ACUERDO Nº 036-2009-GRSM/CR - Autorizan viaje de Consejero Delegado y Consejero Regional a Argentina para participar en evento

Fecha de disposición30 Agosto 2009
Fecha de publicación30 Agosto 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 30 de agosto de 2009
401746
Que con Resolución de Decanato Nº 0712/D-
FCCSS/09 del 24 de agosto del 2009, la Facultad de
Ciencias Sociales autoriza el viaje en comisión de
servicios del 31 de agosto al 04 de setiembre del 2009,
al Dr. BERNARDINO RAMÍREZ BAUTISTA, para que
participe en el mencionado evento;
Que asimismo, se le otorga las sumas en nuevos soles
equivalentes a US$ 371.00 dólares americanos, por concepto
de pasaje aéreo Lima-Buenos Aires-Lima; US$ 1,000.00
dólares americanos, por concepto de viáticos; y US$. 32.00
dólares americanos, por concepto de Tarifa CORPAC,
solicitando que se asuman con cargo a los recursos
directamente recaudados por la Administración Central;
Que la participación del mencionado docente en
el evento antes indicado benef‌i ciará a la Comunidad
Universitaria Sanmarquina en lo académico y científ‌i co,
por cuanto elevará el nivel y calidad de enseñanza en la
Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de
nuestro país, y contribuirá a su promoción económica;
Que a f‌i n de mantener el normal desarrollo de las
actividades de la Facultad de Ciencias Sociales, es
necesario en cargar el Decanato de la citada Facultad al
Dr. VALDEMAR DEL SOCORRO ESPINOZA SORIANO,
por el período que dure la ausencia del titular;
Que la Dirección General de Administración mediante
Proveído s/n de fecha 24 de agosto del 2009 y la Of‌i cina
General de Planif‌i cación con Of‌i cio Nº 03133-OGPL-2009,
emiten opinión favorable;
-Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,
señala que: “El encargo es temporal, excepcional y
fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para
el desempeño de funciones de responsabilidad directiva,
compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor.
En ningún caso debe exceder el período presupuestal”;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por la
Directiva Nº 004-DGA-2008, aprobada con Resolución
Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de
la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus
modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
1º.- Ratif‌i car la Resolución de Decanato Nº 0712/D-
FCCSS/09 del 24 de agosto del 2009 de la Facultad de
Ciencias Sociales, en el sentido de autorizar el viaje en
comisión de servicios del 31 de agosto al 04 de setiembre
del 2009, al Dr. BERNARDINO RAMÍREZ BAUTISTA, con
código Nº 056677, Decano de la citada Facultad, para
participar en el XXVII Congreso Internacional Denominado
“Latinoamérica Interrogada: Depredación de Recursos
Naturales, Democracia Participativa, Nuevos Escenarios
Productivos y Construcción de Conocimiento”, a realizarse
en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina.
2º.- Otorgar al Dr. BERNARDINO RAMÍREZ BAUTISTA
las sumas en nuevos soles equivalentes a los montos
que se indica, con cargo a los recursos directamente
recaudados por la Administración Central, debiendo a su
retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado
en el plazo de Ley:
Pasaje aéreo Lima-Buenos Aires-Lima : US$ 371.00
Viáticos (5x200) : US$ 1,000.00
Tarifa CORPAC : US$ 32.00
3º.- Encargar el Decanato de la Facultad de Ciencias
Sociales al Dr. VALDEMAR DEL SOCORRO ESPINOZA
SORIANO, con código Nº 024031, por el período que dure
la ausencia del titular.
4º.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad
la publicación de la presente Resolución en el Diario Of‌i cial
El Peruano, de conformidad a las normas vigentes.
5º.- Encargar a la Dirección General de Administración,
Of‌i cina General de Recursos Humanos y a la Facultad
de Ciencias Sociales, el cumplimiento de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS FERNANDO IZQUIERDO VÁSQUEZ
Rector
390522-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE SAN MARTIN
Autorizan viaje de Consejero Delegado
y Consejero Regional a Argentina para
participar en evento
ACUERDO REGIONAL
Nº 036-2009-GRSM/CR
Moyobamba, 14 de agosto del 2009
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San
Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Perú, modif‌i cado por la
Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo
XIV del Título IV, sobre Descentralización; Ley Nº 27783,
Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cada por Ley
Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo
Regional, y demás normas complementarias y;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso h) del Artículo de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias
establece que los Gobiernos Regionales son competentes
para fomentar la competitividad, las inversiones y el
f‌i nanciamiento para la ejecución de proyectos y obras de
infraestructura de alcance e impacto Regional;
Que, el literal s) del artículo 7º del Reglamento
Interno del Consejo Regional, modif‌i cado con Ordenanza
Regional Nº 014-2008-GRSM/CR, de fecha 16 de abril
del 2008, establece que son atribuciones del Consejo
Regional de San Martín Autorizar los viajes al exterior del
Presidente y Vicepresidente, así como de los Consejeros
(as) Regionales, en representación del Gobierno Regional
de San Martín y sustentados en el interés regional o
institucional. Las autorizaciones de viajes al exterior de
los funcionarios del Gobierno Regional de San Martín se
efectuarán por Resolución del Presidente Regional. Es
obligatoria la publicación de las autorizaciones de viaje al
exterior cuando ocasionen algún tipo de gastos al Estado
– Gobierno Regional. Dentro de los quince (15) días
calendarios siguientes de efectuado el viaje, el Presidente
Regional, Vicepresidente Regional y Consejeros (as)
Regionales, el funcionario o servidor público presentará
ante el órgano del Gobierno Regional que lo autorizó,
un informe de las acciones realizadas durante el viaje
autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente
sustentadas hasta por lo menos el setenta por ciento (70%)
del monto de viáticos asignado. El treinta por ciento (30%)
restante podrá sustentarse mediante Declaración Jurada.
El rindente hará devolución del monto correspondiente
a los viáticos cuyo gasto no se encuentre debidamente
sustentado, conjuntamente con la rendición de cuentas;
Que, mediante Ley Nº 27619, se regula la autorización
de viajes al exterior de los funcionarios y servidores
públicos o representantes del Estado que irrogue gastos
al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en
las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la
Ley del Presupuesto del Sector Público; mientras que
la parte in f‌i ne del artículo 11º del Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM – que aprueba normas reglamentarias
sobre autorización de viajes al exterior de servidores
y funcionarios públicos – señala que para los viajes al
extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias,
Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por
cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún
tipo de gastos al Estado, no son de obligatoria publicación
las autorizaciones.
Que, de acuerdo con la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2007, Ley Nº 27619, que
regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos, que irroguen gastos al Tesoro Público
y que se encuentren comprendidos en la Entidades Públicas
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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