2475 124-2002/SUNAT - Autorizan participación de la SUNAT en forma conjunta con el Fondo de Empleados en el "Primer Programa de Pago de Acreencias con Dación en Pago de Activos Fijos y Cartera de Créditos del Banco ...

EmisorSunat
Fecha de la disposición12 de Septiembre de 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 12 de setiembre de 2002
deberá sujetarse a lo establecido en el cuarto párrafo del
Artículo 5º de las Normas Complementarias en Materia de
Interconexión aprobadas por Resolución de Consejo Di-
rectivo Nº 014-99-CD/OSIPTEL y modificadas mediante
Resolución de Consejo Directivo Nº 070-2000-CD/OSIP-
TEL; por lo que en virtud de dicha norma legal, la provisión
del referido servicio de transporte conmutado local gene-
rará un cargo cuando la llamada es originada o terminada
en una tercera red, a excepción que la central de conmuta-
ción, asociada al punto de interconexión, del operador que
brinda el transporte conmutado local cumpla a la vez la
función de central de conmutación asociada a la tercera
red con la que se pretende interconectar;
Que teniendo en cuenta que las partes no han presen-
tado una solicitud de confidencialidad respecto de su Acuer-
do de Interconexión referido en la sección de VISTOS, y
considerando que la información contenida en el mismo,
no constituye información que revele secretos comerciales
o la estrategia comercial de las empresas o cuya difusión
genere perjuicio alguno para las mismas o para el merca-
do, se dispone la inclusión automática de dicho documento
contractual, en su integridad, en el Registro de Contratos
de Interconexión, conforme a lo dispuesto en el tercer pá-
rrafo del Artículo 45º del Reglamento de Interconexión;
En aplicación de las atribuciones que corresponden a
esta Gerencia General en virtud de lo establecido en el
Artículo 49º del Reglamento de Interconexión;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Interconexión sus-
crito con fecha 1 de agosto entre las empresas BellSouth
Perú S.A. y Telefónica del Perú S.A.A. - Addendum al Con-
trato de Interconexión vigente entre ambas empresas que
fue aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 042-
99-GG/OSIPTEL-, mediante el cual se incluye al departa-
mento de Cajamarca como área a interconectarse dentro
de su relación de interconexión, y se establecen las condi-
ciones específicas aplicables; de conformidad y en los tér-
minos expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los términos del Acuerdo de Intercone-
xión que se aprueba mediante la presente Resolución, se
ejecutarán sujetándose a los principios de neutralidad, no
discriminación e igualdad de acceso, así como a las dispo-
siciones en materia de interconexión que son aprobadas
por OSIPTEL.
Artículo 3º.- Disponer que el Acuerdo de Interconexión
a que se hace referencia en el Artículo 1º de la presente
Resolución se incluya, en su integridad, en el Registro de
Contratos de Interconexión de OSIPTEL, el mismo que será
de acceso público.
Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vigen-
cia al día siguiente de su notificación a las empresas con-
cesionarias que suscriben el Acuerdo de Interconexión, y
será publicada en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LILIANA RUIZ V. DE ALONSO
Gerente General
16348
OSITRAN
Aprueban modificación del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones del
OSITRAN para el año 2002
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DIRECTIVO
Nº 024-2002-PD-OSITRAN
Lima, 29 de agosto de 2002
VISTO:
El Informe Nº 023-02-GAF-OSITRAN, de la Gerencia de
Administración y Finanzas de fecha 29 de agosto de 2002.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo
Directivo Nº 010-2002-PD-OSITRAN de fecha 1 de julio de
2002 se aprobó la modificación del Plan de Adquisiciones
y Contrataciones del OSITRAN para el ejercicio 2002, con-
siderando las reformulaciones de las partidas de Egresos
de Operación y la de Gastos de Capital;
Que, el último párrafo del numeral 4 del Artículo 7º del
Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-
trataciones y Adquisiciones del Estado, establece que el
Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la
asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones
de metas;
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo
7º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisi-
ciones del Estado, las licitaciones, concursos públicos y
adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual
deberán ser aprobadas por el Titular del Pliego o la máxi-
ma autoridad administrativa de la Entidad;
Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 52º del
Reglamento General del OSITRAN, aprobado median-
te Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, el titular del
pliego presupuestario es el Presidente del Consejo Di-
rectivo;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 52º
del Reglamento General del OSITRAN;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la modificación del Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Organismo
Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte
de Uso Público - OSITRAN, correspondiente al ejercicio
presupuestal del año 2002, el mismo que como anexo for-
ma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Disponer que la modificación del
Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones a que se
refiere el Artículo Primero de la presente Resolución, se
informe al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado - CONSUCODE dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes de emitida la presente
Resolución.
Artículo Tercero.- Disponer que, las inclusiones y ex-
clusiones de los procesos de selección se comuniquen a
la Comisión de Promoción de la Pequeña Empresa-PROM-
PYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de
emitida la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Autorizar la publicación en el Diario
Oficial El Peruano de la presente Resolución.
Artículo Quinto.- Disponer que el Plan Anual de Ad-
quisiciones y Contrataciones, a que se refiere el Artículo
Primero de la presente Resolución, se ponga a disposición
del público en la Gerencia de Administración y Finanzas y
en la página Web de OSITRAN, una vez que haya sido
publicada en el mencionado diario.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO CHANG CHIANG
Presidente
16299
SUNAT
Autorizan participación de la SUNAT en
forma conjunta con el fondo de Emplea-
dos en el "Primer Programa de pago de
Acreencias con Dación en Pago de Ac-
tivos Fijos y Cartera de Créditos del
Banco República en Liquidación"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 124-2002/SUNAT
Lima, 11 de setiembre de 2002

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