Conforman Comisión Regional para el cumplimiento del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2006-2010

Fecha de publicación19 Noviembre 2006
Fecha de disposición19 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 19 de noviembre de 2006
333134
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, con ocasión de la visita del Ministro de Vivienda,
Construcción, Saneamiento Dr. Hernán Garrido Lecca,
a nuestra ciudad trajo consigo el ofrecimiento de
inversiones por un monto total de S/. 120 000,000.00
(CIENTO VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES), aclarando que dicha cantidad de dinero será
de manejo exclusivo del Gobierno Central y otras
instancias como las OPDs, ONG, ajenas al Gobierno
Regional de Madre de Dios;
Que, el desagregado de este monto corresponde a:
Proyecto Medidas de Rápido Impacto para Mejorar la
Cobertura y Calidad de Agua Potable de la Ciudad de
Puerto Maldonado, EPS EMAPAT S.R.L., por un monto
total de S/. 18 597,865.00 (DIECIOCHO MILLONES
QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES), a
efectuarse por el Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, Proyecto Interconexión Eléctrica San
Gabán, por un monto de S/. 42 000,000.00 (CUARENTA
Y DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), cuya
ejecución será a cargo del Ministerio de Energía y Minas
y el Proyecto Mitigación de los Impactos que genera la
Construcción de la Carretera Interoceánica por el monto
de S/. 60 000,000.00 (SESENTA MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES), cuya ejecución estará a cargo de
organismos No Gubernamentales;
Que, el Consejo Regional manifiesta sobre el
proyecto de Mitigación de los Impactos que genera la
Construcción de la Carretera Interoceánica, considerando
que la Defensoría del Pueblo convoca a reunión donde
participan las ONG, sin tener competencia en la cual
no participa el Gobierno Regional, y los diecisiete
millones ya están los proyectos con nombre propio, los
pueblos que tienen que ver con esta Mitigación deben
ser los que se encuentran asentados en el eje carretero,
proponiendo que el Ejecutivo Regional realice una mesa
redonda y se forme una Comisión, para que se lleve a
cabo un debate con participación de todos los actores
regionales; se haga de conocimiento un pronunciamiento
de desacuerdo de que este presupuesto para el proyecto
citado sea manejado por los ONG, a la CAF, CND y
APCI; este presupuesto tiene que ser manejado por el
Gobierno Regional y las Direcciones Agrarias;
Que, luego del análisis y debate correspondiente; con el
voto de los señores Consejeros Regionales es procedente
su aprobación, en consecuencia el Consejo Regional en
Sesión Ordinaria llevada a cabo el veintitrés y continuada el
veinticuatro de octubre del dos mil seis, con dispensa de la
lectura y aprobación del Acta;
Ha dado la siguiente Ordenanza:
Artículo Primero.- APRUÉBESE, la autorización para
que el Ejecutivo Regional convoque a una Mesa Redonda
con la participación de todos los actores regionales para que
se pronuncien sobre el manejo del presupuesto del proyecto
Mitigación de los Impactos que genera la Construcción de
la Carretera Interoceánica para que lo ejecute el Gobierno
Regional y no los Organismos No Gubernamentales.
Artículo Segundo.- El ejecutivo Regional emita un
pronunciamiento del Gobierno Regional a la CAF, CND y
APCI, por no encontrarse de acuerdo que este proyecto
sea ejecutado por los ONGs.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Madre de Dios para su promulgación.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Madre de Dios, a los treinta días del mes de octubre del
dos mil seis.
JOSÉ DE LA ROSA DEL MAESTRO RÍOS
Presidente Regional
5842-3
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Conforman Comisión Regional para el
cumplimiento del Plan Nacional para
las Personas Adultas Mayores 2006-
2010
ORDENANZA REGIONAL
Nº 014-2006-GRU/CR
Pucallpa, 21 de setiembre del 2006
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO
REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo
previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política
vigente, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización
- L ey 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, Modif‌i cado por la Ley Nº 27902 y demás normas
complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de setiembre
del 2006;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo
4º establece que la Comunidad y el Estado protegen
especialmente al niño, adolescente, a la madre y al anciano
en situación de abandono;
Que, por Decreto Supremo Nº 005-2002-PROMUDEH, se
aprobó el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores
2002-2006, el cual establece la responsabilidad del Ministerio
de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES en el desarrollo de
acciones de prevención, asistencia y rehabilitación orientadas a
disminuir y eliminar el maltrato de las personas adultas mayores
y defender sus derechos con enfoque de género y considerando
las diferencias culturales;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2006-
MIMDES, se aprueba la Reformulación Integral del Plan
Nacional para las Personas Adultas Mayores 2002-2006,
ampliándose el período de vigencia hasta el año 2010;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 156-2005-
MIMDES, se aprobaron los Lineamientos para la Prevención
del Maltrato y Defensa de los Derechos de las Personas
Adultas Mayores;
Que, según informe de las Naciones Unidas, la humanidad
está afrontando cambios demográf‌i cos sin precedentes, ello
hace que se estime que el porcentaje de personas de 60 años
o más en todo el mundo se duplique con creces, pasando del
10% al 22% entre el 2000 al 2050. Esta fecha será histórica
para el mundo debido a que las personas adultas mayores
igualarán en número a la población de 0 a 14 años;
Que, esta variación demográf‌i ca afectará principalmente
a los países en desarrollo, que para el 2050 aumentarán su
población adulta mayor de 8% a 21%, mientras que la de niños
descenderá del 33% al 20%. Estos cambios demográf‌i cos,
sumados a los niveles alarmantes de pobreza y de disminución
de recursos en los países en desarrollo, sustenta la necesidad
de contar con políticas que tengan en cuenta perspectivas
innovadoras a f‌i n de aumentar la participación e integración
social de las personas adultas mayores. En el Perú este
segmento constituye el 7.2% de la población y se estima que
en el año 2025 alcanzará el 13% del total de la población;
Que, en el Perú el 7.2% de la población que cuenta con
60 y más años, para el 2020 será de 11% y para el 2025 de
12.6%, en este contexto, el 70% de la población adulta mayor
reside en la parte urbana y el 30% en las zonas rurales. En
la Región Ucayali, según el X Censo de Población y V de
Vivienda, las personas adultas representan en el año 2005
el 5.2% de la población total de la región, es decir 20,952
personas que sobrepasan el umbral de 60 años y más de
edad, para el 2020, según proyecciones preliminares será
de 27,983 y para el 2025 será de 30,825 personas;
Que, es necesario establecer políticas regionales para
la implementación de estrategias, orientado a considerar
a las familias, en todas y sus más variadas acepciones,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR