Condenan actos de violencia efectuados contra instalaciones municipales del Servicio de Taxi Metropolitano SETAME
Fecha de disposición | 17 Octubre 1999 |
Fecha de publicación | 17 Octubre 1999 |
Pág. 179433
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de octubre de 1999
de un grupo de ex trabajadores municipales perpetrado
contra las instalaciones del Servicio Metropolitano de
Taxi (SETAME), Policía Municipal y Serenazgo en el
local ubicado en la Vía de Evitamiento, que ha dejado un
penoso saldo de daños personales (45 servidores munici-
pales heridos, dos de gravedad) y materiales (más de
cien mil Nuevos Soles), usurpación y otros ilícitos pena-
les contra la tranquilidad pública, el uso de petardos de
dinamita y otros actos;
ACORDO:
Demandar la renuncia del señor Ministro de Educa-
ción por la recusable intervención de personal del Canal
7, quienes irrumpieron en la propiedad municipal acom-
pañando a los agresores de los trabajadores en instala-
ciones municipales.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
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Condenan actos de violencia efectua-
dos contra instalaciones municipales
del Servicio de Taxi Metropolitano -
SETAME
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 215
Lima, 14 de octubre de 1999
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA, en
Sesión de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Los hechos violentos y actitudes delincuenciales
producidas el día 13 de los corrientes por un grupo de ex
trabajadores municipales contra las instalaciones mu-
nicipales del Servicio de Taxi Metropolitano (SETAME)
que son de conocimiento público;
POR UNANIMIDAD;
ACORDO:
1º.- Condenar los actos de violencia perpetrados
contra las personas de los trabajadores municipales y
bienes públicos municipales que constituyen propiedad
del conjunto de ciudadanos de Lima y apoyar las denun-
cias policiales efectuadas.
2º.- Demandar al Gobierno Central la entrega a la
señora Fiscal, Dra. Flor de María Alva, de los videos que
el Canal 7, de propiedad de todos los peruanos, ha
producido sobre los hechos ocurridos.
3º.- Solicitar al Congreso de la República investigue
la participación del Canal de propiedad del Estado en
los hechos de violencia indicados.
4º.- Manifestar el apoyo y solidaridad del Concejo
Metropolitano de Lima al señor Alcalde de Lima, Dr.
Alberto Andrade Carmona, y a los trabajadores del
SETAME por su defensa permanente del fuero munici-
pal y de los recursos públicos municipales.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
13204
MUNICIPALIDAD DE
BREÑA
Amplían zonas de parqueo vehicular
en el distrito
ORDENANZA Nº 18-99/MDB
Breña, 6 de octubre de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE BREÑA
POR CUANTO:
El Concejo Distrital de Breña, en Sesión Ordinaria
de fecha 4 de octubre de 1999;
VISTO:
Los Dictámenes de la Comisión de Desarrollo Urba-
no, de fechas 29 de setiembre y 4 de octubre de 1999 y
estando a lo informado por el Director de Desarrollo
Urbano mediante Informe Nº 075-98-DDU/MDB;
Con dispensa del trámite de aprobación del Acta,
sancionó por MAYORIA, la siguiente:
O R D E N A N Z A
AMPLIATORIA DE ZONAS EN QUE SE
COBRARA EL DERECHO DE
PARQUEO VEHICULAR
Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Ordenan-
za Nº 005-98-DA/MDB.
Artículo Segundo.- AMPLIAR las zonas estable-
cidas por el Edicto Nº 002-94-MDB, en que la Munici-
palidad brindará el servicio de estacionamiento vehicu-
lar, conforme al siguiente detalle:
VIA CUADRA REFERENCIA
Av. Arica 15 par e impar
Av. España 5 y 6 par e impar
Av. España 7impar
Av. Mariano Cornejo 9 y 10 par
Av. República de Portugal 1 y 2 par e impar
Av. Tingo María 4 a 16 impar
Jr. Aija 1, 2 y 3 par e impar
Jr. Carhuaz 5impar
Jr. Fernandini 5, 6, 7 y 8 par e impar
Jr. Fulgencio Valdez 4, 5 y 6 par
Jr. Huaraz 8, 14, 15 par e impar
Jr. Independencia 1par
Jr. Iquique 8par e impar
Jr. Orbegozo 1 y 2 par e impar
Jr. Pilcomayo 2par
Jr. Restauración 1, 2 y 3 impar
Jr. Zorritos 4, 5, 6, 7 y 8 impar
Jr. Yurúa 4 y 5 par e impar
Psje. Nacarino par
Artículo Tercero.- ESTAN INAFECTOS al pago
del derecho de parqueo vehicular, los conductores en
cumplimiento de sus funciones de:
a) Ambulancias;
b) Vehículos del Cuerpo General de Bomberos Vo-
luntarios del Perú;
c) Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policiales;
d) Vehículos que presten el servicio de Serenazgo
Municipal; y,
e) Vehículos de Limpieza Pública.
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