08 059-2001-JNE 060-2001-JNE 064-2001-JNE - Declaran que regidores de los Concejos Distritales de Chancay y Santa Eulalia continúan en el ejercicio del cargo

Fecha de disposición19 Enero 2001
Fecha de publicación19 Enero 2001
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 19 de enero de 2001
Juzgados Laborales ubicados en el Edificio de la Avenida
Salaverry, de los Módulos Básicos de Justicia, de los
Módulos Corporativos de los Juzgados de Paz Letrados de
Lima - Cercado, de los Módulos Corporativos Manuales de
los Juzgados de Paz Letrados, de los Despachos Colecti-
vos de los Juzgados de Paz Letrados y Juzgados de Paz
Letrados aún no corporativizados, sean los Administrado-
res o en su defecto los Jefes de Mesas de Partes, quienes
bajo responsabilidad funcional y administrativa, cautelen
al momento de recepcionar los documentos en general, la
observancia y estricto cumplimiento de la Resolución
Administrativa Nº 002-2001-CT-PJ, exigiendo las tasas
judiciales correspondientes.
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución
en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de
Justicia de la República, de la Presidencia del Consejo
Transitorio del Poder Judicial, de la Oficina de Control de
la Magistratura, de la Gerencia General y de la Fiscalía de
la Nación para los fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
SERGIO R. SALAS VILLALOBOS
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
16605
J N E
Declaran que regidores de los Conce-
jos Distritales de Chancay y Santa Eula-
lia continúan en el ejercicio del cargo
RESOLUCIÓN Nº 059-2001-JNE
Lima, 18 de enero de 2001
EXP. Nº 1380.00
VISTOS:
La solicitud recibida el 8 de noviembre del 2000, del
señor Grover Torres Málaga Zvietcovich, alcalde del con-
cejo distrital de Chancay, provincia de Huaral, depar-
tamento de Lima, sobre convocatoria a regidor suplente,
en reemplazo del cargo de regidor del señor William Joel
Alfaro Ching, en el referido concejo;
El recurso recibido el 11 de diciembre del 2000, del
señor Tomas Edilberto Guzmán Benavides, abogado de-
fensor del señor William Joel Alfaro Ching, sobre nulidad
del Acuerdo Nº 221-2000 MDCH de fecha 2 de noviembre
del 2000, del concejo distrital de Chancay, que declara la
vacancia del cargo de regidor de su patrocinado; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10)
del Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
23853, es atribución de los concejos municipales, declarar
la vacancia de los cargos de alcalde o de regidor, por las
causales establecidas en los Artículos 23º, 26º, 38º y 88º,
siguiendo las formalidades previstas en el Artículo 27º de
la acotada;
Que, el concejo distrital de Chancay en sesión ordina-
ria de fechas 24 y 31 de octubre del 2000, mediante
Acuerdo Nº 221-2000 MDCH, de fojas 49 y 50, ha decla-
rado la vacancia del cargo de regidor del señor William
Joel Alfaro Ching, bajo acusación de haber incurrido en
causal de nepotismo prevista en la Ley Nº 26771, al haber
tenido injerencia en la contratación de la señora Rosa
Cerquin Huamán, -persona con la que tiene una hija-,
como enfermera de la empresa municipal de salud Emus-
sa - Chancay;
Que, a efecto de emitir un pronunciamiento con arre-
glo a ley, debe tenerse presente lo siguiente: a) El Artículo
27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853,
establece que la vacancia de los cargos de alcalde y de
regidor es declarada por el correspondiente concejo muni-
cipal con el voto aprobatorio de la mayoría del núme-
ro legal de sus miembros; b) El concejo distrital de
Chancay, de conformidad al Artículo 6º de la Resolución
Nº 148-98-JNE de fecha 21 de abril de 1998, está constitui-
do por un (1) alcalde y siete (7) regidores, consiguiente-
mente la mayoría legal la constituyen cinco ( 5 ) miembros;
c) A fojas 41, en el acta de la sesión ordinaria de fecha 24
de octubre del 2000, aparece que la vacancia del cargo de
regidor del señor William Joel Alfaro Ching, fue declarada
por tres (3) miembros, incluido el voto del alcalde que sólo
debe emitir su voto en calidad de dirimente según lo
dispuesto en el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Muni-
cipalidades Nº 23853; en el acta de la sesión de fecha 31 de
octubre del 2000 de fojas 47 y 48, figura que la regidora
Delia Córdova Uribe se aunó a la declaratoria de vacancia,
sumando 4 votos a favor de la vacancia, que no alcanzan
la mayoría de miembros del concejo; consiguiente-
mente el acuerdo deviene en nulo e insubsistente;
Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec-
ciones, en uso de las atribuciones conferidas por la Cons-
titución Política del Estado y la ley;
RESUELVE POR MAYORIA:
Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de
revisión del Acuerdo Nº 221-2000 MDCH, de sesión ordi-
naria del concejo distrital de Chancay de fechas 24 y 31 de
octubre del 2000, que declara la vacancia del cargo de
regidor del señor William Joel Alfaro Ching, al no haberse
observado el procedimiento de ley; en consecuencia
nulo e insubsistente el acuerdo mencionado e impro-
cedente la solicitud de reemplazo del cargo de
regidor, presentada por el señor Grover Torres Málaga
Zvietcovich, alcalde del concejo distrital de Chancay.
Artículo Segundo.- Declarar que el señor William
Joel Alfaro Ching, continúa en el cargo de regidor en el
concejo distrital de Chancay, en el período 1999 al 2002,
conforme a ley.
Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia-
les prestarán las garantías que se requiera para el cumpli-
miento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA
BOLÍVAR ARTEAGA
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLO
BALLÓN- LANDA CÓRDOVA, Secretario General
VOTO SINGULAR DEL SEÑOR
DE VALDIVA CANO
EXP. Nº 1380. 00
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el concejo distrital de Chancay, ha declarado la
vacancia del cargo de regidor del señor William Joel
Alfaro Ching, bajo el cargo de haber incurrido en la
causal prevista en el Artículo 23º inciso 7), concordante
con el Artículo 26º inciso 3) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853, al haber tenido injerencia
directa en la contratación de la señora Rosa Cerquin
Huamán, - persona con la que tiene una hija -, como
enfermera de la empresa municipal de salud Emussa -
Chancay;
Que, la vacancia del cargo de alcalde o de regidor es
declarada por el correspondiente concejo municipal con el
voto aprobatorio de la mayoría del número legal de
sus miembros;
Que, la vacancia del cargo de regidor del señor William
Joel Alfaro Ching, fue declarada por cuatro (4) miembros
incluido el alcalde, número que no alcanza la mayoría
legal del concejo; consiguientemente la resolución
de vacancia deviene en nula e insubsistente;
Que, sin embargo el Jurado Nacional de Elecciones
advierte que la relación del regidor William Joel Alfaro
Ching, con la señora Rosa Cerquin Huamán, está suficien-
temente probada con el certificado de nacimiento de la
hija de ambos, a fojas 14;
Que, asimismo la relación de laboral, está suficien-
temente probada con copia de la carta de fecha 23 de
octubre del 2000, de fojas 10, del señor Armando Aguilar
Pajuelo, gerente de la Emussa - Chancay, en la que
aparece que la enfermera Rosa Cerquín Huamán, está
laborando en la referida empresa, según aparece a fojas 9;
Que, el nombramiento o contratación de allegados
para prestar servicios en las municipalidades y por exten-

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