DECRETO SUPREMO N° 010-2010-MIMDES - Funciones y competencias correspondientes a cada uno de los niveles de Gobierno respecto de las Sociedades de Beneficencia Pública y Junta de Participación Social en el Marco del Proceso de Descentralización

Fecha de publicación25 Diciembre 2010
Fecha de disposición25 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 25 de diciembre de 2010
431690
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
582265-6
Aprueban Convenio de Traspaso de
Recursos a ser suscrito con el Gobierno
Regional del Departamento de San
Martín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 691-2010-EF/75
Lima, 23 de diciembre de 2010
CONSIDERANDO:
se aprobaron tres (03) operaciones de endeudamiento
interno acordadas entre el Ministerio de Economía
y Finanzas y el Banco de la Nación, hasta por: i)
la suma de S/. 51 288 906,20 (CINCUENTA Y UN
MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS SEIS Y 20/100 NUEVOS SOLES)
destinada a financiar el proyecto Mejoramiento
del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la
Ciudad de Juanjui; ii) la suma de S/. 22 734 172,00
(VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA
Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y DOS Y 00/100
NUEVOS SOLES) destinada a financiar el proyecto
Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua
Potable y Alcantarillado de la Localidad de Saposoa;
y iii) la suma de S/. 48 357 283,88 (CUARENTA Y
OCHO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES Y
88/100 NUEVOS SOLES) destinada a financiar el
proyecto Mejoramiento y Ampliación del Sistema de
Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Rioja,
Provincia de Rioja – San Martín; a ser ejecutados
por el Gobierno Regional del Departamento de San
Martín;
Que, asimismo el Artículo 10° del acotado Decreto
Supremo establece que el servicio de amortización,
intereses, comisiones y demás gastos que ocasionen las
citadas operaciones de endeudamiento, serán atendidos
por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a
los recursos del Fideicomiso que el Gobierno Regional
del Departamento de San Martín, ha constituido con la
Corporación Financiera de Desarrollo - S.A. COFIDE S.A.,
en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 28575 y sus
modif‌i catorias, conforme lo dispuesto en el numeral 2.1
del Artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 011-2010;
Que, el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 011-
2010 señala que el contrato constitutivo del Fideicomiso
antes aludido deberá ser enmendado a f‌i n de establecer
los términos y condiciones en que se efectuará el
traspaso de recursos a favor del Ministerio de Economía
y Finanzas, para atender el servicio de deuda derivado
de las operaciones de endeudamiento interno autorizadas
a concertar mediante dicho Decreto de Urgencia, y que
la enmienda respectiva sea aprobada por resolución
ministerial de Economía y Finanzas;
Que, sobre el particular han opinado favorablemente
la Dirección Nacional del Endeudamiento Público y la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563,
Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y
sus modif‌i catorias, el Decreto de Urgencia N° 011-2010 y
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de
Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección Nacional del Endeudamiento
Público y el Gobierno Regional del Departamento de San
Martín, mediante el cual se establecen los términos y
condiciones para el traspaso de los recursos y el pago del
servicio de la deuda correspondiente a las operaciones de
endeudamiento interno aprobadas por los Artículos 1º, 2º y
Artículo 2º.- Modifíquese el Contrato de Fideicomiso
constituido por el Gobierno Regional del Departamento
de San Martín en la Corporación Financiera de Desarrollo
- COFIDE S.A., en el marco de la Ley N° 28575, a f‌i n
de adecuarlo para los f‌i nes del pago del servicio de la
deuda correspondiente a las citadas operaciones de
endeudamiento interno.
Artículo 3º.- Autorícese al Director General de la
Dirección Nacional del Endeudamiento Público a suscribir,
en representación del Ministerio de Economía y Finanzas,
el Convenio de Traspaso de Recursos, y la modif‌i cación
del Contrato de Fideicomiso suscrito entre COFIDE S.A. y
el Gobierno Regional del Departamento de San Martín, a
que se ref‌i eren los artículos precedentes, así como toda la
documentación necesaria para su implementación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
582264-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Funciones y competencias
correspondientes a cada uno de los
niveles de Gobierno respecto de las
Sociedades de Beneficencia Pública y
Junta de Participación Social en el Marco
del Proceso de Descentralización
DECRETO SUPREMO
Nº 010-2010-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Perú establece que la descentralización es una política
permanente del Estado, de carácter obligatorio, cuyo
objetivo es el desarrollo integral del país, precisando
además que dicho proceso se realiza por etapas, en
forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que
permitan una adecuada asignación de competencias y
transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los
Gobiernos Regionales y Locales;
Que, la Segunda Disposición Complementaria de la Ley
que a partir del ejercicio f‌i scal 2003 se inicia la transferencia
a los Gobiernos Regionales y Locales, según corresponda,
de los programas sociales de lucha contra la pobreza y
los proyectos de inversión e infraestructura productiva
de alcance regional, en función de las capacidades de
gestión de cada gobierno subnacional, facultando al Poder
Ejecutivo para realizar todas las acciones administrativas,
presupuestarias y f‌i nancieras necesarias con relación a los
pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos
objeto de transferencia;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2007-
PCM, se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de
Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales
y Locales del año 2007”, el cual contempla en el literal
f) del Acápite B: Transferencia de Fondos, Programas,

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