Dan por concluido proceso liquidatorio del Banco Comercial del Perú

Fecha de publicación05 Noviembre 1999
Fecha de disposición05 Noviembre 1999
Pág. 179986
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 5 de noviembre de 1999
de Familia de Ica, materia de la Resolución Nº 710-95-MP-FN de
fecha 21 de julio de 1995.
Artículo Segundo.- Designar a la doctora Ricardina Victo-
ria Manchego Guevara de Arévalo, como Fiscal Provincial Pro-
visional de la Fiscalía Provincial de Familia de Ica, Distrito
Judicial de Ica.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente
resolución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de
Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordina-
ción Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder
Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura,
Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio
Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la
Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte
Superior de Justicia de Ica, Fiscal Superior Encargado de la
Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del
Ministerio Público en el Distrito Judicial de Ica, y Fiscal desig-
nada, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo (P) - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS
Secretario Ejecutivo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
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Designan magistrada de la Fiscalía Pro-
vincial de Prevención de Delito del
Medio Ambiente del Distrito Judicial
de Arequipa
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA
DEL MINISTERIO PUBLICO
Nº 884-99-MP-CEMP
Arequipa, 4 de noviembre de 1999
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que estando al alto índice de contaminación ambiental
provocada por el parque automotor de la ciudad de Arequipa
que origina diversas enfermedades; es necesario que entre en
funcionamiento la Fiscalía Provincial de Prevención de Delito
del Medio Ambiente en el Distrito Judicial de Arequipa; y
conozca, además, de la Ordenanza Municipal de Arequipa Nº
15-99 de fecha 15 de junio de 1999; a partir del 4 de noviembre
de 1999, designándose en dicha plaza a la doctora María del
Rosario Lozada Sotomayor, quien reúne los requisitos de Ley
y estando al Acuerdo Nº 7264 adoptado por unanimidad por
la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la
fecha con dispensa de la lectura del acta; y en uso de las
atribuciones conferidas por las Leyes Nº 26623, Nº 26695, Nº
26738 y Nº 27009.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- La Fiscalía Provincial de Prevención
de Delito del Medio Ambiente del Distrito Judicial de Arequipa
conocerá, además, de la Ordenanza Municipal de Arequipa Nº
15-99 de fecha 15 de junio de 1999, la misma que entrará en
funcionamiento a partir el 4 de noviembre de 1999.
Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento
de la doctora María del Rosario Lozada Sotomayor, como
Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Octava Fiscalía
Provincial en lo Penal de Arequipa, materia de la Resolución
de la Fiscalía de la Nación Nº 836-93-MP-FN de fecha 26 de
mayo de 1993.
Artículo Tercero.- Designar a la doctora María del Rosa-
rio Lozada Sotomayor como Fiscal Provincial Provisional de la
Fiscalía Provincial de Prevención del Delito del Medio Ambiente
del Distrito Judicial de Arequipa.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Reso-
lución a los señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia
de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judi-
cial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,
Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario
Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y
Titular del Pliego, Fiscal Supremo de la Fiscalía Suprema de
Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de
Arequipa, Fiscal Superior encargado de la Gestión de Gobierno
delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el
Distrito Judicial de Arequipa, al señor Alcalde de la Municipa-
lidad Provincial de Arequipa y a la Fiscal designada para los
fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO
Fiscal Suprema y Presidenta de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
PEDRO PABLO GUTIERREZ FERREYRA
Fiscal Supremo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI
BECERRA
Fiscal Supremo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS
Secretario Ejecutivo - Miembro de la
Comisión Ejecutiva del Ministerio Público
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S B S
Dan por concluido proceso liquidato-
rio del Banco Comercial del Perú
RESOLUCION SBS Nº 0964-99
Lima, 27 de octubre de 1999
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
VISTOS:
La Carta Nº 063-99-CAC del 21 de abril de 1999, donde se
transcribe el Acta de Sesión Nº 075-99 del 22 de marzo del año
en curso, en la Comisión Administradora de Carteras, en la cual
se pronuncia sobre la procedencia de la culminación del proceso
liquidatorio del Banco Comercial del Perú en Liquidación, en
adelante BANCOPER-L; así como el Informe de Visita de
Inspección Nº ASIF "F"-169-99 de fecha 29 de setiembre de
1999; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución SBS Nº 150-83-EFC/97-10 de
fecha 6 de abril de 1983 se declaró en disolución al Banco
Comercial del Perú, para la liquidación definitiva de sus
bienes y negocios, cancelándose la autorización de su funcio-
namiento;
Que, al inicio del proceso liquidatorio el Balance General de
BANCOPER-L registraba activos por un monto de S/. 213 606
621 mil (doscientos trece mil seiscientos seis millones seiscien-
tos veintiún mil Soles Oro), constituidos principalmente por las
colocaciones netas (S/. 147 979 489 mil - ciento cuarenta y siete
mil novecientos setentinueve millones cuatrocientos ochenta y
nueve mil Soles Oro) y los activos fijos (S/. 19 039 998 mil -
diecinueve mil treintinueve millones novecientos noventa y
ocho mil Soles Oro), que en su conjunto representaban el 78.19%
del total activos; y, un pasivo de S/. 211 394 744 mil (doscientos
once mil trescientos noventicuatro millones setecientos cuaren-
ticuatro mil Soles Oro), conformado principalmente por depósi-
tos, en todas sus modalidades, ascendentes a S/. 147 908 773 mil
(ciento cuarentisiete mil novecientos ocho millones setecientos
setenta y tres mil Soles Oro) y Adeudados a Bancos y Correspon-
sales por un monto equivalente en moneda nacional de S/. 27
406 937 mil (veintisiete mil cuatrocientos seis millones nove-
cientos treinta y siete mil Soles Oro);
Que, entre el 30 de diciembre de 1995 y el 31 de diciembre de
1998, los Liquidadores acordaron el castigo de un gran número
de préstamos, cuentas por cobrar y otros, por un importe de US$
27 003 979.31 (veintisiete millones tres mil novecientos seten-
tinueve y 31/100 Dólares Americanos), al considerarlos irrecu-
perables por las siguientes consideraciones: Por el hecho de no

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