Consumidor razonable

AutorRosa Quintana Livia
Introducción

El Derecho del Consumidor regula las relaciones jurídicas contractuales entre productores y consumidores, por lo que el propósito esencial de esta disciplina jurídica es equilibrar ambas posiciones que, de por sí, son antagónicas. Para lograr ese fin se pueden utilizar distintos mecanismos o instrumentos, tales como la intervención en el contenido de los contratos a través de un listado de cláusulas inválidas, o la prohibición de ciertas modalidades de mercadeo, o la mayor facilidad en la declaración de nulidad de contratos, o la introducción del receso discrecional a favor del consumidor en de los actos ya celebrados. Sin embargo, en la última década los afanes liberales han llevado a desconfiar de las soluciones intervencionistas, y preferir así las llamadas soluciones de mercado , esto es, aquellas que se logran a través de las mismas partes mediante un consentimiento informado que les permita decidir lo más conveniente a sus propios intereses. Así pues, el actual derecho del consumidor privilegia que éste cuente con la mayor información posible antes de tomar una decisión respecto a un acto de consumo, e incluso el artículo 65 de la Constitución de 1993 habla de este derecho a la información .

Sin embargo, no es posible que el productor o comercializador de un bien o servicio preste toda la información posible en un mundo perfecto, pues ello implicaría un costo que probablemente excedería el valor del bien mismo. Por tal motivo, las teorías económicas basadas en la eficiencia buscan la mejor solución al evitar que se dispendie los recursos siempre escasos. En tal sentido, si no es posible exigir que se dé toda la información al consumidor, entonces ¿cuál es el parámetro de exigencia? Aquí surge el concepto de consumidor razonable , el cual se trata de un estándar creado por la Comisión de Protección al Consumidor de INDECOPI, y ratificado por el Tribunal, y que se utiliza para la solución de un caso concreto, analizando qué es lo que esperaría un consumidor razonable en la circunstancia controvertida. Sobre este tema expondremos a continuación algunas ideas críticas.

Análisis

Es evidente, pues, que el criterio de consumidor razonable tiene un origen jurisprudencial, y no legal. Eso de por sí no lo descalifica ya que resulta frecuente que los Tribunales deban crear figuras extra-legem para solucionar conflictos más allá del texto legal, o especialmente cuando éste no da...

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