ORDENANZA N° 012-2012-GR.LAMB/CR - Establecen la conformación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Lambayeque

Fecha de disposición22 Julio 2012
Fecha de publicación22 Julio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de julio de 2012
471128
Diseño Curricular Nacional vigente (DCN) en sus f‌i nes,
principios y propósitos pedagógicos, como una forma de
revalorizar y mantener vigente lo nuestro transmitiéndolo
a las actuales y futuras generaciones.
Que, el Proyecto Educativo Regional de Lambayeque
(PER) aprobado por Ordenanza Regional N° 031-
2006-GR.LAMB/CR del 15 de noviembre del año 2006,
concordante con lo glosado, desarrolla la necesidad urgente
de implementar políticas y acciones que conduzcan a la
determinación y valoración de nuestra identidad cultural
en todos los niveles de la comunidad, hecho plasmado
además en el objetivo de interculturalidad.
Que, es política de Estado el desarrollo y fortalecimiento
de la identidad cultural de los peruanos, disposición
desarrollada por la Ley N° 28044, Ley General de
Educación, y plasmada en el Diseño Curricular Nacional
en el principio pedagógico de signif‌i catividad, coherente
con el Proyecto Educativo Regional que plantea una
enseñanza acorde con la realidad de Lambayeque
sosteniendo el objetivo de Interculturalidad.
Que, es deber del Gobierno Regional difundir el
conocimiento de los símbolos y distintivos propios de
nuestra región, pues son los que nos identif‌i can como tal,
haciéndonos únicos y diferentes ante el país y el mundo,
como un nivel de inicio para el desarrollo y fortalecimiento
de la identidad regional lambayecana.
Que, es obligación de todo ciudadano el conocer,
respetar y difundir los símbolos, himnos y emblemas de
nuestro país y de nuestra región, como una forma de
desarrollar la identidad regional y el amor por lo nuestro
transmitiéndolo a manera de práctica cultural positiva a
las generaciones actuales y futuras.
Que, es la escuela el mejor medio que nos permite
transmitir los elementos culturales propios de nuestra región
asegurando que los principios de nuestra identidad perduren
en el tiempo, involucrando a las generaciones presentes y
futuras en el conocimiento, la conservación y difusión de la
riqueza cultural lambayecana; en este contexto, es pertinente
que los educandos de la Región Lambayeque conozcan y
difundan el contenido, letra y música del Himno a la Región,
como parte del proceso de difusión de nuestra prolíf‌i ca y
extraordinaria cultura Regional.
Que, es obligación de todas las instituciones públicas
y privadas entonar el Himno Nacional del Perú en el
desarrollo de sus ceremonias protocolares como una
forma de expresar respeto por la Patria y manifestar
nuestro orgullo por el Perú, deferencias que deberán ser
observadas, además, para nuestro himno a la región.
Que, cada institución Educativa contiene en su Plan
Curricular de Centro (PCC) el listado de contenidos
diversif‌i cados que deben ser desarrollados por cada área
durante el correspondiente período lectivo, del mismo modo
posee un Proyecto Educativo Institucional (PEI) en el cual se
encuentra la relación de temas transversales diversif‌i cados
que se trabajarán interáreas para conseguir los f‌i nes previstos.
Por ello, es necesario y urgente lograr incluir en el Proyecto
Educativo Regional y en el PCC y PEI de cada institución
educativa, el tema transversal regional “Educación con y para
la identidad regional lambayecana” y del contenido “análisis
y aprendizaje de la letra y música del Himno a la Región
Lambayeque” el mismo que se desarrollará obligatoriamente
en el área curricular y/o extracurricular correspondiente.
Que, en ese sentido, el Inc. a., del Artículo 15° de la
atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modif‌i car o
derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y
materias de competencia y funciones del Gobierno Regional.
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de
el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque
ha emitido la siguiente;
SE ORDENA:
Artículo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Educación del Gobierno Regional de Lambayeque,
a f‌i n de que en coordinación con las Unidades de
Gestión Educativa Local de Chiclayo, Lambayeque y
Ferreñafe, realicen las acciones correspondientes para
incluir y desarrollar de manera OBLIGATORIA en el Plan
Curricular de Centro de cada institución educativa pública
o privada, el contenido “Análisis y aprendizaje de la letra
y música del Himno a la Región Lambayeque” dentro
de las áreas curriculares y/o talleres extracurriculares
correspondientes.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Educación que a través de la Dirección
de Gestión Pedagógica, implemente las acciones
correspondientes para incluir en el Proyecto Educativo
Regional el tema transversal diversif‌i cado “Educación
con y para la Identidad Regional Lambayecana”.
Asimismo disponga que las Unidad de Gestión Educativa
de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe desarrollen las
acciones pertinentes a f‌i n de que se incluya dentro del Plan
Curricular de Centro y Proyecto Educativo Institucional de
cada institución educativa pública y privada de su ámbito.
Artículo Tercero.- DISPONER que todas las
instituciones públicas y privadas de la Región Lambayeque
durante el desarrollo de sus ceremonias protocolares
incluyan en el programa of‌i cial respectivo el canto del
Himno a la Región Lambayeque inmediatamente después
del Himno Nacional del Perú.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia General
del Gobierno Regional de Lambayeque, a través de la
of‌i cina correspondiente, realice la difusión de la presente
norma y del Himno a la Región Lambayeque entre las
instituciones públicas y privadas de la región.
Artículo Quinto.- PUBLÍQUESE en la página de inicio
del portal virtual institucional el himno, la bandera y el
escudo regionales, detallatándose el fundamento y datos
pertinentes de cada uno de ellos.
Artículo Sexto.- PUBLÍQUESE el texto de la presente
ordenanza en el Diario Of‌i cial y en el portal institucional.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
HUMBERTO ACUÑA PERALTA
Presidente Regional
817749-1
Establecen la conformación del Consejo
Regional de la Micro y Pequeña Empresa
de la Región Lambayeque
ORDENANZA REGIONAL
N° 012-2012-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 6 de julio de 2012
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE
LAMBAYEQUE;
POR CUANTO:
El Consejo Regional en su Sesión Ordinaria de fecha
04 de julio de 2012, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente :
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 9° de la Ley de Promoción de la Micro
y Pequeña empresa, Ley N° 28015, establece que los
Gobiernos Regionales crean, en cada región, un Consejo
Regional de la Micro y Pequeña Empresa - MYPE, con
el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la
competitividad de la MYPE en su ámbito geográf‌i co y
su articulación con los planes y programas nacionales,
concordante con los lincamientos señalados en el Artículo
5° de la citada ley, por lo que el Gobierno Regional de
Lambayeque y en forma ad hoc el Consejo Regional,
en estricto ejercicio de sus facultades legislativas, por
mandato del ius imperio, está obligado a dictar la norma
regional de creación y constitución del Consejo Regional
de la Micro y Pequeña Empresa - COREMYPE.
Que; el Consejo Regional de Lambayeque, mediante
Ordenanza Regional N° 028-2003-GR.LAMB/CR,
modif‌i cada por Ordenanza Regional N° 017-2009-
GR.LAMB/CR; creó y conformó el COREMYPE, con el
propósito de fomentar el desarrollo integral sostenible,
promoviendo la competitividad, la formalización y el
desarrollo de las micro y pequeña empresas, para
incrementar el empleo, la productividad, el Producto Bruto
Interno y la recaudación tributaria, ampliando el mercado
regional, interregional y las exportaciones.
Que; es imperativo del Consejo Regional de Lambayeque
adecuar la estructura y el funcionamiento del COREMYPE
a los alcances de la Ordenanza Regional N° 009-2011-
GR.LAMB/CR y sus modif‌i catorias, puesto que mediante

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