02 124-2005-EF - Autorizan viaje de funcionario de SUNAT a Colombia para participar en conferencia técnica sobre administración tributaria viable

Fecha de disposición24 Septiembre 2005
Fecha de publicación24 Septiembre 2005
Pág. 300899
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 24 de setiembre de 2005
Autorizan viaje de Analistas de
CONASEV a Guatemala para participar
en evento sobre calificación de riesgos
en mercados de capitales
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 125-2005-EF
Lima, 21 de setiembre de 2005
Visto el Oficio Nº 4507-2005-EF/94.20, de la Secretaría
de Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores - CONASEV, sobre autorización de viaje;
CONSIDERANDO:
Que, del 28 al 30 de setiembre de 2005, se desarrollará
en la ciudad La Antigua, República de Guatemala, las
Jornadas sobre "Calificación de riesgos (ratings) en los
Mercados de Capitales Iberoamericanos", organizado por
el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores (IIMV);
Que, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y
metas de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y
Valores - CONASEV, y teniendo en cuenta que los temas que
se tratarán en dicho evento ayudarán a los reguladores en su
función de supervisar y regular el mercado de valores, resulta
indispensable la participación de la señorita Verónica Pomareda
Céspedes y al señor Omar Darío Gutiérrez Ochoa, Analistas
de la Gerencia de Mercados y Emisores de dicha Comisión;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar por
excepción dicho viaje, cuyos gastos por concepto de
alojamiento y manutención serán financiados por la Agencia
Española de Cooperación Internacional -AECI-, y los gastos
por pasajes aéreos y tarifa CORPAC serán cubiertos con
cargo al Presupuesto de la Comisión Nacional Supervisora
de Empresas y Valores - CONASEV;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el
inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2º del Decreto de
Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señorita
Verónica Pomareda Céspedes y al señor Omar Darío Gutiérrez
Ochoa, Analistas de la Gerencia de Mercados y Emisores de
la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -
CONASEV-; a la ciudad La Antigua, República de Guatemala,
del 26 de setiembre al 1 de octubre de 2005, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del
presente dispositivo legal, será con cargo al Presupuesto de la
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -
CONASEV, de acuerdo al siguiente detalle:
Señorita Verónica Pomareda Céspedes
Pasajes : US$ 1 086,60
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Señor Omar Darío Gutiérrez Ochoa
Pasajes : US$ 1 086,60
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje los referidos analistas
deberán presentar un informe detallado describiendo las
acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de los analistas cuyo
viaje se autoriza.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
16415
Autorizan viaje de funcionario de
SUNAT a Colombia para participar en
conferencia técnica sobre adminis-
tración tributaria viable
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 124-2005-EF
Lima, 21 de setiembre de 2005
Visto el Oficio Nº 321-2005-SUNAT/1A0000 del 13 de
setiembre de 2005, de la Secretaría General de la
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -
SUNAT, sobre autorización de viaje.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 23 de junio de 2005, el
Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de
Administraciones Tributarias, con el auspicio de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN de Colombia cursa
invitación a la SUNAT para que participe en la Conferencia
Técnica "Administración Tributaria Viable, Estado Viable", que
se llevará a cabo del 26 al 29 de setiembre del presente año en
la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia;
Que, teniendo en cuenta que la Administración Tributaria
juega un papel preponderante en la realidad social, política
y económica de cualquier Estado y por los temas a tratar
en dicha Conferencia, la SUNAT ha considerado
conveniente la participación del señor Ángel Enrique
Sánchez Campos, Intendente Nacional de Servicios al
Contribuyente para que asista a dicha Conferencia y
exponga el tema "Modelo de Gestión y Estrategia";
Que, en tal sentido es necesario autorizar su viaje, debiendo
la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -
SUNAT - asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por
concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,
el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, el Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2º del Decreto
de Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ángel Enrique
Sánchez Campos, Intendente Nacional de Servicios al
Contribuyente de la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria - SUNAT, a la ciudad de Cartagena
de Indias, República de Colombia, del 25 de setiembre al
1 de octubre de 2005, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del
presente dispositivo legal, será con cargo al Presupuesto
de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
- SUNAT-, de acuerdo al siguiente detalle:
Señor Ángel Enrique Sánchez Campos
Pasajes US$ 466,38
Viáticos US$ 1 000,00
Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 28,24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario
deberá presentar un informe detallado describiendo las
acciones realizadas, los resultados obtenidos y la
rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
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