Consideran de carácter prioritario la formulación del Proyecto Educativo Regional de Huancavelica

Fecha de disposición31 Diciembre 2004
Fecha de publicación31 Diciembre 2004
Pág. 283810
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 31 de diciembre de 2004
Recuperar, ampliar, reconstruir y restablecer la infra-
estructura de los servicios básicos priorizándose en las
zonas de mayor afectación
Impulsar, por medio de la cooperación, un compo-
nente de empleo y generación de ingresos que propor-
cione capacitación técnica y en gestión empresarial, asis-
tencia técnica y asesoría empresarial y financiera a co-
munidades y grupos de desplazados que hayan identifi-
cado oportunidades de inversión y actividad empresa-
rial Artículo 9º.- OTORGUESE a la Presidencia Regio-
nal un plazo de noventa (90) días para que reglamente la
presente Ordenanza Regional.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re-
gional de Huancavelica para su promulgación
En Huancavelica a los veintidós días del mes de se-
tiembre 2004.
SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC
Presidente del Consejo Regional de Huancavelica.
AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE
HUANCAVELICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huanca-
velica, a los veintitrés días del mes de setiembre del dos
mil cuatro.
SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC
Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica.
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Consideran de carácter prioritario la
formulación del Proyecto Educativo
Regional de Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL
Nº 013-GR-HVCA/CR
Huancavelica, 22 de setiembre de 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE HUANCAVELICA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL QUE DISPONE DE
CARÁCTER PRIORITARIO LA FORMULACIÓN
DEL PROYECTO EDUCATIVO REGIONAL DE
HUANCAVELICA
Artículo 1º.- Considérese de necesidad urgente y
prioritaria la formulación del diseño del Proyecto Educa-
tivo Regional de Huancavelica, a fin mejorar la calidad
educativa integral en todos sus aspectos teniendo como
marco referencial el Plan Estratégico de Desarrollo de
Huancavelica.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Regional de
Desarrollo Social el cumplimiento de la formulación del
diseño del Proyecto Educativo Regional de Huancaveli-
ca, y efectúe el trabajo de planificación, organización,
ejecución, control y evaluación de la educación en el
ámbito regional.
Artículo 3º.- EL Proyecto Educativo Regional será
elaborado de modo participativo y concertado con
los Agentes de la Educación y los Actores Sociales.
Artículo 4º.- Otórguese el carácter de Ordenan-
za Regional la Directiva Nº 041-2004-DGP/DREH-
MED, dentro del marco del Proyecto "Mejoramiento
de la Calidad de Gestión Educativa en la Región de
Huancavelica".
Artículo 5º.- El diseño y formulación del Proyecto
Educativo Regional de Huancavelica deberá ser pre-
sentado al Consejo Regional para su aprobación en el
plazo de 120 días.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re-
gional de Huancavelica para su promulgación.
En Huancavelica, a los veintidós días del mes de
setiembre de 2004.
SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC
Presidente del Consejo Regional de Huancavelica
AL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE
HUANCAVELICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huanca-
velica, a los veintitrés días del mes de setiembre del dos
mil cuatro.
SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC
Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica
23898
Reconocen fecha de creación política
del distrito de Huaribamba, provincia
de Tayacaja, Región Huancavelica
ORDENANZA REGIONAL
Nº 015-GR-HVCA/CR
Huancavelica, 22 de setiembre de 2004
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE HUANCAVELICA
POR CUANTO:
EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA;
Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA REGIONAL DE
RECONOCIMIENTO DE FECHA DE
CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO
DE HUARIBAMBA DE LA PROVINCIA
DE TAYACAJA-HUANCAVELICA
Artículo 1º.- RECONÓZCASE Oficialmente el 12 de
noviembre de 1823, como fecha de Creación Política del
Distrito de Huaribamba, ubicado en la Provincia de Taya-
caja, Región Huancavelica.
Artículo 2º.- Comuníquese la presente Ordenan-
za Regional a la Dirección Nacional Técnica de De-
marcación Territorial de la Presidencia del Consejo de
Ministros, al Órgano competente del Gobierno Regio-
nal de Huancavelica, Municipalidad Provincial de Ta-
yacaja y Municipalidad Distrital de Huaribamba, con-
forme a Ley.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Re-
gional de Huancavelica para su promulgación
En Huancavelica a los veintinueve días del mes de
setiembre de 2004.

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