77 004-2003-GRU/CR - Aprueban Reglamento de Conformación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de Coordinación Regional

Fecha de publicación18 Junio 2003
Fecha de disposición18 Junio 2003
Pág. 246204
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 18 de junio de 2003
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Aprueban Reglamento de Conformación,
Instalación y Funcionamiento del Consejo
de Coordinación Regional
ORDENANZA REGIONAL
Nº 004-2003-GRU/CR
Pucallpa, 13 de junio del 2003
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de la Región Ucayali, de confor-
midad con lo previsto en los artículo 197º y 198º de la
la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del
Título IV, sobre Descentralización -Ley Nº 27680-, la
Ley de Bases de Descentralización -Ley Nº 27783-, la
, su modificatoria Ley Nº 27902 y demás Normas
Complementarias;
El Consejo Regional;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27902 se modificó la Ley Nº
rándose el Consejo de Coordinación Regional como órga-
no consultivo y de coordinación del Gobierno Regional, in-
tegrado por los Alcaldes provinciales y por representantes
de la sociedad civil;
Que, en tal sentido resulta indispensable viabilizar a la
mayor brevedad la conformación del Consejo de Coordina-
ción Regional, para tal efecto es necesario que se apruebe
el Reglamento que regule los mecanismos y procedimien-
tos a través de los cuales las organizaciones de la socie-
dad civil designe a sus representantes ante el Consejo de
Coordinación Regional;
Que, en el Gobierno Regional de Ucayali, a la fecha se
ha cumplido con la apertura del Libro de Registro Regional
para la inscripción de las Organizaciones de la Sociedad
Civil, quedando pendiente la elección de sus representan-
tes, en los porcentajes establecidos en la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y también pendiente de dictarse las
normas reglamentarias a efectos de que se proceda a la
elección correspondiente;
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de nor-
mar la Organización del Gobierno Regional a través
de Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo
previsto en el artículo 15º inciso a) y artículo 38º de
la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regio-
nales;
Estando a lo aprobado por mayoría en sesión Ordinaria
del Consejo Regional de la Región Ucayali, del día 13 de
junio del 2003, y con dispensa del trámite de lectura y apro-
bación de la parte pertinente del Acta y en uso de las atri-
buciones conferidas por la Constitución Política del Perú,
Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de
Ucayali;
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Con-
formación, Instalación y Funcionamiento del Consejo de
Coordinación Regional del Gobierno Regional de Ucayali,
que consta de seis (6) Títulos y treinta y seis (36) Artícu-
los y 5 Disposiciones Transitorias y Complementarias y
que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente
ordenanza.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-
cial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ
Presidente Regional
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GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Declaran cumplida por la Asociación de
la Congregación del Buen Pastor las
Obras de Habilitación Urbana de terre-
no ubicado en el distrito de Ate-Vitarte,
provincia y departamento de Lima
DIRECCIÓN MUNICIPAL DE
DESARROLLO URBANO
RESOLUCIÓN Nº 039-2003-MML-DMDU
Lima, 3 de marzo de 2003
EL DIRECTOR MUNICIPAL DE DESARROLLO
URBANO;
Visto, el Expediente Nº 44341-2001, Documento Sim-
ple Nº 027659-93, Anexos Nº 8185-2002, Nº 183-2003
y acumulados, seguido por la ASOCIACIÓN DE LA CON-
GREGACIÓN DEL BUEN PASTOR, mediante el cual so-
licita la Recepción de Obras de Habilitación Urbana del
terreno de su propiedad de DOCE MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (12,841.00
m²), calificado como Usos Especiales "OU" - Colegio,
denominado Parcela Nº 01, ubicado en el distrito de
Ate - Vitarte, provincia y departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución MLM/AM-SMDU Nº 116, de fecha
7 de octubre de 1985, se aprueba los Estudios Prelimina-
res de Habilitación Urbana del terreno de 80,050.00 m²,
ubicado en el distrito de Ate - Vitarte, provincia y departa-
mento de Lima, de conformidad con el plano signado con
el Nº 101-85-MLM/DGO-DU-DRD;
Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 324 de fecha
30 de junio de 1986, se aprueba la independización del
terreno antes descrito en tres Parcelas, de conformidad
con el plano signado con el Nº 045-86-MLM/DGO-DU-DRD,
de la siguiente forma:
Parcela Nº 01 con 12,841.00 m² para Otros Usos -
Colegio existente.
Parcela Nº 02 con 36,868.00 m² para Otros Usos - Con-
vento existente.
Parcela Nº 03 con 30,341.00 m² para Uso Residencial
de Densidad Media "R-3".
Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 742 de fe-
cha 7 de diciembre de 1987, se rectifica el error mate-
rial involuntario incurrido en la Resolución que antece-
de, en el sentido de aclarar que el área bruta total es
de 80,050.00 y no como se consignó con 80,500.00 m²;
Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 766 de fe-
cha 10 de setiembre de 1988, se rectifica la Resolu-
ción MLM/AM-SMDU Nº 324, en el sentido de conside-
rar para la Parcela Nº 02, el área de 34,843.33 m², al
haber sufrido la expropiación de 2,024.67 m² para la
ejecución de la Av. Circunvalación, según lo dispuso la
Resolución Ministerial Nº 188-72-TC/IV del 30 de junio
de 1972;
Que, con Oficio Nº 403-2002-MML-DMDU-DHU de fe-
cha 21 de junio del 2002, se comunica a la Dirección Muni-
cipal de Fiscalización y Control, que el presente trámite de
Habilitación Urbana es en Vía de Regularización, a fin que

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