ACUERDO Nº 020-2008-MDSCM/P - Exoneran de proceso de selección la actividad delegada por encargo del Gobierno Regional Piura, consistente en alquiler de maquinaria pesada para la recuperación de transitabilidad en trochas carrozables

Fecha de disposición27 Julio 2008
Fecha de publicación27 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 27 de julio de 2008
377058
Artículo 6º- PUBLICAR el presente Acuerdo en el
Diario Of‌i cial El Peruano y remitir copias de los actuados
y sus informes a la Contraloría General de la República y
al CONSUCODE, dentro del plazo de 10 días, así como
su publicación en el SEACE.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
MARCO AURELIO LA TORRE SÁNCHEZ
Alcalde Provincial
231342-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
SANTA CATALINA DE MOSSA
Exoneran de proceso de selección la
actividad delegada por encargo del
Gobierno Regional Piura, consistente
en alquiler de maquinaria pesada para
la recuperación de transitabilidad en
trochas carrozables
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 020-2008-MDSCM/P
Paltashaco, 10 de junio del 2008
VISTO.
En Sesión de Concejo Extraordinaria, del día 10 de
junio del 2008, el Informe Técnico Nº 001-2008-MDSCM/
OST, y el Informe Legal Nº 020-2008-E.J.J.J.V.P., que
constituye requisitos obligatorios para la APROBACIÓN
DE EXONERACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN.
CONSIDERANDO
Que, la situación de emergencia contemplada en el
artículo veintidós de la Ley y el artículo ciento cuarenta
y dos del Reglamento la def‌i nen como Aquella situación
en la cual la Entidad tiene que actuar de manera
inmediata a causa de acontecimientos catastróf‌i cos, de
situaciones que supongan grave peligro o de necesidad
que afecten la defensa nacional, en estos casos la
entidad queda exonerada de la tramitación de expediente
administrativo.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2008-PCM,
Artículo primero Declara el Estado de Emergencia por
desastre natural a los Departamentos de Tumbes, Piura,
Lambayeque y Ucayali, otorgando un plazo de sesenta
(60) días calendario, para la ejecución de acciones
inmediatas destinadas a la atención de la emergencia y
rehabilitación de las zonas afectadas.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2008-PCM, se
prorroga el Estado de Emergencia en los Departamentos
de Tumbes, Piura, Lambayeque y Ucayali, por el plazo de
sesenta (60) días calendario a partir del 29 de abril de 2008.
Que, el Informe Técnico Nº 001-2008-ING.- CAMQ/
MDSCM/OST, presentado por la Of‌i cina de Servicios
Técnicos de fecha 3 de junio de 2008, determina que
actualmente las carreteras que conecta a los caseríos
Bocanegra - Casablanca, Piedra del toro - Casablanca,
Faical - Algodonal, Paltashaco - Carrasquillo, Chirimoyos
- Mossa, existen tramos críticos ocasionados por
derrumbes de laderas, cunetas de tierra colapsadas,
cangrejeras, desbordamiento hasta la mitad de la calzada,
muros secos y badenes destruidos, generando por las
escorrentías pluviales provocadas por las lluvias intensas,
percibidas en la zona, ocasionando el socavamiento,
deslizamiento y destrucción en estructuras de drenaje y
tramos de acceso.
Que como consecuencia de lo descrito el texto del
considerando precedente, se elaboró y se presentó
las f‌i chas de actividades ante el Gobierno Regional de
Piura, impulsados por el Señor Alcalde, suscribiéndose el
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Nº 034-2008-GOB.REG.PIURA.GGR, cuyo objeto es
establecer las coordinaciones técnicas, administrativas y
legales, Delegando al Gobierno Local, La Ejecución por
Encargo de La Actividad siguiente:
Alquiler de maquinaria pesada, para la recuperación
de la transitabilidad en trocha carrozable Bocanegra
- Casablanca, Piedra del toro - Casablanca, Faical
- Algodonal, Paltashaco - Carrasquillo, Chirimoyos -
Mossa”, por interrupción de vías de tránsito, afectadas por
las lluvias intensas ocurridas al inicio del mes de enero,
incrementándose a partir del 17 de febrero del 2008.
EL MONTO MATERIA DEL CONVENIO ASCIENDE A
S/. 321,442.02
Que, el Informe Legal Nº 020-2008-E.J.J.V.P.,
presentado por El Asesor Legal Externo, el mismo
que determina la normatividad que se aplica en una
Declaración de Estado de Emergencia, sustentado en
función a una Exoneración por la situación pre indicada.
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado Decreto
Supremo Nº 083-2004-PCM, en su artículo 10 establece la
Exoneración de Procesos de Selección; en coordinación
con los Artículos 20, 22, 142, 146, 147, 148, del mismo
cuerpo de leyes que son materia del mismo proceso.
Que, de las obligaciones asumidas por esta Municipalidad
de manera exclusiva es la ejecución técnica y f‌i nanciera de la
actividad debiendo efectuar en los plazos límites establecidos
y/o previstos, para su cumplimiento responsabilizándose
en efectuar los actos administrativos tendientes al cabal
cumplimiento de las metas programadas.
Que, estando a lo estipulado en el texto de los
Nº 27972, en lo pertinente a las funciones de Gobierno
Local, referidas a asuntos específ‌i cos de interés público.
Que, de lo expuesto en los Informes Técnico-Legal se
concluye que es PROCEDENTE que el Concejo en Pleno
determine LA EXONERACIÓN DE LA APROBACION DEL
PROCESO DE SELECCION.
En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley 27972. Artículos , 41° y con el
voto unánime del Pleno del Concejo.
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN
DEL PROCESO DE SELECCIÓN, DE LA ACTIVIDAD
DELEGADA POR ENCARGO DEL GOBIERNO
REGIONAL - PIURA:
ALQUILER DE MAQUINARIA PESADA, PARA LA
RECUPERACIÓN DE LA TRANSITABILIDAD EN TROCHA
CARROZABLE BOCANEGRA - CASABLANCA, PIEDRA
DEL TORO - CASABLANCA, FAICAL - ALGODONAL,
PALTASHACO - CARRASQUILLO, CHIRIMOYOS -
MOSSA”
Por un MONTO DE S/. 321,442.02
Artículo Segundo.- ENCARGAR A LA OFICINA
DE SERVICIOS TECNICOS PARA QUE EJECUTE LO
DISPUESTO EN EL TEXTO DEL PÁRRAFO SEGUNDO DEL
ARTÍCULO 142° Y ARTÍCULO 147° DEL REGLAMENTO,
Y ASÍ MISMO DISPONGA EL CUMPLIMIENTO DEL
CONVENIO, PARA LA INMEDIATA RECUPERACIÓN DE
TRANSITABILIDAD DE LAS TROCHAS CARROZABLES
UBICADAS EN LOS SECTORES: BOCANEGRA -
CASABLANCA, PIEDRA DEL TORO - CASABLANCA,
FAICAL - ALGODONAL, PALTASHACO - CARRASQUILLO,
CHIRIMOYOS - MOSSA.
Artículo Tercero.- ENCARGAR AL AREA DE
ABASTECIMIENTOS LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO
OBJETO DE EXONERACIÓN.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO LOPEZ CRUZ
Alcalde
231827-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR