DECRETO SUPREMO N° 074-2010-RE - Crean el Consulado Honorario del Perú en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica

Fecha de publicación15 Mayo 2010
Fecha de disposición15 Mayo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 15 de mayo de 2010 419005
- Jefe de la Of‌i cina de Asuntos Internacionales del
Instituto del Mar del Perú – IMARPE;
- Dos representantes del Despacho Viceministerial de
MYPE e Industria; y,
- Un representante de la Of‌i cina General de
Administración.”
Artículo 3º.- Constituir el “Comité Organizador de la
Reunión Ministerial de los Océanos – 2010”, encargado
de realizar todas las coordinaciones y actividades con las
entidades públicas y/o privadas necesarias para llevar
a cabo el evento internacional denominado “Reunión
Ministerial de los Océanos – 2010”, que estará conformado
de la siguiente manera:
- Presidente de Directorio del Fondo de Compensación
para el Ordenamiento Pesquero - FONCOPES, quien lo
presidirá;
- Dos asesores económicos y una coordinadora
administrativa adscritos al Despacho Ministerial;
- Tres asesores legales adscritos al Despacho
Viceministerial de Pesquería;
- Dos representantes de la Of‌i cina General de
Administración; y,
- Dos representantes de la Of‌i cina de Comunicación e
Imagen Institucional.
Artículo 4º.- El “Comité Organizador de la Reunión
Ministerial de los Océanos – 2010”, deberá instalarse
dentro de los dos (2) días hábiles de publicada la presente
resolución, bajo responsabilidad.
Artículo 5º.- El Grupo de Trabajo encargado de
efectuar el seguimiento a los acuerdos adoptados en
la XVI Reunión de Líderes del APEC; dentro del plazo
de cuatro (4) días hábiles de publicada la presente
resolución, transferirá el personal y acervo documentario
relacionados a la organización de la Reunión Ministerial de
los Océanos, a realizarse en el presente año, al “Comité
Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos
– 2010”; remitiendo al Despacho Ministerial el Acta de
término de la transferencia.
Artículo 6º.- El Grupo de Trabajo y el “Comité
Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos
– 2010” antes mencionados, deberán de presentar
dentro de un plazo máximo de seis (6) días de publicada
la presente resolución, un cronograma y esquema de
trabajo y/o actividades a realizar, tendientes a asegurar el
cumplimiento de las funciones encargadas.
Artículo 7º.- El Grupo de Trabajo y el “Comité
Organizador de la Reunión Ministerial de los Océanos
– 2010”, deberán de sesionar como mínimo una vez por
semana, con la f‌i nalidad de realizar todas las actividades
relacionadas con sus encargos, debiendo al f‌i nal de cada
sesión levantar un acta y presentar un informe por escrito
al Despacho Ministerial, bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO
Ministro de la Producción
494311-1
RELACIONES EXTERIORES
Crean el Consulado Honorario del Perú
en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica
DECRETO SUPREMO
N° 074-2010-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es prioridad del Gobierno del Perú mantener una
activa labor de protección y promoción de los intereses
y derechos de los peruanos, a través de un constante
apoyo y asistencia consular a las comunidades peruanas
en el exterior; así como también promover los intereses
del país, especialmente los vinculados a las esferas
económico-comercial, cultural y turística;
Que el establecimiento de una Of‌i cina Consular del
Perú en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica, a cargo de
un funcionario honorario, promoverá la presencia consular
del Perú en la Región de Valonia, y permitirá fomentar el
desarrollo de las relaciones comerciales, económicas,
culturales y científ‌i cas entre el Reino de Bélgica y la
República del Perú, sin irrogar gastos al Estado;
Que, el Servicio Público Federal de Relaciones
Exteriores, Comercio Exterior y Cooperación al Desarrollo
del Reino de Bélgica, a través de la Nota Nº 27389/1,
comunicó la no objeción de su gobierno para la apertura
de la Of‌i cina Consular del Perú en la ciudad de Lieja, con
circunscripción en las provincias de Lieja y Luxemburgo;
Con la opinión favorable de la Subsecretaría de
Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de
Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en
Bruselas, Reino de Bélgica;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º
inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los
artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE de
05 de octubre de 2005; así como en la Convención de
Viena sobre Relaciones Consulares;
DECRETA:
Artículo 1º.- Crear el Consulado Honorario del Perú
en la ciudad de Lieja, Reino de Bélgica, a cargo de un
funcionario consular honorario, con circunscripción en las
provincias de Lieja y Luxemburgo.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce
días del mes de mayo del año dos mil diez.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE
Ministro de Relaciones Exteriores
494364-4
Nombran a Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en la
República Popular China, para que se
desempeñe simultáneamente como
Embajador Concurrente del Perú ante
la República Popular Democrática de
Corea
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 194-2010-RE
Lima, 14 de mayo de 2010
VISTAS:
La Resolución Suprema N° 199-2009-RE, que nombró
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en
la República Popular China, al Embajador en el Servicio
Diplomático de la República Harold Winston Forsyth
Mejía; y,
La Resolución Ministerial N° 1043-2009-RE, que f‌i
el 01 de agosto de 2009, como la fecha en que el citado
funcionario diplomático debió asumir funciones como
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en
la República Popular China;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución
Política del Perú, establece la facultad del señor
Presidente de la República de nombrar Embajadores y
Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo
de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la
República;
Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0060/2010, de
18 de febrero de 2010, la Dirección Nacional de Protocolo
y Ceremonial del Estado, informa que las autoridades de la
República Popular Democrática de Corea, han otorgado el

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