Aprueban plano del sistema vial distrital conformado por el plano de la red de vías locales principales, secundarias y pasajes, planeamiento integral de áreas de expansión urbana y propuesta de reajuste del sistema vial metropolitano

Fecha de publicación11 Noviembre 2006
Fecha de disposición11 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 11 de noviembre de 2006 332637
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
Aprueban plano del sistema vial distrital
conformado por el plano de la red de
vías locales principales, secundarias y
pasajes, planeamiento integral de áreas
de expansión urbana y propuesta de
reajuste del sistema vial metropolitano
ORDENANZA N° 091-MDPP
Puente Piedra, 13 de octubre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Puente Piedra en Sesión
Ordinaria de la fecha ha dado la Ordenanza siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANO DEL
SISTEMA VIAL DISTRITAL CONFORMADO POR EL
PLANO DE LA RED DE VÍAS LOCALES PRINCIPALES,
SECUNDARIAS Y PASAJES, PLANEAMIENTO
INTEGRAL DE ÁREAS DE EXPANSIÓN URBANA
Y PROPUESTA DE REAJUSTE DEL SISTEMA VIAL
METROPOLITANO, CORRESPONDIENTE AL
DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- La presente Ordenanza aprueba
el Plano del Sistema Vial Distrital conformado por el Plano
de la Red de Vías Locales Principales, Secundarias
y Pasajes signado con la Nomenclatura PSVD-2006,
Láminas de Secciones y Cortes de las Vías locales, Plano
del Planeamiento Integral de Áreas de Expansión Urbana,
signado con la Nomenclatura PPIAEU-2006 y Propuesta de
Reajuste del Sistema Vial Metropolitano, correspondiente
al distrito de Puente Piedra, signado con la Nomenclatura
PRSVM-2006.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza, por lo que le corresponde la def‌i nición
y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los
Derechos de Vía de las Vías Locales.
Artículo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Desarrollo
Urbano para que por Resolución de Gerencia apruebe los
Expedientes de Independización y Planeamiento Integral en
parcelas rústicas del distrito a f‌i n de viabilizar la ejecución
de los proyectos de servicios básicos y su remisión a los
Registros Públicos.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Primera.- Determinar que los Expedientes en Trámite,
se adecuarán a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano,
remitir el Plano de la Propuesta de Reajuste del Sistema Vial
Metropolitano, y los Informes Técnicos correspondientes a la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALES
Alcalde
5213-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
Prorrogan plazo de Amnistía Tributaria
y No Tributaria aprobada mediante
Ordenanza N° 092
DECRETO DE ALCALDÍA N° 014
San Juan de Lurigancho, 3 de noviembre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO
VISTO:
El Informe N° 118-2006-GR/MSJL de fecha 3 de
noviembre del 2006 de la Gerencia de Rentas; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 092, de fecha 18/9/2006,
se aprobó la Amnistía Tributaria y no Tributaria de deudas
de años anteriores y 2006, hasta el 29 de setiembre del
2006, prorrogada hasta el 4 de noviembre del 2006 con el
Decreto de Alcaldía Nº 012, del 28/9/2006;
Que, es política de la actual gestión brindar a sus
contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento
de sus Obligaciones Tributarias, otorgando benef‌i cios para la
regularización de las mismas, a favor de los vecinos de San
Juan de Lurigancho, debiendo en esta oportunidad atender a
aquellos contribuyentes que de manera cierta se encuentran en
una situación económica difícil que les ha impedido acogerse
bajo las diferentes modalidades a benef‌i cios anteriores;
Que, la Quinta Disposición Final y Complementaria de
la Ordenanza N° 092 faculta al señor Alcalde para que
mediante Decreto disponga las medidas reglamentarias,
para la ejecución y cumplimiento de dicha Ordenanza;
Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Geren-
cia de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 1006-2006-GAJ/
MSJL, y de conformidad con lo establecido en el inciso 6 del
DECRETA:
Artículo Único.- Prorrogar hasta el 30 de noviembre del
2006, la vigencia de la Ordenanza N° 092, de fecha 18 de
setiembre del 2006, mediante la cual se aprobó la Amnistía
Tributaria y No Tributaria de deudas de años anteriores y 2006,
ampliada con Decreto de Alcaldía Nº 012, de fecha 28/9/2006.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MAURICIO RABANAL TORRES
Alcalde
5230-1
CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del “Acuerdo entre
Suiza, representada por la Embajada de
Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la
Cooperación - COSUCODE y la República del
Perú, representada por el Ministerio, relativo al
Proyecto “Manejo Sostenible de Suelos y Agua
en Laderas - MASAL” Fase N° 03, con vigencia
del 1 de julio de 2006 al 31 de diciembre de
2009 Ref. COSUDE: 7F-02564.03”
De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley
Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Of‌i cio
RE (GAB) N° 0-3-A/301, comunica que el “Acuerdo entre
Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia
Suiza para el Desarrollo y la Cooperación - COSUCODE
y la República del Perú, representada por el Ministerio,
relativo al Proyecto “Manejo Sostenible de Suelos y Agua
en Laderas - MASAL” Fase N° 03, con vigencia del 1 de
julio de 2006 al 31 de diciembre de 2009 Ref. COSUDE: 7F-
02564.03” suscrito el 25 de julio de 2006, en la ciudad de Lima,
República del Perú y ratif‌i cado por Decreto Supremo N° 070-
2006-RE, de 23 de octubre de 2006, publicado el 26 de octubre
de 2006. Entró en vigencia el 25 de julio de 2006.
5534-1

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