DECRETO SUPREMO N° 072-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas para la continuación de la ejecución de proyectos de infraestructura social y económica, así como de promoción productiva en la zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE

Fecha de disposición13 Mayo 2011
Fecha de publicación13 Mayo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 13 de mayo de 2011
442398
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
para la continuación de la ejecución
de proyectos de infraestructura social
y económica, así como de promoción
productiva en la zona del Valle de los
Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE
DECRETO SUPREMO
Nº 072-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
establece que como deber primordial del Estado, entre
otros, la defensa de la soberanía nacional, la garantía de
la plena vigencia de los derechos humanos, la protección
de la población de las amenazas contra su seguridad y,
la promoción del bienestar general que se fundamenta
en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de
la Nación;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2007-
DE se declara de necesidad pública y preferente interés
nacional el esquema de intervención estratégica integral
denominado “Una Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad
para el Valle de los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”,
disponiéndose para tal f‌i n en el artículo 2º de dicha norma
la constitución del Grupo de Trabajo Multisectorial VRAE,
con el propósito de propiciar una intervención articulada
de los distintos sectores y entidades del Estado, con un
enfoque territorial, visión estratégica y responsabilidad
compartida;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 021-2008-
DE-SG se determina los distritos que forman parte del
esquema de intervención estratégica denominado “Una
Opción de Paz y Desarrollo en Seguridad para el Valle de
los Ríos Apurímac y Ene - Plan VRAE”;
Que, mediante el Oficio Nº 090-2011-PCM/DM y
el Oficio Nº 142-2011-PCM/DM de la Presidencia del
Consejo de Ministros, se requiere la transferencia
priorizada de recursos para ser orientados al
financiamiento de proyectos de infraestructura social y
económica, así como de promoción productiva en la
zona del Valle de los Ríos Apurímac y Ene – VRAE,
a cargo de los Gobiernos Locales, los cuales serán
ejecutados mediante el procedimiento de la Ley Nº
29030 y su reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 009-2009-MIMDES, con el fin de mejorar
las condiciones de vida de la población de dicha zona
e incentivar la participación activa de las autoridades
locales y de la sociedad civil organizada;
Que, en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626, no se
han autorizado recursos para el financiamiento de los
proyectos indicados en el considerando precedente,
por lo que, se atenderá con cargo a la Reserva de
Contingencia del pliego Ministerio de Economía
y Finanzas, resultando necesario autorizar una
Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos
Locales señalados en el Anexo del presente decreto
supremo, hasta por la suma de CATORCE MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
14 998 364,00);
De conformidad con el numeral 3 del artículo 11º de
artículo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2011, hasta por la suma de CATORCE MILLONES
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS
SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
14 998 364,00) con cargo a la Reserva de Contingencia,
a favor de los Gobiernos Locales que se señalan en el
Anexo que forma parte del presente decreto, de acuerdo
al siguiente detalle:
DE LA En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : 009 Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA : 001 Administración General
FUNCIÓN : 03 Planeamiento, Gestión y Reserva
de Contingencia
PROGRAMA FUNCIONAL : 008 Reserva de Contingencia
SUB PROGRAMA FUNCIONAL : 0014 Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD : 000010 Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 RESERVA DE CONTINGENCIA S/. 14 998 364 ,00
==============
TOTAL S/. 14 998 364 ,00
==============
A LA
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Locales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS NO FINANCIEROS S/. 14 998 364 ,00
==============
TOTAL S/. 14 998 364 ,00
==============
Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional
programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días
de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 – Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga
sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a
la Dirección General del Presupuesto Público las
codificaciones que se requieran como consecuencia
de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos,
Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de
Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes
“Notas para Modificación Presupuestaria” que se
requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 3º Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que
hace referencia el artículo 1º del presente dispositivo,
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Ejecución de los proyectos
Los Gobiernos Locales detallados en el Anexo del
presente decreto supremo, celebrarán convenios con
las Organizaciones Representativas de la Comunidad -
ORC de sus respectivas jurisdicciones, para la ejecución
y transferencia de pequeños proyectos de infraestructura
social y económica así como de promoción productiva
que se encuentren comprendidos en los acuerdos de
los procesos de presupuesto participativo del Año Fiscal
2011, que serán f‌i nanciados con los recursos señalados
en el artículo precedente, en el marco del esquema de
intervención estratégica integral “Una Opción de Paz
y Desarrollo en Seguridad para el Valle de los Ríos
Apurímac y Ene - Plan VRAE”, y la Ley Nº 29030 y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-
2009-MIMDES.
Artículo 5º.- Supervisión
La Secretaría Ejecutiva del Grupo de Trabajo
Multisectorial VRAE velará por el cumplimiento del

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