2420 1918-99-MTC/15.18 - Otorgan concesiones a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros

Fecha de publicación14 Agosto 1999
Fecha de disposición14 Agosto 1999
Pág. 176842
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que se ha presentado un brote epidémico de Sarampión
en algunas ciudades de Bolivia, existiendo la probabilidad de
su expansión en el país;
Estando a lo informado por la Dirección General de Salud
de las Personas;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 7º del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Salud y disposiciones conexas;
Con la opinión favorable del Viceministro de Salud;
SE RESUELVE:
1º.- Disponer en forma obligatoria, que las personas entre el
año y los 30 años de edad, que viajan a Bolivia, y no acreditan
estado vacunal con carné, sean vacunadas contra el Sarampión.
2º.- Las autoridades correspondientes exigirán bajo res-
ponsabilidad, el certificado de vacunación respectiva.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO
Ministro de Salud
10501
M T C
Renuevan concesión a empresa para
prestar servicio público de transpor-
te terrestre interprovincial de pasaje-
ros en la ruta Lima-Chimbote
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 1862-99-MTC/15.18
Lima, 13 de julio de 1999
VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02053010 organizado
por la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A.,
sobre renovación de concesión de ruta: Lima - Chimbote y viceversa
e Informe Nº 483-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de
Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL
SUR S.A. mediante el expediente indicado en vistos, ha
solicitado el otorgamiento de la renovación de concesión de la
ruta: Lima - Chimbote y viceversa, al amparo de lo establecido
en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre
Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus
aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;
Que, en el Informe Nº 483-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se
concluye que la referida empresa cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 13º del Reglamento y lo señalado
en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA)
aprobado por Decreto Supremo Nº 019-97-MTC, recomen-
dándose la procedencia del pedido formulado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su-
premo Nº 019-97-MTC y Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Primero.- Renovar a la empresa de transportes EXPRESO
CRUZ DEL SUR S.A., la concesión de ruta: LIMA - CHIMBOTE
y viceversa, para la prestación del Servicio Público de Transporte
Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni-
bus, por el período de diez (10) años, contados a partir del 7 de
julio de 1999, de acuerdo a los siguientes términos:
RUTA :LIMA - CHIMBOTE y viceversa
ORIGEN :LIMA
DESTINO :CHIMBOTE
ITINERARIO :HUACHO-BARRANCA-CASMA
FRECUENCIA :Dos (2) diarias
FLOTA VEHICULAR :Cuatro (4) ómnibus
FLOTA OPERATIVA :Cuatro (4) ómnibus:
UI-5376 (1981), UI-5459 (1981),
UI-5484 (1981) y UI-5485 (1981)
HORARIOS :Salidas de Lima: 12.00 y 21.30 horas
Salidas de Chimbote: 12.00 y 21.30 horas
La Tarjeta de Circulación Vehicular será expedida en
relación al año de fabricación de los vehículos ofertados.
Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las
normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes,
concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter-
provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus.
Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser
publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano
dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha
de su notificación.
Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la
Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e
Internacional.
Regístrese y comuníquese.
CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
10474
Otorgan concesiones a empresa para
prestar servicio público de transporte
terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 1918-99-MTC/15.18
Lima, 20 de julio de 1999
VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02239010 organizado
por la empresa de transportes EXPRESO CRUZ DEL SUR S.A.,
sobre Concesión de Ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa
e Informe Nº 515-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de
Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional.
CONSIDERANDO:
Que, la referida empresa, mediante el expediente indica-
do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de
ruta: TRUJILLO - CAJAMARCA y viceversa, al amparo de
lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de
Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carre-
tera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-
MTC;
Que, en el Informe Nº 515-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se
concluye que la referida empresa cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y
señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra-
tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC,
recomendándose la procedencia del pedido formulado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su-
premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRE-
SO CRUZ DEL SUR S.A. la concesión de ruta: TRUJILLO -
CAJAMARCA y viceversa, para prestar Servicio Público de
Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carre-
tera en Omnibus, por el período de diez (10) años, contados
a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución,
de acuerdo con los siguientes términos:
RUTA :TRUJILLO - CAJAMARCA y
viceversa.
ORIGEN :TRUJILLO
DESTINO :CAJAMARCA
ITINERARIO :PACASMAYO - CRUCE
CAJAMARCA
ESCALA COMERCIAL :PACASMAYO
FRECUENCIAS :Dos diarias
FLOTA VEHICULAR :Tres ómnibus
FLOTA OPERATIVA :Dos ómnibus: VG-3419 (1998) y VG-
3420 (1998)
FLOTA DE RESERVA :Un ómnibus: VG-3425 (1998)
HORARIOS :Salidas de Trujillo: 12.00 y 22.00 horas
Salidas de Cajamarca: 12.00 y 22.00
horas

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