Condenan actos de violencia efectuados contra instalaciones municipales del Servicio de Taxi Metropolitano SETAME

Fecha de disposición17 Octubre 1999
Fecha de publicación17 Octubre 1999
Pág. 179433
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de octubre de 1999
de un grupo de ex trabajadores municipales perpetrado
contra las instalaciones del Servicio Metropolitano de
Taxi (SETAME), Policía Municipal y Serenazgo en el
local ubicado en la Vía de Evitamiento, que ha dejado un
penoso saldo de daños personales (45 servidores munici-
pales heridos, dos de gravedad) y materiales (más de
cien mil Nuevos Soles), usurpación y otros ilícitos pena-
les contra la tranquilidad pública, el uso de petardos de
dinamita y otros actos;
ACORDO:
Demandar la renuncia del señor Ministro de Educa-
ción por la recusable intervención de personal del Canal
7, quienes irrumpieron en la propiedad municipal acom-
pañando a los agresores de los trabajadores en instala-
ciones municipales.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
13203
Condenan actos de violencia efectua-
dos contra instalaciones municipales
del Servicio de Taxi Metropolitano -
SETAME
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 215
Lima, 14 de octubre de 1999
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA, en
Sesión de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Los hechos violentos y actitudes delincuenciales
producidas el día 13 de los corrientes por un grupo de ex
trabajadores municipales contra las instalaciones mu-
nicipales del Servicio de Taxi Metropolitano (SETAME)
que son de conocimiento público;
POR UNANIMIDAD;
ACORDO:
1º.- Condenar los actos de violencia perpetrados
contra las personas de los trabajadores municipales y
bienes públicos municipales que constituyen propiedad
del conjunto de ciudadanos de Lima y apoyar las denun-
cias policiales efectuadas.
2º.- Demandar al Gobierno Central la entrega a la
señora Fiscal, Dra. Flor de María Alva, de los videos que
el Canal 7, de propiedad de todos los peruanos, ha
producido sobre los hechos ocurridos.
3º.- Solicitar al Congreso de la República investigue
la participación del Canal de propiedad del Estado en
los hechos de violencia indicados.
4º.- Manifestar el apoyo y solidaridad del Concejo
Metropolitano de Lima al señor Alcalde de Lima, Dr.
Alberto Andrade Carmona, y a los trabajadores del
SETAME por su defensa permanente del fuero munici-
pal y de los recursos públicos municipales.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
13204
MUNICIPALIDAD DE
BREÑA
Amplían zonas de parqueo vehicular
en el distrito
ORDENANZA Nº 18-99/MDB
Breña, 6 de octubre de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BREÑA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria
de fecha 4 de octubre de 1999;
VISTO:
Los Dictámenes de la Comisión de Desarrollo Urba-
no, de fechas 29 de setiembre y 4 de octubre de 1999 y
estando a lo informado por el Director de Desarrollo
Urbano mediante Informe Nº 075-98-DDU/MDB;
Con dispensa del trámite de aprobación del Acta,
sancionó por MAYORIA, la siguiente:
O R D E N A N Z A
AMPLIATORIA DE ZONAS EN QUE SE
COBRARA EL DERECHO DE
PARQUEO VEHICULAR
Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Ordenan-
za Nº 005-98-DA/MDB.
Artículo Segundo.- AMPLIAR las zonas estable-
cidas por el Edicto Nº 002-94-MDB, en que la Munici-
palidad brindará el servicio de estacionamiento vehicu-
lar, conforme al siguiente detalle:
VIA CUADRA REFERENCIA
Av. Arica 15 par e impar
Av. España 5 y 6 par e impar
Av. España 7impar
Av. Mariano Cornejo 9 y 10 par
Av. República de Portugal 1 y 2 par e impar
Av. Tingo María 4 a 16 impar
Jr. Aija 1, 2 y 3 par e impar
Jr. Carhuaz 5impar
Jr. Fernandini 5, 6, 7 y 8 par e impar
Jr. Fulgencio Valdez 4, 5 y 6 par
Jr. Huaraz 8, 14, 15 par e impar
Jr. Independencia 1par
Jr. Iquique 8par e impar
Jr. Orbegozo 1 y 2 par e impar
Jr. Pilcomayo 2par
Jr. Restauración 1, 2 y 3 impar
Jr. Zorritos 4, 5, 6, 7 y 8 impar
Jr. Yurúa 4 y 5 par e impar
Psje. Nacarino par
Artículo Tercero.- ESTAN INAFECTOS al pago
del derecho de parqueo vehicular, los conductores en
cumplimiento de sus funciones de:
a) Ambulancias;
b) Vehículos del Cuerpo General de Bomberos Vo-
luntarios del Perú;
c) Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policiales;
d) Vehículos que presten el servicio de Serenazgo
Municipal; y,
e) Vehículos de Limpieza Pública.

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