadanos de servicios de calidad en lo relacionado a la
asistencia médica, hospitalaria y farmacéutica.
Que, sin embargo, la Región Arequipa viene presentando
serias def‌i ciencias en dicho Sector, contraviniendo los
preceptos señalados en el considerando precedente. En
ese sentido mediante Acuerdo Regional Nº 005-2009-
GRA/CR-AREQUIPA de fecha 07.01.2009 se declaró en
reorganización integral la Gerencia Regional de Salud y
todos sus Órganos, Unidades y Of‌i cinas, conformando
para tal efecto a nivel del Consejo Regional una Comisión
Especial a la que debían integrarse los funcionarios del
Ejecutivo Regional que para ese propósito designase la
Presidencia del Gobierno Regional; otorgándole un plazo
hasta el 22.01.2009 para que presenten su propuesta de
reorganización. Vencido dicho plazo mediante Acuerdo
Regional Nº 009-2009-GRA/CR-AREQUIPA de fecha
22.012009 se amplió sus alcances a una reestructuración
del Sector, estableciendo un plazo adicional de cuarenta
y cinco (45) días, al término de los cuales, la Comisión
Especial debía presentar propuestas de reorganización y
reestructuración.
Que, no obstante mediante Informe Nº 217-2012-
GRA/OPDI de la Of‌i cina de Planeamiento y Desarrollo
Institucional de fecha 18.06.2012, se comunicó la ausencia
de resultados documentales y visibles que demuestren
ef‌i ciencia en la gestión de la Gerencia Regional de Salud y
de sus órganos integrantes producto de la implementación
de los referidos acuerdos regionales, entre otras causas,
por: ((i)) cambio de representantes del Consejo Regional,
((ii)) cambio de funcionarios miembros de la comisión, ((iii))
falta de recursos para cumplimiento de f‌i nes de los acuerdos,
y, ((iv)) falta de expedición de actos resolutivos por parte del
Órgano Ejecutivo Regional para la implementación de los
acuerdos; durante los días 25, 26 y 27 de Mayo del 2011
se llevó a cabo el Taller denominado: “Reestructuración de

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