CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29105 - ResoluciOn Legislativa que autoriza el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de AmErica al territorio de la RepUblica . RESOLUCION LEGISLATIVA Nº 29105

Fecha de disposición13 Octubre 2007
Fecha de publicación13 Octubre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 13 de octubre de 2007 355275
En Lima, a los doce días del mes de octubre de dos
mil siete.
LUIS GONZALES POSADA EYZAGUIRRE
Presidente del Congreso de la República
ALDO ESTRADA CHOQUE
Primer Vicepresidente del
Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
Lima, 12 de octubre de 2007
Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y
archívese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ANEXO A
IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL MILITAR
Número Rango Nombre y Apellido
1. Capitán Sean Cunningham
2. Sargento Leter George
3. Sargento Carlos Payan
4. Sargento Krystal Cordero
5. Sargento Lewis Bunes
6. Sargento Ray Rodríguez
ANEXO B
RELACIÓN DE ARMAS
Número Rango Nombre y Apellido Nº Serie Arma
N-16
1. Capitán Sean Cunningham 6207948
2. Sargento Leter George 6214103
3. Sargento Carlos Payan 6216951
4. Sargento Krystal Cordero 6214120
5. Sargento Lewis Bunes 6216985
6. Sargento Ray Rodríguez 6298269
119204-2
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 006 -2007-EF/75.01
PRESCRIPCIÓN DE BONOS EMITIDOS POR EL ESTADO PERUANO
Se hace de conocimiento de las instituciones públicas y de las personas naturales y jurídicas en
general, que el Ministerio de Economía y Finanzas no admite ninguna gestión de requerimiento
de pago de Bonos emitidos por la República del Perú, respecto a los cuales se ha producido
la caducidad o prescripción para su cobro, en aplicación de la Ley Nº 8599, de fecha 18 de
noviembre de 1937, y del inciso 1) del Artículo 2001º del Código Civil vigente.
Entre tales Bonos se encuentran, los emitidos en los años 1871, 1874, 1875, 1920 y 1928,
así como aquellos emitidos en virtud a las Leyes Nº 5621, Nº 6752, Nº 13517 y Nº 15591, sus
ampliatorias y modicatorias, a los cuales se les aplica la Ley N° 8599. Asimismo, los Bonos
de Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones - Decreto Ley Nº 17803, los Bonos para
Ensanche y Acondicionamiento de Poblaciones para la Zona Afectada por el Terremoto del 31
de mayo de 1970 - Decreto Ley N° 18974, los Bonos de Reconstrucción - Ley 23592 y los
Bonos de Desarrollo - Ley 24030, a los cuales es de aplicación el inc. 1) del Artículo 2001° del
Código Civil. La mención de estos títulos es sólo de carácter referencial, no es limitativa.
Atendiendo a lo aquí informado, sugerimos al público en general abstenerse de efectuar
transacciones o gestiones que involucren el uso de los títulos de deuda antes referidos, u
otros de similar antigüedad.
Para precisiones adicionales sobre esta materia, incluyendo información sobre otros Bonos
que pudieran estar comprendidos dentro de los alcances de este Comunicado, las instituciones
o personas que los posean pueden consultar a la Dirección Nacional del Endeudamiento
Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
Lima, 11 de octubre de 2007
BETTY SOTELO BAZÁN
Directora General
Dirección Nacional del Endeudamiento Público
119196-1

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