RESOLUCION Nº 0567-2010-ANR - Declaran que la Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería ha cumplido con lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas

Fecha de publicación29 Junio 2010
Fecha de disposición29 Junio 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 29 de junio de 2010
421478
los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición
de patrimonio cultural de la Nación del monumento
arqueológico prehispánico mencionado en el artículo
1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la
presente resolución.
Artículo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de
obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios
mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros
que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento
arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural
de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del
Instituto Nacional de Cultura.
Artículo 5º.- Remitir copia fedateada de la presente
resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,
autoridades políticas y civiles correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional
512071-1
ORGANOS AUTONOMOS
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Declaran que la Universidad Continental
de Ciencias e Ingeniería ha cumplido
con lo previsto en la Ley Universitaria
respecto a la creación y organización de
las Escuelas Académico Profesionales
de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería
de Minas
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0567-2010-ANR
Lima, 14 de junio de 2010
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 029-2010/R-UCCI, de fecha 03 de mayo
de 2010; el Informe Nº 068-2010-DGDAC, de fecha 28
de mayo de 2010; y el Memorando Nº 0526-2010-SE, de
fecha 02 de junio de 2010; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones previstas en el
inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733,
que establece que la creación de carreras, programas
académicos y de segunda especialidad acordadas por
la Universidad requieren de la coordinación previa e
indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores;
Que, con of‌i cio de vistos, el Rector de la Universidad
Continental de Ciencias e Ingeniería, con sede en la
ciudad de Huancayo, remite los planes de estudio,
correspondientes a la creación y organización de
las Escuelas Académico Profesionales de Ingeniería
Eléctrica y de Ingeniería de Minas, adscritas a la Facultad
de Ingeniería, aprobadas por Resoluciones Nº 308-2009-
CU/UCCI y Nº 309-2009-CU/UCCI, respectivamente;
Que, con Informe Nº 068-2010-DGDAC, la Dirección
General de Desarrollo Académico y Capacitación expresa
que la creación de las Escuelas Académico Profesionales
de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de Minas en la
Universidad Continental de Ciencias e Ingeniería, se ha
organizado teniendo en cuenta los respectivos planes de
estudio de acuerdo a las necesidades y requerimientos
de la región y acorde a las exigencias académicas
establecidas en la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que
se debe emitir la correspondiente resolución;
Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo
de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar
la resolución que declare la creación de las Escuelas
Académico Profesionales señaladas precedentemente,
de acuerdo a lo opinado por la Dirección General de
Desarrollo Académico y Capacitación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria
Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a
la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores
en virtud del Reglamento General de la Comisión de
Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Continental
de Ciencias e Ingeniería, con sede en la ciudad de
Huancayo, ha cumplido con lo previsto en el inciso e) del
artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a
la creación y organización de las Escuelas Académico
Profesionales de Ingeniería Eléctrica y de Ingeniería de
Minas, adscritas a la Facultad de Ingeniería, cuyos planes
de estudio quedan aprobados para su funcionamiento.
Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución se
publique en el Diario Of‌i cial El Peruano y en la página
web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ELIO IVÁN RODRÍGUEZ CHÁVEZ
Rector de la Universidad Ricardo Palma y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
512103-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Disponen primera inscripción de
dominio a favor del Estado de terrenos
eriazos ubicados en el departamento
de Arequipa
RESOLUCIÓN GERENCIAL
GENERAL REGIONAL
Nº 061-2010-GRA/PR-GGR
VISTO:
El Expediente Nº 015-2010-GRA/OOT, correspondiente
al trámite de primera inscripción de dominio a favor del
Estado, de un terreno eriazo de 198 010.72 m2., ubicado
en el Sector de Quebrada de Cachuyo, a 1 km. de Alto
Cocachacra, distrito de Cocachacra, provincia de Islay,
departamento de Arequipa.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en
materia de administración y adjudicación de terrenos de
propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función
de los Gobiernos Regionales:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR