2182 008-2003-ED - Constituyen Comisión Presidencial de la Educación Nacional

Fecha de disposición27 Febrero 2003
Fecha de publicación27 Febrero 2003
Pág. 239839
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de febrero de 2003
EDUCACIÓN
Constituyen Comisión Presidencial de
la Educación Nacional
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 008-2003-ED
Lima, 26 de febrero de 2003
CONSIDERANDO:
Que el Estado impulsa y garantiza la educación pú-
blica gratuita, intercultural y bilingüe, promueve la edu-
cación privada como expresión del derecho y la libertad
para que los peruanos escojan la educación que deseen
a fin de que puedan adaptarse a la dinámica de los cam-
bios que exige un mundo cada vez más globalizado y
competitivo;
Que para cumplir con esta finalidad, el actual Gobier-
no asigna alta prioridad a la educación como eje funda-
mental del desarrollo nacional y considera conveniente,
desde el más alto nivel gubernamental, lograr una visión
global de la educación nacional, que le permita detectar
los problemas más apremiantes, con el fin de que pueda
tomar las decisiones que considere adecuadas y que le
permitan promover sus programas esenciales dentro
de su política educativa;
Que es necesario conjugar las experiencias y hallaz-
gos nacionales con los grandes aportes que, en materia
educativa, aplican las sociedades desarrolladas, a fin de
insertar al país dentro del proceso de globalización con
un papel de liderazgo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Le-
gislativo Nº 560, y en los incisos 3) y 24) del artículo
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Constituir la Comisión Presidencial de
la Educación Nacional, la misma que estará integrada
por el Ministro de Educación, quien la presidirá, el Vice-
ministro de Gestión Institucional, y cuatro (4) personali-
dades con prestigio intelectual y cultural en el campo de
la educación, que son las siguientes personas:
1. Santiago CUETO CABALLERO
2. Carlos MALPICA FAUSTOR
3. Ricardo MORALES BASADRE
4. Alberto ZAPATER CATERIANO
Artículo 2º.- Son funciones de esta Comisión Presi-
dencial:
2.1. Elaborar un informe semestral del estado de la
educación nacional y señalar los puntos críticos de di-
cha situación, a fin de instituir procesos de retroalimenta-
ción que asignen al servicio educativo un carácter dina-
mizador del desarrollo nacional.
2.2. Desarrollar estudios y propuestas sobre temas
o asuntos prioritarios, que sirvan a la formulación de
políticas educativas de Estado, tales como:
a. Desarrollo integral de la primera infancia.
b. Fortalecimiento de la educación en áreas rurales
desde una perspectiva que sirva al desarrollo social y
económico de su población.
c. Formación y capacitación continua del profesora-
do dentro de un marco de dignificación de la carrera
docente.
d. Identificación y puesta en marcha de programas
de financiamiento de la educación, destinados a un de-
sarrollo autosostenido del Sector.
e. Diseño e implementación de políticas que fomen-
ten la equidad en el servicio educativo, mediante proce-
sos de descentralización y desarrollo regional, para ser-
vir eficiente y eficazmente a la población y promover su
participación.
f. Delinear procesos de evaluación integral del pro-
ceso educativo y estudios e investigaciones que permi-
tan a la población usuaria, el Ministerio de Educación y
los organismos de cooperación internacional técnica y
financiera, valorar la calidad, pertinencia y relevancia del
servicio educativo.
Los temas anteriormente señalados servirán como
propuestas, en primer término, para el desarrollo del
Programa Estratégico Huascarán.
Artículo 3º.- La Comisión Presidencial sesionará, por
lo menos, una vez al mes bajo la presidencia del señor
Presidente de la República y, en su ausencia, por el
señor Ministro de Educación, con cargo a dar cuenta al
señor Presidente de la República.
Artículo 4º.- La Comisión Presidencial de Educa-
ción, podrá encargar la formulación de estudios específi-
cos e investigaciones, financiadas con fondos del Teso-
ro Público o de la Cooperación Técnica Internacional,
para el mejor cumplimiento de sus tareas.
Artículo 5º.- Esta Comisión no irrogará gastos al
Estado. El apoyo técnico que sea necesario será propor-
cionado por el Ministerio de Educación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
GERARDO AYZANOA DEL CARPIO
Ministro de Educación
03787
MINCETUR
Designan representantes de COPESCO
y del sector turístico privado ante el
Comité Especial encargado de proponer
el Plan Anual de Promoción y Desarro-
llo Turístico Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 058-2003-MINCETUR/DM
Lima, 26 de febrero de 2003
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el
Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo
Turístico Nacional, se creó el Comité Especial encarga-
do de proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Tu-
rismo el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico
Nacional;
Que el Comité a que se refiere el considerando ante-
rior está conformado, entre otros miembros, por cuatro
representantes del sector turístico privado;
Que por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR,
se aprobó el Reglamento de la mencionada Ley Nº 27889,
cuyo artículo 7º en concordancia con su Segunda Dis-
posición Transitoria, establece que los representantes
del sector turístico privado serán designados por Reso-
lución del titular del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo;
Que, a tal efecto, la Cámara Nacional de Turismo y
los gremios legalmente constituidos, representativos de
los establecimientos de hospedaje y afines, de las agen-
cias de viaje y operadores turísticos y de las líneas
aéreas, han presentado al MINCETUR las ternas de
candidatos correspondientes;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27790,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Co-
mercio Exterior y Turismo; Ley Nº 27889 y su Regla-
mento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MIN-
CETUR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como miembros del Co-
mité Especial creado por Ley Nº 27889, en represen-
tación del sector turístico privado, a las siguientes perso-
nas:

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