Modifican conformación de Junta de Contribución Especial de Obras Públicas del distrito*

Fecha de publicación01 Octubre 1997
Fecha de disposición01 Octubre 1997
Lima.
mihcles
1
de octubre de 1997
mam
Pág.
153079
1’
Artículo Segundo.-
Los
Fondos para la
Formaliza-
ción
del Trabajador Ambulante de Comas
FONTA-CO-
MAS serán integramente administrados por
BUS
respecti-
vas Organizaciones, para cuyo efecto deberãn obtener
BU
Personería Jurídica.
Artículo Tercero.-
Son fines y objetivos del
FONTA-
COMAS:
a)
Fomentar el ahorro colectivo de los Trabajadores
Ambulantes para desarrollar y ejecutar los Proyectos de
formalización.
b) Financiar al Trabajador Ambulante de Comas a
trav6s
de sus Organizaciones de Base, los F’royectos de
Formalización Via adquisición de terrenos
y/o
la cons-
trucción de
Centrbs
Comerciales y
análogos.
Artículo Cuarto.- Los fondos serán depositados en
Cuentas Intangibles para la Formalización del
Trabaa-
dor Ambulante de Comas.
Artículo Quinto.- Cada Asociación depositará dia-
riamente bajo responsabilidad de sus dirigentes, el aporte
al FONTA-COMAS el cumplimiento de la Norma que
d6
lugar a la formulación de la autorización
ser&
de acuerdo
a
los
avancea de la Asociación en relación a
BU
formaliza-
ción,
como requisito para la Autorización de ocupación de
la
Vfa
Pública;
y,
BU incumplimiento
dar8n
lugar a la
anulaci6n de dicha Autorización.
Artículo Sexto.- Las organizaciones de base del Co-
mercio Ambulatorio presentar8 a la Municipalidad
Dis-
trital de Comas BU informe mensual obligatorio de los
aportes
reepectivos
para garantizare1 cumplimiento de la
presente Ordenanza, debiendo entregarse dicho Informe
dentro de los 10 primeros
dias
del mes siguiente al
vencido, siendo la Dirección de Servicios Educativos,
Sociales y Comunales de la Municipalidad la que canali-
zar& dicha información.
Artículo Séptimo.- El Concejo para la Formalización
del Comercio Ambulatorio estar8 conformado de la si-
guiente forma:
a)
Director de Servicios Educativos, Sociales y Comu-
nales de la Municipalidad
Distrital
de Comas, quien lo
presidirá.
b)
Director de la Oficina de Planificación, Presuuues-
to,
Racionalización e Informática y
Cooperah6n
Técnica
Internacional de la Municipalidad Distrital de Comas.
c)
Tres representantes de las Organizaciones de Base,
reconocidas ante la Municipalidad de Comas, los cuales
deberán ser elegidos en Asamblea General.
d)
Un representante de la Junta de
Vecinos del distrito.
Artículo
Octavo.- Son funciones del Concejo para la
formalización del trabajador Ambulante de Comas:
a)
Actuar como Organo de Coordinación y consultivo
del distrito de Comas.
b)
Prestar
Asesorfa
TBcnica
y
Jurfdica
a las Organi-
zaciones de Base principalmente en la financiación de
los
Proyectos
de formalización y la adquisición de terrenos
y/
o construcción de Centros Comerciales y
análogos.
c)
Fijar un Cronograma para la formalización del
Trawador
Ambulante de Comas, estableciendo fechas y
metas.
d) Establecer convenios con Organismos Nacionales e
Internacionales a fin de brindar el apoyo social necesario
en tanto se concrete la formación y formalización respec-
tiva.
e)
Suscribir Convenios de desarrollo crediticios con
organismos financieros, para realizar los Proyectos de
Formalización,
0
Fomentar el ahorro colectivo en
torno
al fondo para
la Formalización del Trabajador Ambulante de Comas
FONTA-COMAS,
para desarrollar los Proyectos de BU
Formalización.
g)
hs
dem&
que sean pertinentes para el logro de
los
fines y objetivos antes señalados.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JULIO H. SALDAÑA
GRANDEZ
Alcalde
-
Modifican conformación de Junta de
Contribución Especial de Obras Públi-
cas del distrito
RJZSOLUCION
DE ALCALDIA
N-
3665/97-MDCH
Chorrillos, 24 de setiembre de 1997
CONSIDERANDO:
Que, esta entidad edilicia mediante Resolución de
AlcaldiaN” 1287.96.MDCH del 22.5.97 constituyó la Jun-
ta de Contribución Especial de Obras Públicas del
distritu
de Chorrillos;
Que,. es necesario modificar la
conformaci6n
de la
Junta
cltada
en el considerando precedente, en razón a
ue
dos de
BUS
integrantes han dejado de laborar en esta
k!,ov6n
Munici+al;
stando
a lo e
uesto
y en uso de las facultades
conferidas por la Or enanza
N”
094 de la Munici alidad
Metropolitana de Lima y el Artfculo 47” de la Ley
8r
ca de Municipalidades
No
23853;
gti-
SE RESUELVE:
Artículol”.-Modificarlaconformaci6ndelaJuntade
Contribución Especial de Obras Públicas del distrito de
Chorrillos, conforme a continuaci6n se indica:
-
Arq.
Benjamin
Garcia
P&ez,
Regidor, quien la preside.
-
Ing. Héctor Tejada
Villegaé,
Re ‘dor.
-
Dr. Salvador Heresi Chicoma,
i?
ecretario General.
-
Dra. Marla Teresa Canevaro Bocanegra, Jefa de la
Oficina de Asesoría Legal.
-
Ing. Alfonso Parrefio Serpa, Jefe de Obras.
Artículo
2”.-
La Junta de Contribución Especial de
Obras Públicas ejercer&
BUB
funciones de conformidad con
las atribuciones establecidas en la OrdenanzaN”O94de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo
3”.-
Publicar la presente Resolución en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuniquese y cúmplase.
PABLO GUTIERREZ WESELBY
Alcalde
10841
Sancionan con destitución a ex alcal-
de y ex regidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA
N
0546-A/MDS-SG-97
Santiago, 29 de agosto de 1997
VISTO :
El Informe
N”
02.CEPAD-97, elevado por la Comisión
Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la
Municipalidad Distrital de Santiago, y;
CONSIDERANDO :
Que, las Munici alidades son or anos de Gobierno
Local que emanan
a
e voluntad
popu
ar con
personerfa
5
jurídica de Derecho Público Interno y gozan de autonomla
poutica, económica y administrativa en
los
asuntos de
BU
competencia contenida en
los
Arts.
191” y 192” de la Cons-
titución Politica del Estado;

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