DECRETO SUPREMO N° 006-2008-MINCETUR - Aprueban reglamento para la implementación del registro de máquinas tragamonedas y normas complementarias para el otorgamiento de autorización expresa en casos de transferencias de salas de juego autorizadas

Fecha de publicación06 Mayo 2008
Fecha de disposición06 Mayo 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 6 de mayo de 2008 371819
Oficializan el “III Congreso Nacional,
II Congreso Iberoamericano de Riego y
Drenaje y V Exposición de Equipos de
Riego y Afines - Expo Riegos 2008”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 333-2008-AG
Lima, 30 de abril de 2008
VISTO:
El Of‌i cio Nº 1046-2008-AG-DGPA/DCL, de fecha 14 de
abril de 2008 del Director General de la Dirección General
de Promoción Agraria; y,
CONSIDERANDO:
Que, es política del Ministerio de Agricultura promover,
fomentar e incentivar la organización de Ferias y Eventos
Agropecuarios con la participación activa de los agentes
productivos, sean personas naturales o jurídicas, vinculadas
a la producción agraria a nivel nacional, regional y local;
así como promover la inversión privada en el desarrollo del
Sector Agrario;
Que, mediante el Of‌i cio Nº 134-R-2008/UNALM de fecha
22 de febrero de 2008, el Rector de la Universidad Nacional
Agraria La Molina, solicita la of‌i cialización del “III Congreso
Nacional, II Congreso Iberoamericano de Riego y Drenaje y V
Exposición de Equipos de Riego y Af‌i nes - Expo Riegos 2008”,
a realizarse del 7 al 10 de junio del año en curso, en el Campus
de la Universidad Nacional Agraria La Molina - Lima;
Que, el mencionado evento tiene por objetivo promover
el uso ef‌i ciente de los sistemas de riego y drenaje para
optimizar la ef‌i ciencia del riego y la productividad acorde
con el desarrollo de una agricultura moderna y sostenible;
Que, la Dirección General de Promoción Agraria
mediante documento del visto, adjunta el Informe Nº 002-
2008-AG-DGPA-DCL, recomendando la of‌i cialización de
dicho evento;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,
el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG - Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y
la Resolución Ministerial Nº 0650-2006-AG - Reglamento
de Ferias y Eventos Agropecuarios;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Of‌i cializar el “III Congreso Nacional,
II Congreso Iberoamericano de Riego y Drenaje y V
Exposición de Equipos de Riego y Af‌i nes - Expo Riegos
2008”, a realizarse del 7 al 10 de junio del año en curso, en
el Campus de la Universidad Nacional Agraria La Molina
- Lima, organizado por el Departamento de Recursos de
Agua y Tierra de la Facultad de Ingeniería Agrícola y el
Programa Doctoral y Maestría de Recursos Hídricos de la
Escuela de Post Grado de la mencionada universidad.
Artículo 2º.- El Comité Organizador del evento que se
ref‌i ere el artículo precedente, presentará ante el Ministerio
de Agricultura un informe acerca de los resultados de su
gestión, dentro de treinta (30) días calendario después de
f‌i nalizado dicho evento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Agricultura
196452-2
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Aprueban reglamento para la
implementación del registro de
máquinas tragamonedas y normas
complementarias para el otorgamiento
de autorización expresa en casos
de transferencias de salas de juego
autorizadas
DECRETO SUPREMO
Nº 006-2008-MINCETUR
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28945 - Ley de Reordenamiento y
Formalización de la Actividad de Explotación de Juegos de
Casino y Máquinas Tragamonedas, mediante la Segunda
Disposición Transitoria y Final ha creado el Registro de
Máquinas Tragamonedas autorizadas para su explotación
en las salas de juego del país, disponiendo que se dicten
las normas reglamentarias pertinentes;
Que, de otra parte, se ha verif‌i cado que se vienen
realizando transferencias de salas de juegos de casino
y máquinas tragamonedas autorizadas por la Dirección
General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR;
Que, es necesario establecer el procedimiento al cual
deben sujetarse las solicitudes para obtener la Autorización
Expresa a que se ref‌i ere el artículo 13º de la Ley Nº 27153
- Ley que regula la explotación de los Juegos de Casino y
Máquinas Tragamonedas, modif‌i cado por el artículo 5º de
la Ley Nº 27796, en casos de producirse las transferencias
de salas de juego antes referidas, con el objeto de evitar
la duplicidad de trámites y garantizar al mismo tiempo
el estricto cumplimiento de los requisitos y condiciones
establecidos por la citada Ley;
FACULTADES
RECEPCIONADAS POR EL GOBIERNO REGIONAL RETENIDAS POR EL MINISTERIO DE AGRICULTURA
Capacitar a los productores de camélidos sudamericanos en la prevención de
riesgos naturales que afecten sus crianzas. Coordinar, elaborar, aprobar y ejecutar un Plan Nacional de Reducción de
Riesgos que afecten a la población de camélidos sudamericanos por la
ocurrencia de fenómenos naturales.
Diseñar e implementar los planes preventivos frente a la ocurrencia de fenómenos
naturales que afecten a la población de camélidos sudamericanos, en el marco de
la política nacional.
Implementar acciones que conduzcan a la reducción de riesgos por la ocurrencia
de fenómenos naturales que afecten a la población de camélidos sudamericanos.
Supervisar los procesos de exportación de camélidos sudamericanos domésticos
en el ámbito de su jurisdicción, en coordinación con la organización de
productores y de acuerdo a las normas establecidas.
Evaluar, aprobar y supervisar el potencial de exportación de camélidos
sudamericanos domésticos y los procesos respectivos, en concordancia con las
políticas y normas de protección, conservación y preservación del recurso.
Informar a la autoridad nacional de los registros de las exportaciones de los
camélidos sudamericanos domésticos en pie. Consolidar y monitorear la información de exportaciones de los camélidos
sudamericanos domésticos y sus productos.
Informar a la autoridad nacional de los registros de los productos de los camélidos
sudamericanos domésticos ((f‌i bra y pieles) exportados.
Apoyar la implementación de los planes maestros de manejo de Áreas Naturales
Protegidas donde existan Camélidos Sudamericanos Silvestres, referidos a su
conservación.
Coordinar con la autoridad competente el diseño y la implementación de políticas,
planes y normas de las Áreas Naturales Protegidas donde existan Camélidos
Sudamericanos.
196452-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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