Congresistas declararán intereses ante contraloría

Por sebastian ortiz martínez

El Consejo Directivo del Congreso, integrado por la Mesa Directiva y la Junta de Portavoces, acordó ayer que los parlamentarios están obligados a presentar su declaración jurada de intereses ante la contraloría. De esta manera, mantuvo el régimen excepcional para que los altos funcionarios del Legislativo presenten este documento.El Ejecutivo estableció, a través del Decreto de Urgencia 020-2019, la obligatoriedad de la declaración de intereses, pero en una plataforma única, administrada por la Secretaría de Integridad Pública y la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).El acuerdo del Consejo Directivo del Parlamento, al cual tuvo acceso El Comercio, dispone cinco acciones concretas. La primera es que se autoriza a la Oficialía Mayor del Congreso a adoptar las medidas necesarias para ?facilitar el acceso a aplicativos o sistemas de bases de datos? implementados por la contraloría para las declaraciones juradas de intereses.También establece que hasta que se pueda tener el acceso referido líneas arriba, la Oficialía Mayor entregará a los congresistas el formato con los ítems contenidos en el anexo del D.U. 020-2019, que incluyen el detalle de las empresas y sociedades en las que se tenga participación, las asesorías realizadas y la relación de las personas que integran el grupo familiar, entre otros.El Consejo Directivo, presidido por Manuel Merino de Lama (Acción Popular), refiere que el plazo para devolver el formato lleno no debe exceder los 30 días calendarios, luego de que haya sido recibido por los congresistas.Una vez vencido este tiempo, la Oficialía Mayor debe remitir las declaraciones juradas de intereses a la contraloría, ?a fin de que proceda a su resguardo y publicación?.El excontralor Fuad Khoury advirtió que el Consejo Directivo no puede, por medio de un acuerdo, precisar o cambiar detalles de la Resolución Legislativa 004-2020-2021-CR (que tiene rango de ley), que dejaba un vacío respecto a la obligatoriedad de los congresistas de remitir sus declaraciones juradas de intereses al órgano de control.?Esto tiene que ser aprobado a través de otra resolución...

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