1964 067-2003-MINCETUR/DM - Conforman Comité de Gerencia del Programa de Desarrollo de Políticas de Comercio Exterior - CGP

Fecha de publicación06 Marzo 2003
Fecha de disposición06 Marzo 2003
Pág. 240230
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 6 de marzo de 2003
MINCETUR
Sustituyen observaciones correspon-
dientes a subpartidas NALADISA del
Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo
de Alcance Parcial de Complementación
Económica Nº 8
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2003-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 018-2002-ITINCI publicado
el 13 de julio de 2002, se incorporó a la legislación nacional el
Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance Parcial de
Complementación Económica Nº 08, suscrito entre la Repúbli-
ca del Perú y los Estados Unidos Mexicanos;
Que, la Secretaría General de la ALADI detectó la exis-
tencia de un error en el Protocolo antes mencionado, emi-
tiendo con fecha 15 de noviembre de 2002, el Acta de
Rectificación del mismo;
Que, el error aparece en las observaciones correspon-
dientes a las subpartidas NALADISA 4408.90.10 y
4408.90.20, donde al hacer mención al espesor de las
maderas aserradas, se registra
"de más de 5 cm."
, cuando
en realidad correspondía
"de más de 5 mm."
;
Que, resulta necesario incorporar a nuestro ordena-
miento jurídico interno la rectificación en cuestión;
Que, de conformidad con el artículo 57º de la Consti-
tución Política del Estado; la Ley Nº 27779, Ley Orgánica
que modifica la Organización y Funciones de los Ministe-
rios y la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Sustitúyanse en vía de rectificación las
observaciones correspondientes a las subpartidas NALA-
DISA 4408.90.10 y 4408.90.20 del Quinto Protocolo Adi-
cional al Acuerdo de Alcance Parcial de Complementación
Económica Nº 08, las cuales quedarán redactadas de la
siguiente manera:
NALADISA 93 OBSERVACIONES
4408.90.10 "Para las maderas aserradas, de más de 5mm. de
espesor..."
4408.90.20 "Para las maderas aserradas, de más de 5mm. de
espesor..."
Artículo 2º.- El Ministerio de Comercio Exterior y Turis-
mo comunicará a las autoridades correspondientes las dis-
posiciones que fueran pertinentes para la aplicación de la
citada modificación, así como las precisiones que fueran
necesarias sobre sus alcances.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días
del mes de marzo de dos mil tres.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
04347
Designan Presidente del Consejo
Directivo de PROMPEX
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 006-2003-MINCETUR
Lima, 5 de marzo de 2003
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones
- PROMPEX es un Organismo Público Descentralizado
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCE-
TUR de conformidad con la Ley Nº 27790 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo;
Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente
del Consejo Directivo de la Comisión de Promoción de
las Exportaciones - PROMPEX; siendo necesario de-
signar al funcionario que desempeñará dicho cargo, en
tanto se apruebe la nueva organización y funciones de
dicha entidad;
Que, la Primera Disposición Complementaria, Transi-
toria y Final de la citada Ley, declara en proceso de reorga-
nización a PROMPEX;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis-
lativo Nº 805, Ley de creación de la Comisión para la Pro-
moción de las Exportaciones - PROMPEX; Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos y la
Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Minis-
terio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar al señor José Alejandro González
García como Presidente del Consejo Directivo de la Comisión
de Promoción de las Exportaciones - PROMPEX, en repre-
sentación del Presidente de la República, en tanto se aprue-
be la nueva Organización y Funciones de la entidad.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
RAÚL DIEZ CANSECO TERRY
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
04344
Conforman Comité de Gerencia del Pro-
grama de Desarrollo de Políticas de
Comercio Exterior - CGP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 067-2003-MINCETUR/DM
Lima, 4 de marzo de 2003
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 187-2002-EF, de fecha 5
de diciembre de 2002, se aprobó la operación de Endeu-
damiento Externo a ser acordada entre la República del
Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta
por la suma de US$ 5 000 000.00 (Cinco Millones y 00/100
Dólares Americanos), destinada a financiar parcialmente el
"Programa de Desarrollo de Políticas de Comercio Exte-
rior";
Que, conforme al artículo 2º del referido Decreto Supre-
mo, la Unidad Ejecutora del Programa de Desarrollo mate-
ria de financiación, es el Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo;
Que, con fecha 20 de enero de 2003, el Ministro de
Economía y Finanzas, en representación de la República
del Perú, y el BID, han suscrito el correspondiente Contrato
de Préstamo Nº 1442/OC-PE;
Que, conforme a la Cláusula 3.02 del referido Contrato,
es necesario conformar el Comité de Gerencia del Progra-
ma - CGP;
De acuerdo con la propuesta formulada por el Vicemi-
nistro de Comercio Exterior, mediante el Memorándum Nº
061-2003-MINCETUR/VMCE
En aplicación de la Ley Nº 27790 - Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-
2002-MINCETUR y Decreto Supremo Nº 187-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformar el Comité de Gerencia del Pro-
grama - CGP, para la ejecución del Programa de Desarrollo
de Políticas de Comercio Exterior, el mismo que estará
integrado por:

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