COMUNICADO N° 001-2015-EF/52.03 - Pago de Planillas de Remuneraciones y Pensiones

Fecha de publicación06 Enero 2015
Fecha de disposición06 Enero 2015
El Peruano
Martes 6 de enero de 2015
544002
Que, asimismo, respecto del predio ubicado en Av. 28 de
abril s/n Mz Z, lote 5 en el Centro Poblado Barrio San Cristóbal,
distrito, provincia y departamento de Huancavelica, inscrito
en la Partida Nº 02002273 (el cual migró a la Partida Nº
P11103073 SARP) del Registro de Predios de Huancavelica,
CUS Nº 18045, se advierte la existencia de la inscripción de
una hipoteca y un embargo sobre dicho inmueble, siendo que
ello no limita su transferencia, de acuerdo con lo dispuesto
por el artículo 48 del Reglamento de la Ley General del
Sistema Nacional de Bienes Estatales, antes reseñado;
situación que ha sido puesta en conocimiento del Instituto
Nacional de Defensa Civil – INDECI, mediante Of‌i cio Nº 149-
2014-MIDIS-RE-PRONAA;
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales – SBN ha emitido opinión técnica para la
transferencia interestatal a título gratuito de los predios
antes señalados, recomendando que una vez culminada la
transferencia predial interestatal a título gratuito a favor de
las entidades solicitantes se actualice el Sistema Nacional
de Bienes Estatales – SINABIP, por lo que se reúnen los
presupuestos para la aprobación de la transferencia de
dominio de los referidos inmuebles;
Que, el artículo 68 del Reglamento de la Ley General
del Sistema Nacional de Bienes Estatales señala que la
resolución aprobatoria de la transferencia entre entidades
públicas tiene mérito suf‌i ciente para su inscripción en los
Registros Públicos;
Con el visado del Despacho Viceministerial de
Prestaciones Sociales, de la Responsable del proceso
de extinción del PRONAA, y de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29151, Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA y modif‌i catorias; la Ley Nº 29792, Ley
de Creación, Organización y Funciones del Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de
Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo
Nº 011-2012-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la transferencia
Aprobar la transferencia interestatal de propiedad
predial a título gratuito en el marco de la Tercera Disposición
Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley
Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-
2008-VIVIENDA, respecto a los siguientes inmuebles del
Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA:
- Predio ubicado en Jr. Lucanas Nº 496 – 498, distrito
de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de
Ayacucho, inscrito en la Ficha 13527 y trasladada a la
Ficha Nº 4204-020903, el cual migra a la Partida Registral
Nº 02003683 del Registro de Predios de Ayacucho, CUS
Nº 9595, a favor del Gobierno Regional de Ayacucho.
- Predio ubicado en Av. Prolongación Tumbes Nº 100,
Centro Poblado Centro Urbano Zarumilla, Mz. 02, Lote
30, distrito y provincia de Zarumilla, departamento de
Tumbes, inscrito en la Partida Nº 15127556 (el cual migró
a la Partida Nº P15127556 SARP) del Registro de Predios
de Tumbes, CUS Nº 49623, a favor del Instituto Nacional
de Defensa Civil – INDECI.
- Predio ubicado en Av. República del Perú, Urb. Parque
Industrial 2da etapa, Mz. J, lote 01, distrito de Wanchaq,
provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Ficha
17316-A y su continuación en la Partida Nº 02010746 del
Registro de Predios del Cusco, CUS Nº 15368, a favor del
Gobierno Regional del Cusco.
- Predio ubicado en Av. Circunvalación Nº 20150,
Carretera Zona Barrial del Sector Jaramilluyoc, distrito de
Santa Ana – Quillabamba, provincia de La Convención,
departamento de Cusco, inscrito en la Ficha 18002 y su
continuación en la Partida Nº 02004767 del Registro de
Predios del Cusco, CUS Nº 16323, a favor del Gobierno
Regional del Cusco.
- Predio ubicado en Jr. Grau Mz. 23, lote 01,
Centro Poblado Cabana, distrito de Cabana, provincia
de Lucanas, departamento de Ayacucho, inscrito en
la Partida Nº P11092429 del Registro de Predios de
Ayacucho, CUS Nº 10748, a favor de la Municipalidad
Distrital de Cabana.
- Predio ubicado en Av. 28 de abril s/n Mz Z, lote 5 en
el Centro Poblado Barrio San Cristóbal, distrito, provincia
y departamento de Huancavelica, inscrito en la Partida
Nº 02002273 (el cual migró a la Partida Nº P11103073
SARP) del Registro de Predios de Huancavelica, CUS
Nº 18045, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil
– INDECI, predio sobre el cual se encuentra inscrita
una hipoteca y un embargo, situación que no limita
su transferencia y ha sido puesta en conocimiento del
Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, de acuerdo
con lo indicado en los considerandos de la presente
resolución.
Artículo 2.- Inscripción registral
Declarar que la presente Resolución Ministerial tiene
mérito suf‌i ciente para la inscripción en los Registros
Públicos de la transferencia predial autorizada en el artículo
precedente, conforme a lo establecido en el artículo 68 del
Artículo 3.- Reversión de dominio
Establecer que en caso los predios transferidos no
sean destinados a uso público o como soporte para la
prestación de un servicio público, serán revertidos al
dominio del Estado, conforme a lo establecido en el
Artículo 4.- Acciones Administrativas
Disponer que la Responsable del proceso de extinción
del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria
– PRONAA actualice el Sistema Nacional de Bienes
Estatales – SINABIP, de acuerdo con lo indicado en la
presente resolución ministerial, y adopte las acciones
administrativas que correspondan.
Artículo 5.- Comunicación a la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales
Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la
Superintendencia Nacional de Bienes Estatales.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
1184281-3
ECONOMIA Y FINANZAS
Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN
sobre incorporación al Proceso de
Promoción de la Inversión Privada del
Proyecto y modificación de acuerdo de
incorporación del Proyecto Carretera
Longitudinal de la Sierra Tramo
4: Huancayo – Izcuchaca – Mayocc
– Ayacucho/Ayacucho – Andahuaylas
– Puente Sahuinto/Dv. Pisco – Huaytará
– Ayacucho
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 001-2015-EF
Lima, 5 de enero de 2015
CONSIDERANDO:
Que, mediante Of‌i cio Nº 0128-2012-MTC/01, recibido
el 24 de setiembre de 2012, el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones solicitó la incorporación al proceso
de promoción de la inversión privada del Proyecto

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR