Conceden amnistía tributaria para el pago del Impuesto Predial

Fecha de publicación22 Junio 2000
Fecha de disposición22 Junio 2000
Pág. 188279
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de junio de 2000
MUNICIPALIDAD DE
SAN ISIDRO
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Municipalidad
EDICTO Nº 002-2000-MSI
EL ALCALDE DE SAN ISIDRO
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 13.JUN.2000;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Edicto Nº 001-2000-MSI, publicado en
el Diario Oficial El Peruano, con fecha 1.MAR.2000, se
aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad
de San Isidro, superando y modernizando la anterior que
fuera aprobada mediante Edicto Nº 001-99-MSI, publicado
con fecha 23.ENE.99;
Que, en tal virtud, resulta imperativo adecuar el Regla-
mento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipa-
lidad de San Isidro; siendo recomendable en lo técnico
estructural, formular un nuevo texto, conforme se ha
materializado en el proyecto adjunto;
Que, en aplicación de lo dispuesto por los Artículos 109º
y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), debe ser
aprobado por el Concejo Municipal mediante Edicto;
Que, mediante Informe Nº 210-2000-09-OAJ/MSI, de
la Oficina de Asesoría Jurídica y Dictamen de la Comisión
de Asuntos Jurídicos de fecha 13.JUN.00;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 6)
del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 23853 y estando a lo expuesto en la parte consi-
derativa precedente, el Concejo Distrital ha aprobado el
siguiente:
EDICTO
Artículo Unico.- APROBAR el nuevo REGLAMEN-
TO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) de la
Municipalidad de San Isidro, que consta de ocho (8) Títulos
y el Organigrama Estructural que un anexo forman parte
integrante del presente Edicto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GASTON BARUA LECAROS
Alcalde
7010
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Conceden amnistía tributaria para el
pago del Impuesto Predial
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 013-2000/MVES
Villa El Salvador, 7 de junio del 2000
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Villa El Salvador, en
Sesión Extraordinaria del Concejo del 7 de junio del 2000;
VISTO: La Moción de Orden del Día, presentada por la
Comisión de Regidores de Administración y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
191º de la Constitución Política del Estado, en el Artículo
2º de la Ley Orgánica de Municipalidades y en el inciso b)
de la norma IV del Decreto Legislativo Nº 816, los Gobier-
nos Locales, tienen autonomía política económica y admi-
nistrativa, en asuntos de su competencia, así también,
pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones,
arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de
su jurisdicción y con los límites que señala la Ley;
Que, el Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 816
en su Artículo 41º, establece que la deuda solo podrá ser
condonada por norma expresa con rango de Ley y que
excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar
con carácter general el interés moratorio respecto al Im-
puesto Predial;
Que, la presente Gestión viene recibiendo pedidos de
los vecinos, para que se dicte una norma que permita
cumplir con sus obligaciones pendientes de años anterio-
res, que la situación de crisis por la que atraviesa la
economía Nacional impide atender;
Que, habiéndose detectado una elevada evasión tributa-
ria de años anteriores y del año en curso, por lo que es
necesario atender estos pedidos mediante una Amnistía
Predial;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi-
das en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la
Sesión de Concejo aprueba la siguiente:
ORDENANZA
1.- Conceder la Amnistía Tributaria sobre el pago del
Impuesto Predial de años anteriores a los contribuyentes
del distrito, acogiéndose para ello inclusive del año 2000.
2.- Podrán acogerse a la presente amnistía los contribu-
yentes que se encuentran en proceso de cobranza coactiva,
con notificación, siempre y cuando cancelen anticipa-
damente las costas y demás gastos administrativos que
incurrió la Municipalidad.
3.- Podrán acogerse a esta norma los contribuyentes
que mantengan convenio de fraccionamiento tributario y/
o administrativo con la Municipalidad, hasta el 31 de mayo
del 2000.
4.- Encárguese a la Dirección Municipal, Dirección de
Administración y Finanzas y el Area de Comunicaciones,
el cumplimiento, disponiéndose los recursos necesarios a
fin de difundir e implementar la presente Ordenanza.
5.- La presente norma tendrá una vigencia de 30 días
a partir de su publicación, extendiéndose el horario de caja
hasta las 6:00 p.m. y la atención de los días sábados hasta
las 12.00.
6.- Deróguese toda disposición que se oponga a lo
establecido en la presente Ordenanza.
7.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
R. MARTIN PUMAR VILCHEZ
Alcalde
7022
Aprueban disposiciones que regulan
uso del suelo de la Zona de Playa del
distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 014-2000/MVES
Villa El Salvador, 7 de junio del 2000
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Villa El Salvador, en
Sesión Extraordinaria del Concejo del 7 de junio del 2000;
VISTO: La Moción de Orden del Día, presentada por la
Comisión de Desarrollo Urbano;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades Distritales en ejercicio de la
competencia en materia de zonificación y urbanismo, con
arreglo de lo dispuesto por los Artículos 22º, 64º, 70º y 134º
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, tienen a

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR