Conceden amnistía tributaria para el pago del Impuesto Predial
Fecha de publicación | 22 Junio 2000 |
Fecha de disposición | 22 Junio 2000 |
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de junio de 2000
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Municipalidad
EDICTO Nº 002-2000-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13.JUN.2000;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Edicto Nº 001-2000-MSI, publicado en
el Diario Oficial El Peruano, con fecha 1.MAR.2000, se
aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
de San Isidro, superando y modernizando la anterior que
fuera aprobada mediante Edicto Nº 001-99-MSI, publicado
con fecha 23.ENE.99;
Que, en tal virtud, resulta imperativo adecuar el Regla-
mento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipa-
lidad de San Isidro; siendo recomendable en lo técnico
estructural, formular un nuevo texto, conforme se ha
materializado en el proyecto adjunto;
Que, en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 109º
y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), debe ser
aprobado por el Concejo Municipal mediante Edicto;
Que, mediante Informe Nº 210-2000-09-OAJ/MSI, de
la Oficina de Asesoría Jurídica y Dictamen de la Comisión
de Asuntos Jurídicos de fecha 13.JUN.00;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6)
del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 23853 y estando a lo expuesto en la parte consi-
derativa precedente, el Concejo Distrital ha aprobado el
siguiente:
EDICTO
Artículo Unico.- APROBAR el nuevo REGLAMEN-
TO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) de la
Municipalidad de San Isidro, que consta de ocho (8) Títulos
y el Organigrama Estructural que un anexo forman parte
integrante del presente Edicto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GASTON BARUA LECAROS
Alcalde
7010
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Conceden amnistía tributaria para el
pago del Impuesto Predial
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 013-2000/MVES
Villa El Salvador, 7 de junio del 2000
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Villa El Salvador, en
Sesión Extraordinaria del Concejo del 7 de junio del 2000;
VISTO: La Moción de Orden del Día, presentada por la
Comisión de Regidores de Administración y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
191º de la Constitución Política del Estado, en el Artículo
2º de la Ley Orgánica de Municipalidades y en el inciso b)
de la norma IV del Decreto Legislativo Nº 816, los Gobier-
nos Locales, tienen autonomía política económica y admi-
nistrativa, en asuntos de su competencia, así también,
pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, el Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 816
en su Artículo 41º, establece que la deuda solo podrá ser
condonada por norma expresa con rango de Ley y que
excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar
con carácter general el interés moratorio respecto al Im-
puesto Predial;
Que, la presente Gestión viene recibiendo pedidos de
los vecinos, para que se dicte una norma que permita
cumplir con sus obligaciones pendientes de años anterio-
res, que la situación de crisis por la que atraviesa la
economía Nacional impide atender;
Que, habiéndose detectado una elevada evasión tributa-
ria de años anteriores y del año en curso, por lo que es
necesario atender estos pedidos mediante una Amnistía
Predial;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi-
das en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la
Sesión de Concejo aprueba la siguiente:
ORDENANZA
1.- Conceder la Amnistía Tributaria sobre el pago del
Impuesto Predial de años anteriores a los contribuyentes
del distrito, acogiéndose para ello inclusive del año 2000.
2.- Podrán acogerse a la presente amnistía los contribu-
yentes que se encuentran en proceso de cobranza coactiva,
con notificación, siempre y cuando cancelen anticipa-
damente las costas y demás gastos administrativos que
incurrió la Municipalidad.
3.- Podrán acogerse a esta norma los contribuyentes
que mantengan convenio de fraccionamiento tributario y/
o administrativo con la Municipalidad, hasta el 31 de mayo
del 2000.
4.- Encárguese a la Dirección Municipal, Dirección de
Administración y Finanzas y el Area de Comunicaciones,
el cumplimiento, disponiéndose los recursos necesarios a
fin de difundir e implementar la presente Ordenanza.
5.- La presente norma tendrá una vigencia de 30 días
a partir de su publicación, extendiéndose el horario de caja
hasta las 6:00 p.m. y la atención de los días sábados hasta
las 12.00.
6.- Deróguese toda disposición que se oponga a lo
establecido en la presente Ordenanza.
7.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
R. MARTIN PUMAR VILCHEZ
Alcalde
7022
Aprueban disposiciones que regulan
uso del suelo de la Zona de Playa del
distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 014-2000/MVES
Villa El Salvador, 7 de junio del 2000
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Villa El Salvador, en
Sesión Extraordinaria del Concejo del 7 de junio del 2000;
VISTO: La Moción de Orden del Día, presentada por la
Comisión de Desarrollo Urbano;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales en ejercicio de la
competencia en materia de zonificación y urbanismo, con
arreglo de lo dispuesto por los Artículos 22º, 64º, 70º y 134º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tienen a
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