RESOLUCION MINISTERIAL N° 589-2008-PRODUCE - Prorrogan plazo para que concluya el Proceso de Fusión por Absorción del CEP PAITA con el FONDEPES

Fecha de publicación02 Julio 2008
Fecha de disposición02 Julio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 2 de julio de 2008 375337
a.Que los cuerpos de agua no tengan comunicación
con ríos;
b.Contar con autorización para efectuar poblamiento
o repoblamiento del recurso trucha en el cuerpo de agua;
y, c.Acreditar ante la respectiva Dirección Regional
de la Producción o la Dirección General de Acuicultura
que dichos ambientes hídricos han sido materia de
poblamiento o repoblamiento mediante actas, facturas,
convenios u otros documentos.
Artículo 6º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE
y las Direcciones Regionales de la Producción están
exceptuados de la prohibición establecida en el Artículo 1º
de la presente Resolución, cuando sus actividades sean
desarrolladas con f‌i nes de investigación o evaluación.
Artículo 7º.- Las Direcciones Generales de
Seguimiento, Control y Vigilancia, de Extracción y
Procesamiento Pesquero y de Acuicultura del Ministerio
de la Producción, las Direcciones Regionales de la
Producción competentes, el Ministerio del Interior y
las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas
competencias y jurisdicciones, velarán por el estricto
cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución
Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
220995-1
Prorrogan plazo para que concluya el
Proceso de Fusión por Absorción del
CEP PAITA con el FONDEPES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 589-2008-PRODUCE
Lima, 1 de julio del 2008
VISTOS: el Memorando Nº 0780-2008-PRODUCE/
OGPP de la Of‌i cina General de Planif‌i cación y Presupuesto,
y el Informe Nº 088-2008-PRODUCE/OGAJ-JCF de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2007-
PRODUCE se aprobó la Fusión del Centro de Entrenamiento
Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional
de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, bajo la modalidad
de fusión por absorción, correspondiéndole al Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES la calidad
de entidad incorporante;
Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo
estableció un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario,
contados a partir de la entrada en vigencia de la norma
citada, para que concluya el proceso de fusión aprobado;
Que, asimismo, el artículo 4º del Decreto Supremo
de fusión, dispuso que el Fondo Nacional de Desarrollo
Pesquero – FONDEPES, adecue sus instrumentos de
gestión teniendo en cuenta la f‌i nalidad, acciones y criterios
de la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la
Gestión del Estado, debiendo en un plazo no mayor de
sesenta (60) días, elevar al Ministerio de la Producción un
proyecto de Reglamento de Organización y Funciones;
Que, los plazos antes referidos, fueron sucesivamente
prorrogados hasta el 01 de julio de 2008 de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº
009-2007-PRODUCE, el mismo que faculta al Ministerio
de la Producción a dictar, de ser necesario y mediante
Resolución Ministerial, las normas complementarias
requeridas para la mejor aplicación del referido Decreto
Supremo; así como, para prorrogar los plazos dispuestos
en sus artículos 2º y 4º;
Que, en concordancia con los documentos de vistos,
resulta necesario ampliar los plazos previstos en los
artículos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 009-2007-
PRODUCE, para la continuación del trámite de modif‌i cación
del Reglamento de Organización y Funciones del Fondo
Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES;
Con el visado de las Of‌i cinas Generales de Planif‌i cación
y Presupuesto y de Asesoría Jurídica, y de conformidad
con el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto
Supremo Nº 009-2007-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Prorrogar el plazo para que concluya el
Proceso de Fusión por Absorción del Centro de Entrenamiento
Pesquero de Paita – CEP PAITA con el Fondo Nacional de
Desarrollo Pesquero – FONDEPES; así como, el plazo para
la adecuación de los instrumentos de gestión de la entidad
incorporante a los que se ref‌i eren los artículos 2º y 4º del
Decreto Supremo Nº 009-2007- PRODUCE y el artículo
Único de la Resolución Ministerial Nº 472-2008-PRODUCE
hasta el 01 de setiembre de 2008.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
220995-2
RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas funciones y
nombran Cónsul Honorario del Perú
en la ciudad de Honolulú, Estado de
Hawaii, Estados Unidos de América
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 175-2008-RE
Lima, 1 de julio de 2008
Vista la Resolución Suprema Nº 156-2004-RE, del 7
de mayo de 2004, que nombra al señor Alvin Philip Adams
como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Honolulú,
Estado de Hawaii, Estados Unidos de América;
Visto el mensaje el facsímil Nº 012 del 20 de marzo de
2008 del Consulado General en San Francisco, Estados
Unidos de América, mediante el cual se remitió la carta
de renuncia al cargo de Cónsul Honorario del Perú en
Honolulú del señor Alvin Philip Adams;
Vista la necesidad de atender ef‌i cientemente los
requerimientos de nuestros connacionales en la ciudad de
Honolulú, Estados Unidos de América, en concordancia
con la política de protección y asistencia de los ciudadanos
peruanos en el exterior, promoción cultural y turística del
Perú en dicha ciudad;
Vista la opinión del Consulado General del Perú en
San Francisco en el sentido que el señor Carlos Juárez
reúne las condiciones apropiadas para ocupar el cargo de
nuevo Cónsul Honorario del Perú en Honolulú, Estados
Unidos de América;
Con la opinión favorable de la Subsecretaría de
Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Consulado General del Perú
en San Francisco, Estados Unidos de América;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º
inciso 11) de la Constitución Política del Perú; y en los
artículos 127º inciso d), 128º y 129º del Reglamento
Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar por terminadas las funciones del
señor Alvin Philip Adams, como Cónsul Honorario del
Perú en la ciudad de Honolulú, Estado de Hawaii, Estados
Unidos de América.
Artículo 2º.- Cancelar las Letras Patentes
correspondientes.
Artículo 3º.- Darle las gracias por los importantes
servicios prestados a la Nación.
Artículo 4º.- Nombrar al señor Carlos Juárez como
Cónsul Honorario del Perú en Honolulú, Estado de Hawaii,
Estados Unidos de América.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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