ACUERDO Nº 57-2009-MDL/N - Exoneran de proceso de selección la construcción y supervisión de sistema de desagüe del sector Mapresa - Naranjillo

Fecha de disposición28 Junio 2009
Fecha de publicación28 Junio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 28 de junio de 2009 398281
de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Distrital,
Gerencia de Desarrollo Humano y Gerencia de Seguridad
Ciudadana el cumplimiento del presente.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación del presente Decreto de Alcaldía
en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL SANTOS NORMAND
Alcalde
366114-1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Modifican el “Cronograma de Elección
de los Representantes de la Sociedad
Civil ante el Consejo de Coordinación
Local Distrital de Villa El Salvador”
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 015-2009-ALC/MVES
Villa El Salvador, 26 de junio del 2009
Visto: El Informe Nº 118-2009-OPC/MVES, de fecha
26.06.2009, suscrito por el Gerente de la Of‌i cina de
Participación Ciudadana de esta Municipalidad.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-
ALC/MVES del 18.06.2009, se aprueba el “Cronograma
de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil
ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Villa El
Salvador para el período 2009 - 2011”;
Que, mediante el documento señalado en la parte
expositiva, el Gerente de la Of‌i cina de Participación
Ciudadana señala que mediante Resolución Nº 02-2009,
el Comité Electoral para la Elección de los Representantes
de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local
Distrital de Villa El Salvador para el período 2009-2011 ha
resuelto no inscribir ninguna lista como apta para el proceso
de elección de los representantes de la sociedad civil ante
el CCLD para el período 2009-2011; razón por la cual
solicita modif‌i car el Cronograma antes citado, a partir de la
Actividad Nº 1 relacionada a la Inscripción de lista o listas de
candidatos, a efectos de promover una mayor participación
de los representantes de la sociedad civil en este proceso;
Estando a lo solicitado, contando con las visaciones
correspondientes, y en uso de las facultades conferidas
por los incisos 1 y 6 del Art. 20º, así como del Art. 42º de
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car el “Cronograma de Elección de
los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo
de Coordinación Local Distrital de Villa El Salvador”,
aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2009-ALC/
MVES del 18.06.2009, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº Actividades Junio Julio
12 3 4 1 2
1Inscripción de lista o listas de candidatos 26 - 28 jun
2Primera publicación de lista o listas
inscritas 30 jun
3Tachas e impugnaciones 01 jul
4Publicación f‌i nal de listas aptas 03 jul
5Elección de representantes de la sociedad
civil ante el CCL 05 jul
6Resolución de Alcaldía proclamando a los
representantes de la sociedad civil ante
el CCL 07 jul
7Juramentación e instalación del CCLD 10 jul
Artículo 2º.- Ratif‌i car los demás extremos del Decreto
de Alcaldía materia de la presente modif‌i cación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
JAIME ZEA USCA
Alcalde
366397-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LUYANDO NARANJILLO
Exoneran de proceso de selección la
construcción y supervisión de sistema
de desagüe del sector Mapresa -
Naranjillo
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 57-2009-MDL/N
Naranjillo, 22 de mayo del 2009
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE LUYANDO NARANJILLO
VISTO:
Visto el Informe N° 48-2009-JACR/GI MDL, emitido
por la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano,
Rural Informe N° 24-2009-GDSRN-MDL/N, procedente
de la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe N°
014-2009-MDL/N-ALE, del Asesor legal Externo, en
sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 23 mayo de
2009, sobre exoneración de procesos de selección por
situación de emergencia y situación de desabastecimiento
inminente, para la ejecución y supervisión de la obra
denominada “Construcción del Sistema de Desagüe del
Sector Mapresa – Naranjillo, Distrito de Luyando – Leoncio
Prado- Huánuco” .
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 9° inciso
corresponde al Concejo Municipal, el aprobar, modif‌i car o
derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, de acuerdo al Art. 20º incisos b) y c) de la
Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
Decreto Legislativo Nº 1017 están exonerados de los
procesos de selección las contrataciones que realicen
ante una Situación de Emergencia y desabastecimiento
inminente, de acuerdo a lo que se establezcan en
el Reglamento. en concordancia con ello, el primer
parágrafo del Art. 128º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado referido a exoneración del
proceso de selección por la causal de situación de
emergencia señala que “Cuando exista la necesidad de
proveerse por emergencia, procede la exoneración para
contratar con persona natural o jurídica notoriamente
especializados, apreciados de manera objetiva por
la Entidad, permiten sustentar de modo razonable e
indiscutible su adecuación para satisfacer la complejidad
del objeto contractual.
Que, el Art. 21º de la Ley de Contrataciones del
Estado, establece que las contrataciones derivadas de
exoneración de procesos de selección se realizarán de
manera directa, previa aprobación mediante Resolución
del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del
Consejo Regional o del Acuerdo Municipal, según
corresponda, en función a los informes técnicos legales
previos que obligatoriamente deberán emitirse. Asimismo
copia de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes
que los sustentan deben remitirse a la Contraloría General
de la República y publicarse en el Sistema de Electrónico
de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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