77 061-2002-PROMUDEH/GGA - Declaran nulidad de proceso de adjudicación de menor cuantía para contratar servicios de consultoría encargada de diseño y elaboración de módulo de violencia familiar

Fecha de publicación06 Julio 2002
Fecha de disposición06 Julio 2002
Pág. 225926
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 6 de julio de 2002
Declaran nulidad de proceso de adjudi-
cación de menor cuantía para contra-
tar servicios de consultoría encargada
de diseño y elaboración de módulo de
violencia familiar
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 061-2002-PROMUDEH/GGA
Lima, 2 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que, con Acta de Instalación y Elaboración de Bases
de fecha 24 de abril de 2002, el Comité Especial Perma-
nente encargado de los procesos de Adjudicaciones Di-
rectas y de Menor Cuantía para Consultorías y Locación
de Servicios, confeccionó las bases de la Adjudicación
de Menor Cuantía Nº 0253-2002-SERVICIOS para la con-
tratación de los servicios de una consultoría encargada
del "Diseño y Elaboración de un Módulo de Violencia
Familiar dirigido a los Operadores Judiciales", acordan-
do invitar a doña María Isabel Rosas Ballinas a propues-
ta del Programa Nacional contra la Violencia Familiar y
Sexual, señalando fecha para la Recepción y Evaluación
de Propuestas así como para el Otorgamiento de la Bue-
na Pro y la firma del contrato el 25 de abril de 2002;
Que, revisado el expediente referido al citado proceso
de Adjudicación de Menor Cuantía, se observa que a fojas
81 aparece el Acta de Instalación y Elaboración de Bases
Administrativas de fecha 25 de abril de 2002, sin embar-
go, no se ha ubicado el Acta de Evaluación de la Propues-
ta Técnica y Económica presentadas por la citada postora
así como del Otorgamiento de la Buena Pro, que debió
realizarse en la misma fecha de acuerdo a lo aprobado en
las Bases Administrativas, desconociéndose si efectiva-
mente el Comité Especial Permanente adjudicó la buena
pro a la señorita María Isabel Rosas Ballinas;
Que, dentro de este contexto, se evidencia el incumpli-
miento de la realización efectiva de las etapas aproba-
das en las Bases Administrativas del proceso de selec-
ción, por lo que se puede determinar que se ha prescin-
dido de las normas esenciales del procedimiento, al no
evidenciarse del expediente de 103 folios, el acto que
contenga la manifestación de voluntad de la Entidad, la
cual se materializa a través de las bases y del otorga-
miento de la buena pro a la oferta ganadora;
Que, en consecuencia, se habría incurrido en una de
las causales de nulidad previstas en el Artículo 57º del
Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, por lo que corres-
ponde declarar la nulidad del proceso, retrotrayéndolo
hasta la etapa de evaluación de propuestas técnica y
económica, teniendo en cuenta que hasta la fecha no ha
sido suscrito el contrato respectivo, conforme lo dispone
el Artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;
Estando a lo informado por la Oficina General de Ase-
soría Jurídica a través del Informe Nº 205-2002-PROMU-
DEH/OGAJ; y,
De conformidad con lo dispuesto en Decreto Supre-
mo Nº 012-2001-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Regla-
mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM,
el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar la NULIDAD del Proceso de
Selección de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0253-
2002-SERVICIOS para la contratación de los servicios
de una Consultoría encargada del "Diseño y Elaboración
de un Módulo de Violencia Familiar dirigido a los Opera-
dores Judiciales" para el Programa Nacional contra la
Violencia Familiar y Sexual del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, retrotrayéndose
hasta la etapa de Evaluación de Propuestas Técnica y
Económica.
Artículo 2º.- El Comité Especial Permanente para
Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantía para Con-
sultorías y Locación de Servicios designado por Resolu-
ción Gerencial Nº 058-2002-PROMUDEH/GGA asumirá
las atribuciones que le correspondan para los fines a que
se contrae la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VIRGINIA CACHAY ESPINO
Gerencia de Gestión Administrativa
12021
RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios de la
Oficina de Promoción Económica a Bra-
sil para participar en Misión Comercial
a la ciudad de Manaos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0700-2002-RE
Lima, 5 de julio de 2002
CONSIDERANDO:
Que la Misión Comercial a la ciudad de Manaos, Re-
pública Federativa del Brasil, integrada por siete presi-
dentes de las Cámaras de Comercio de la Macrorregión
Norte, así como 25 empresarios de dicha macrorregión y
representantes de ADEX, se realizará del 8 al 11 de julio
de 2002;
Que las actividades principales de dicha misión son
una Rueda de Negocios para los empresarios, así como
una visita oficial a las autoridades del Estado de Amazo-
nas y al parque industrial local;
Que dada la importancia de la misión y los temas que
se abordarán se hace necesaria la participación de los
funcionarios de la Oficina de Promoción Económica;
Que por la naturaleza del viaje, éste se realizará en
una aeronave de la Marina de Guerra del Perú;
Teniendo en cuenta lo expuesto en el Memorándum
(OPE/PCO) Nº 575, de la Oficina de Promoción Económi-
ca, de 1 de julio de 2002;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del
Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático
de la República, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m)
del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica
del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de di-
ciembre de 1992; la Ley Nº 27619 y su reglamento apro-
bado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de 6 de
junio de 2002;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los siguien-
tes funcionarios de la Oficina de Promoción Económica,
para que participen en la Misión Comercial a la ciudad de
Manaos, República Federativa del Brasil, del 8 al 11 de
julio de 2002:
- Señor José Miguel Gamarra Skeels, Director Ejecu-
tivo de la Oficina de Promoción Económica; y,
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la
República, Jorge Arturo Jarama Alván, funcionario de la
Oficina de Promoción Económica.
Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cum-
plimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por
el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Ex-
teriores debiendo rendir cuenta documentada en un pla-
zo no mayor de quince (15) días al término de la referida
comisión, de acuerdo al siguiente detalle:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR