2475 032-01/MDCH - Aprueban Beneficio de condonación de intereses y moras de deudas tributarias y administrativas

Fecha de disposición14 Diciembre 2001
Fecha de publicación14 Diciembre 2001
Pág. 213927
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 14 de diciembre de 2001
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Nº 062-94-MML de fecha 15 de julio
de 1994, se aprobó el Reglamento de la Administración del
"CENTRO HISTORICO DE LIMA", que tiene por finalidad la
recuperación, conservación y el realce de los valores forma-
les, históricos y culturales del centro Histórico de Lima;
Que, con motivo de las Fiestas Navideñas, la afluencia
de público en el Centro Histórico de Lima será mayor, es-
tando la Municipalidad Metropolitana de Lima en la obliga-
ción de brindarle las facilidades necesarias para su nor-
mal desplazamiento en vías y espacios públicos;
Que, es función municipal la administración de los bie-
nes de uso público tales como vías, puentes, plazas, ave-
nidas, paseos y otros; siendo conveniente suspender la
ejecución de obras en Areas de Dominio Público durante
dichas celebraciones;
De conformidad con las atribuciones conferidas por Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Suspender la ejecución de todo tipo
de obra en Areas de Uso Público en el Centro Histórico de
Lima, a partir del 15 de diciembre del 2001 hasta el 3 de
enero de 2002, debiendo las entidades responsables eje-
cutar las reposiciones de infraestructura urbana necesa-
rias a fin de asegurar la óptima presentación del ambiente
urbano durante las próximas festividades.
Artículo Segundo.- Este Decreto de Alcaldía entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
36199
Disponen designar parque, plaza o vía
pública de Lima con el nombre del ex
alcalde metropolitano Alfonso Barran-
tes Lingán
ACUERDO DE CONCEJO Nº 437
Lima, 10 de diciembre de 2001
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, el 12 del mes en curso, se conmemora el Primer
Aniversario del sensible fallecimiento del que fuera Alcalde
Metropolitano de Lima, Dr. Alfonso Barrantes Lingán;
Que, en el ejercicio de su Gobierno, el Dr. Barrantes
Lingán destacó por su respeto a los derechos humanos, la
defensa de los valores democráticos y su preocupación
por los sectores más necesitados;
Que, dentro de esta política creó el programa del Vaso
de Leche, impulsando su desarrollo hasta convertirlo en
Ley Nacional, que permitió proporcionar alimentación su-
pletoria a los niños y madres gestantes;
Que, en su trayectoria política, el Dr. Alfonso Barrantes
Lingán mereció y obtuvo el respeto de todas las fuerzas
políticas del país;
Que, el Concejo Metropolitano de Lima como Gobierno
de la Ciudad, cuya Alcaldía ejerció con singular acierto el
Dr. Alfonso Barrantes Lingán, debe testimoniar su recono-
cimiento y aprecio, así como de la ciudadanía en general,
a las virtudes que puso de manifiesto el ilustre extinto;
ACORDO:
Designar un parque, plaza o vía pública de Lima con el
nombre del ex Alcalde de Lima, doctor Alfonso Barrantes
Lingán, con ocasión de cumplirse el Primer Aniversario de
su lamentable fallecimiento y en homenaje a su trayectoria
democrática.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALBERTO ANDRADE CARMONA
Alcalde de Lima
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MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban beneficio de condonación de
intereses y moras de deudas tributarias
y administrativas
ORDENANZA Nº 032-01/MDCH
Chorrillos, 11 de diciembre del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHORRILLOS
CONSIDERANDO:
dispone que las Municipalidades son órganos de gobierno
local con autonomía económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el Art. 41º del Texto Unico Ordenado del Código
Tributario - D.S. Nº 135-99-EF dispone en su segundo pá-
rrafo que excepcionalmente, los Gobiernos Locales pue-
den condonar con carácter general el interés moratorio,
los recargos y las sanciones, respecto de los tributos que
administren;
Que, actualmente la Municipalidad de Chorrillos, se
encuentra brindando beneficios de reducción de intereses
moratorios y reajuste para las deudas tributarias y admi-
nistrativas en beneficio de la comunidad chorrillana, de
acuerdo a la Ordenanza Nº 028-01/MDCH y considerando
las innumerables solicitudes presentadas por los contribu-
yentes para efectuar una Amnistía Total y General en los
rubros de Impuesto Predial, Arbitrios, Tasas de Licencias
de Funcionamiento y cualquier otro, de carácter tributario
y administrativo;
En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el voto
en mayoría de los señores miembros del Concejo Munici-
pal se emite la siguiente ordenanza:
ORDENANZA
Artículo 1º.- APRUEBESE, el Beneficio de Condona-
ción de los intereses y moras de las Deudas Tributarias y
Administrativas denominada: "AMNISTIA DE NAVIDAD"
por el período comprendido desde el 11 al 31 de diciembre
del 2001 en el distrito de Chorrillos.
Artículo 2º.- CONDÓNENSE los intereses, reajustes
y moras, hasta por el 100% a todos los tributos municipa-
les, exceptuándose las multas administrativas que sólo
serán condonadas hasta por el 40%.
Artículo 3º.- El presente beneficio alcanza a las deu-
das tributarias y administrativas que se encuentren en cual-
quier proceso de cobranza por la Oficina de Rentas o la
Oficina de Ejecutoría Coactiva, correspondientes a los ejer-
cicios fiscales no prescritos hasta el 31 de diciembre del
2001.
Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Ordenanza Nº 028-01/
MDCH sobre beneficios tributarios concedidos, denominado
"BERDTA" mientras esté vigente la presente Amnistía.
Artículo 5º.- Entiéndase como:
TRIBUTO ADEUDADO: A aquella deuda tributaria que
incluye el monto insoluto y los derechos de emisión, dedu-
cido el factor de reajuste y el interés moratorio.
MULTA ADMINISTRATIVA: Aquella deuda que se origi-
na por la comisión de infracciones contempladas en el
Reglamento de Sanciones Administrativas (RAS) de la
Municipalidad de Chorrillos.
Artículo 6º.- Los pagos realizados con anterioridad a
la presente Ordenanza no serán objeto de devolución ni
compensación como consecuencia de la aplicación de este
beneficio.
Artículo 7º.- EXCLUIR del presente beneficio las san-
ciones que se generen por la Ejecución de Obras sin Li-
cencia de Construcción, Habilitaciones Urbanas y las de-
rivadas por saneamiento ambiental, que se encuentran de-
talladas en la en la Ordenanza Nº 12-99/MDCH.
Artículo 8º.- DEJAR sin efecto el Artículo 12º de la Or-
denanza Nº 12-99/MDCH Reglamento de Sanciones Ad-
ministrativas, mientras se encuentre vigente la presente
Ordenanza.
Artículo 9º.- FACULTAR al señor Alcalde para que me-
diante Decreto pueda ampliar el plazo, reglamente y dicte

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