1063 069/2001.TC-S2 - Sancionan a Constructora e Inmobiliaria San Cristóbal S.R.L.tda. con inhabilitación temporal en el ejercicio de su derecho a participar en procesos de selección y contratar con el Estado

Fecha de publicación19 Abril 2001
Fecha de disposición19 Abril 2001
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 19 de abril de 2001 AÑO XIX - Nº 7605 Pág. 201523
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS"
DECRETO
LEGISLATIVO
DECRETO LEGISLATIVO
Nº 916
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República ha remitido al Poder
Ejecutivo el Dictamen elaborado por la Comisión Revi-
sora de la Cuenta General de la República corres-
pondiente al Ejercicio Fiscal 1999, para efecto de lo
del Perú;
Que conforme al referido artículo, si no hay pro-
nunciamiento del Congreso en el plazo señalado se
eleva el Dictamen de la Comisión Revisora al Poder
Ejecutivo para que éste promulgue un Decreto Legisla-
tivo que contiene la Cuenta General;
Que el Artículo 14º de la Ley Nº 26484 - Ley Marco
del Proceso de la Cuenta General de la República
aplicable al caso, señala que la aprobación de la
Cuenta General de la República es un acto formal de
ordenamiento administrativo y jurídico que no impli-
ca la aprobación de la gestión ni de los actos adminis-
trativos que aquélla sustenta, los que son objeto de
las acciones de control por parte de los órganos del
Sistema Nacional de Control y de fiscalización por el
Poder Legislativo;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 81º
antes señalado y con el numeral 1) del Artículo 118º de
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
Con cargo de dar cuenta al Congreso;
Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:
PROMULGA LA CUENTA GENERAL DE
LA REPÚBLICA CORRESPONDIENTE
AL EJERCICIO FISCAL 1999
Artículo 1º.- En cumplimiento del deber estableci-
Perú, el Poder Ejecutivo promulga el Dictamen de la
Comisión Revisora del Congreso de la Cuenta General
de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal
1999.
Artículo 2º.- La promulgación de la Cuenta Gene-
ral de la República 1999, no exime de las acciones a que
se refiere la normatividad del Sistema Nacional de
Control ni posteriores acciones de fiscalización por
parte del Poder Legislativo.
Artículo 3º.- Encárguese a la Contraloría General
de la República para que realice las acciones de control
respectivas a las entidades públicas omisas a la presen-
tación de la información presupuestaria y patrimonial
para la Cuenta General de la República 1999, debiendo
establecer las responsabilidades y aplicar las sanciones
de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Con-
greso de la República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-
cho días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas y Encargado
de la Presidencia del Consejo de Ministros
22092
P C M
Incluyen a Ministros de Salud y Edu-
cación en Comisión Nacional de
Emergencia por razón de desastres
naturales
DECRETO SUPREMO
Nº 039-2001-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, con la finalidad de atender con prontitud y
eficacia los desastres recientemente producidos en di-
versas zonas geográficas del país y otras que pudieran
producirse, mediante Decreto Supremo Nº 024-2001-
PCM se crea la Comisión Nacional de Emergencia por
razón de desastres naturales, conformada por diversos
sectores del Estado y un representante del sector priva-
do;Que, considerando que los desastres que vienen
aconteciendo en diversas partes del territorio nacio-
nal han provocado un fuerte impacto en la salud y
educación de la población, siendo responsabilidad del
Estado asegurar la continuidad de dichos servicios en
cualquier situación, por tanto es necesario incluir
ante la Comisión indicada en el párrafo precedente, a
los responsables de ambos sectores, a fin de que éstos
coadyuven en la implementación y adecuación del
avance de las acciones adoptadas ante situaciones de
emergencia;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 24)
DECRETA:
Artículo 1º.- Inclúyase a los Ministros de Salud y
Educación en la Comisión Nacional de Emergencia
por razón de desastres naturales, encargada de coor-
dinar, evaluar, priorizar y supervisar las acciones
urgentes y necesarias en las zonas del país que se
declaren en Estado de Emergencia, creada por Decre-
to Supremo Nº 024-2001-PCM.
Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 19 de abril de 2001
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecio-
cho días del mes de abril del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros
22115
Autorizan viaje del Ministro de Pes-
quería a los países de la Unión Euro-
pea en misión oficial
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 225-2001-PCM
Lima, 17 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que una de las más importantes fuentes de ingreso
de divisas del país, son las exportaciones de productos
pesqueros, por lo cual se constituyó la Comisión Espe-
cial Permanente (CEP) mediante Decreto Supremo Nº
006-2001-PE del 9 de febrero de 2001 encargada del
posicionamiento y fortalecimiento de la participación
de los productos pesqueros en los mercados de exporta-
ción;
Que es necesario superar las restricciones al uso de
la harina de pescado por los países de la Unión Europea,
resultando necesario conformar una Misión Técnica y
Política encargada de demostrar que dicho producto no
tiene ninguna relación con el virus que produce la
encefalopatía espongiforme bovina;
Que la CEP ha coordinado presentar la información
relacionada con todas las etapas de producción y elaboración
de la harina de pescado ante las autoridades de la Unión
Europea y de los países de mayor relevancia para el levanta-
miento de las restricciones impuestas por dicha Unión;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 0258-2001-
RE, de 11 de abril de 2001, se designó la delegación
peruana que participará en la Misión Conjunta de Alto
Nivel Político/Técnico Peruano-Chilena a la Unión Eu-
ropea, con el objeto de promover reuniones con las
autoridades y con representantes del sector privado
que norman o se dedican a la comercialización de la
harina de pescado, comprendiendo visitas al Reino de
España y a las Repúblicas de Bélgica, Francia y Alema-
nia, del 16 al 27 de abril del año 2001;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año 2001, Decretos Supremos Nºs. 163-
81-EF, 053-84-PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF, 135-90-
PCM, 037-91-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor LUDWIG
MEIER CORNEJO, Ministro de Pesquería, del 16 al 27
de abril de 2001, a los países de la Unión Europea, con
el objetivo de cumplir lo señalado en la parte considera-
tiva de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimien-
to de la presente Resolución, serán cubiertos por el
Pliego Presupuestal del Ministerio de Pesquería, de
acuerdo al siguiente detalle:
-Pasajes aéreos US$ 4 334,54
-Pasajes en tren
(Bruselas - París) 85,00
-Viáticos 3 120,00
-Tarifa CORPAC 25,00
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o
derechos aduaneros de ninguna clase o denomina-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia del
Consejo de Ministros
22098
Encargan la Cartera de Pesquería al
Ministro de Agricultura
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 226-2001-PCM
Lima, 17 de abril del 2001
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ludwig Meier Cornejo, Ministro de
Pesquería, se ausentará del país del 16 al 27 de abril de
2001, para atender asuntos de carácter oficial;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 127º
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Pesquería
al señor ingeniero CARLOS AMAT Y LEON, Ministro
de Agricultura, a partir del 16 de abril de 2001 y
mientras dure la ausencia del Titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
Encargado de la Presidencia
del Consejo de Ministros
22099
Autorizan viaje del Ministro de Salud a
Canadá para participar en reunión del
Consejo Internacional para el Control
de los Desórdenes por Deficiencia de
Iodo
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 227-2001-PCM
Lima, 17 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Reunión Anual del Consejo
Internacional para el Control de los Desórdenes por
Deficiencia de Iodo, se ha invitado al Titular del
Ministerio de Salud a realizar una exposición sobre la
situación del Control de los Desórdenes por Deficien-
cia de Iodo en las Américas y a su vez, dictar la
Conferencia titulada: "La Eliminación de los Desór-
denes por Deficiencia de Iodo en el Perú", evento a
realizarse en la ciudad de Otawa, Canadá, del 18 al 21
de abril de 2001;
Que, en consecuencia, es pertinente autorizar el
viaje del Ministro de Salud, para que asista al citado
evento;
Pág. 201525
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 19 de abril de 2001
COLOCARCOLOCAR
GESTIONGESTION
EMPRESARIALEMPRESARIAL

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