47 027-2004-PRES - Crean Consejo Regional de la Micro y Pequeñas Empresas -COREMYPE, en la Región Lima
Fecha de disposición | 17 Febrero 2004 |
Fecha de publicación | 17 Febrero 2004 |
Pág. 262439
NORMAS LEGALES
Lima, martes 17 de febrero de 2004
La presente constancia se emite sin perjuicio de la facultad de
fiscalización posterior de la SUNAT respecto a la autenticidad de los
documentos presentados, la información contenida en ellos y a la vi-
gencia y alcances del beneficio.
De comprobarse la falsedad de la documentación o información
presentada, se procederá al cobro de la deuda tributaria y al inicio de
las acciones administrativas o penales que correspondan.
Ciudad,.....
Firma y sello
ANEXO 2
CRONOGRAMA PARA EL PAGO DEL IMPUESTO
A LAS TRANSACCIONES FINANCIERAS
FECHA DE REALIZACIÓN DE ÚLTIMO DÍA
LAS OPERACIONES PARA REALIZAR
Del Al EL PAGO
01/03/2004 15/03/2004 22/03/2004
16/03/2004 31/03/2004 07/04/2004
01/04/2004 15/04/2004 22/04/2004
16/04/2004 30/04/2004 07/05/2004
01/05/2004 15/05/2004 24/05/2004
16/05/2004 31/05/2004 07/06/2004
01/06/2004 15/06/2004 22/06/2004
16/06/2004 30/06/2004 07/07/2004
01/07/2004 15/07/2004 22/07/2004
16/07/2004 31/07/2004 09/08/2004
01/08/2004 15/08/2004 23/08/2004
16/08/2004 31/08/2004 07/09/2004
01/09/2004 15/09/2004 22/09/2004
16/09/2004 30/09/2004 07/10/2004
01/10/2004 15/10/2004 22/10/2004
16/10/2004 31/10/2004 08/11/2004
01/11/2004 15/11/2004 22/11/2004
16/11/2004 30/11/2004 07/12/2004
01/12/2004 15/12/2004 22/12/2004
16/12/2004 31/12/2004 07/01/2005
03277
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Constituyen Comisión de Saneamiento
de Bienes del Gobierno Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 011-2004-PRES
Huacho, 15 de enero del 2004
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas
de derecho público, con autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
Que la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783,
Ley de Bases de la Descentralización, establece las etapas
de ejecución del proceso de descentralización, correspon-
diendo en la primera, la transferencia de los activos y pasivos
de los Consejos Transitorios de Administración Regional a los
Gobiernos Regionales, conforme a los mecanismos dispues-
tos en la Tercera Disposición Transitoria de la referida Ley;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Transitoria,
Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902,
declara de necesidad y utilidad pública el saneamiento le-
gal de los bienes muebles e inmuebles que los Consejos
Transitorios de Administración Regional hayan transferido
a los Gobiernos Regionales y en consecuencia, autoriza a
estos últimos al saneamiento legal de dichos bienes;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 147-CND-P-2003,
emitida por el Presidente del Consejo Nacional de Descentraliza-
ción, publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 5 de diciembre
de 2003, se aprobó la Directiva Nº 007-CND-P-2003, la cual
establece en el numeral 4,3 que cada Gobierno Regional confor-
mará una Comisión de Saneamiento de Bienes, que se encar-
gará del planeamiento y supervisión de los trámites de sanea-
miento de los bienes muebles e inmuebles, estableciéndose en el
numeral 4.3.1, 4.3.2 y 4.3.3 de la Directiva antes señalada, que la
Comisión estará conformada por dos representantes de la Admi-
nistración de cada Gobierno Regional; un representante de la
Superintendencia de Bienes Nacionales; un representante de la
Oficina de la Zona Registral correspondiente de la Superinten-
dencia Nacional de los Registros Públicos;
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos mediante Resolución del Superintendente Nacio-
nal de los Registros Públicos Nº 571-2003-SUNARP/SN
de fecha 10 de diciembre del 2003, designó al Abogado
Hildebrando Jiménez. ante la Comisión de Saneamiento
de Bienes del Gobierno Regional de Lima;
Que, resulta necesario constituir la Comisión de Saneamien-
to de Bienes del Gobierno Regional de Lima y designar a los
representantes de conformidad con la Directiva Nº 007-CND-P-
2003, que establece la conformación de las Comisiones de Sanea-
miento de Bienes de los Gobiernos Regionales;
Con la conformidad de la Gerencia General Regional y
la visación de la Subgerencia Regional de Administración
y de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del
Gobierno Regional de Lima;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas en
el inciso a) del Articulo 21º de la Ley Orgánica de Gobier-
nos Regionales, Ley Nº 27867;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Constituir la Comisión de Sanea-
miento de Bienes del Gobierno Regional de Lima, confor-
mada de la siguiente manera:
Sr. WILFREDO SALINAS AZAÑA
Sr. RAMON FLORES FRANCIA
Artículo Segundo.- Los representantes de la Superinten-
dencia de Bienes Nacionales - SBN y de la Oficina de la Zona
Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi-
cos - SUNARP serán nombrados por su sector correspondiente.
Artículo Tercero.- Comunicar la presente Resolución
a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Super-
intendencia Nacional de los Registros Públicos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY
Presidente
03236
Crean Consejo Regional de la Micro y
Pequeñas Empresas - COREMYPE, en
la Región Lima
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 027-2004-PRES
Huacho, 3 de febrero del 2004
VISTO; el Informe Nº 002-2003-GRL-GDS/DRT/PE; y,
CONSIDERANDO;
Que, los Gobiernos Regionales tienen por finalidad
esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible,
promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y
garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad
de oportunidades de sus habitantes;
Que, el numeral 13 del artículo 8º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señala que es Principio
de la gestión de los Gobiernos Regionales: La Competitividad,
para ello promueve un entorno de innovación, impulsa alianzas
y acuerdos entre los sectores público y privados, el fortale-
cimiento de las redes de colaboración entre empresas, institu-
ciones y organismos sociales, junto con el crecimiento de eslabo-
namientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportuni-
dades para la formación de ejes de desarrollo y corredores eco-
nómicos, la ampliación de mercados y la exportación;
Que, el numeral 1 del artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobier-
nos Regionales señala que es competencia exclusiva de los
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, prescribe que es compe-
tencia exclusiva de los Gobiernos Regionales de acuerdo con el
artículo 35º de la Ley de Bases de la Descentralización; Ley
Nº 27783, la de promover la modernización de la pequeña em-
presa y mediana empresa regional, articuladas con las tareas de
educación, empleo y la actualización e innovación tecnológica;
Que, por Ley de Promoción y Formalización de la Micro
y pequeña Empresa; Ley Nº 28015, y su Reglamento, apro-
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba