RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 131-2011-CE-PJ - Amplían la competencia territorial del Primer y Segundo Juzgados Penales y del Juzgado Mixto del Distrito de Ventanilla, Distrito Judicial del Callao

Fecha de publicación07 Junio 2011
Fecha de disposición07 Junio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 7 de junio de 2011
444048
Corte Superior de Justicia de Tacna:
• Juzgado de Trabajo Transitorio Liquidador de Tacna.
Corte Superior de Justicia de La Libertad:
• Primer Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo.
• Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo.
• Tercer Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo.
• Cuarto Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo.
• Quinto Juzgado de Trabajo Transitorio de Trujillo.
Corte Superior de Justicia de Arequipa:
• Primer Juzgado de Trabajo Transitorio Liquidador.
• Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio Liquidador.
• Juzgado Laboral de Arequipa, que a partir de la fecha
se denominará Tercer Juzgado de Trabajo Transitorio de
Liquidador.
Corte Superior de Justicia de Lambayeque:
• Primer Juzgado de Trabajo Transitorio de Chiclayo.
• Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de
Chiclayo.
Corte Superior de Justicia de Cusco:
• Primer Juzgado de Trabajo Transitorio de Cusco,
antes denominado Juzgado de Trabajo Transitorio de
Cusco.
Artículo Segundo.- Prorrogar el funcionamiento
hasta el 31 de octubre de 2011, los siguientes órganos
jurisdiccionales transitorios:
Corte Superior de Justicia de Tacna:
• Juzgado de Trabajo Transitorio Liquidador de Tacna.
Corte Superior de Justicia de Lambayeque:
• Primer Juzgado de Trabajo Transitorio de Chiclayo.
• Segundo Juzgado de Trabajo Transitorio de
Chiclayo.
Artículo Tercero.- La creación, conversión, adecuación
y prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios que
conocen a exclusividad procesos laborales, contenciosos
administrativos laborales y previsionales de los Distritos
Judiciales en los cuales se ha implementado y se
implemente la Ley Nº 29497, estarán bajo la supervisión
del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la
Nueva Ley Procesal del Trabajo, con la f‌i nalidad de efectuar
su seguimiento y monitoreo. Para la creación, conversión,
adecuación y prórroga de los órganos jurisdiccionales
transitorios que conocen dichos procesos en adición a
otras especialidades, la Comisión Nacional de Descarga
Procesal coordinará con el mencionada Equipo Técnico.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General
del Poder Judicial realice las acciones administrativas
pertinentes, para el cumplimiento de la presente
resolución.
Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional
de Descarga Procesal, Equipo Técnico Institucional de
Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo,
Of‌i cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y f‌i nes
consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO
ROBINSON O. GONZÁLES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA
AYAR CHAPARRO GUERRA
649634-1
Amplían la competencia territorial del
Primer y Segundo Juzgados Penales
y del Juzgado Mixto del Distrito de
Ventanilla, Distrito Judicial del Callao
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 131-2011-CE-PJ
Lima, 11 de mayo de 2011
VISTOS:
El Of‌i cio N° 15178-2010-P-CSJCL/PJ, cursado por la
Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao; y el
Informe N° 274-2010-SEP-GP-GG-PJ de la Sub Gerencia
de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder
Judicial, y;
CONSIDERANDO:
Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de
Justicia del Callao solicita a este Órgano de Gobierno que
los Juzgados Penales del Distrito de Ventanilla, asuman la
competencia territorial de toda la jurisdiccional del referido
distrito.
Segundo: Que, el Distrito de Ventanilla tiene población
proyectada al 2010 de 333,509 habitantes, y cuenta con una
Sala Mixta Descentralizada, seis Juzgados Especializados
en lo Penal, Familia y Mixtos y tres Juzgados de Paz
Letrado, de los cuales cinco son transitorios dentro del
Plan Nacional de Descarga Procesal.
Tercero: Que, por Resolución Administrativa N° 142-
2001-CE-PJ se dispuso la delimitación de competencia,
entre otros, del Primer y Segundo Juzgados Mixtos del
Distrito de Ventanilla, dividiéndolos en dos zonas de
jurisdicción, respectivamente.
Cuarto: Que, asimismo, mediante Resolución
Administrativa N° 241-2009-CE-PJ se convirtió el Primer
y Segundo Juzgados Mixtos con sede en el Distrito de
Ventanilla, en el Primer y Segundo Juzgados Penales del
mismo distrito, y se dispuso que el Tercer Juzgado Mixto se
denomine Juzgado Mixto de Ventanilla con competencia
en las demás especialidades (civil, constitucional, familia,
laboral y contencioso administrativo).
Quinto: Que, el volumen de ingresos del Segundo
Juzgado Penal de Ventanilla, para el año 2010 se proyectó
que sería 91% más que la del Primer Juzgado Penal;
en ambos casos se observa carga pendiente sobre el
estándar de 450 procesos anuales, siendo necesario
adoptar acciones a f‌i n de equilibrar la carga procesal de
todo el referido distrito.
Sexto: Que, el Informe N° 274-2010-SEP-GP-GG-
PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial,
concluye que es factible ampliar la competencia territorial
del Primer y Segundo Juzgados Penales y del Juzgado
Mixto de Ventanilla para conocer los procesos de todo
el referido distrito, a f‌i n de mejorar la administración de
justicia en dicha jurisdicción.
Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, sin la intervención del señor Consejero Darío
Palacios Dextre por encontrarse de licencia, de conformidad
con el informe del señor Consejero Jorge Alfredo Solís
Espinoza, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar Ia competencia territorial del
Primer y Segundo Juzgados Penales y del Juzgado Mixto
del Distrito de Ventanilla, Distrito Judicial del Callao; para
conocer los procesos de sus respectivas especialidades
en todo el referido distrito.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución
Administrativa N° 142-2001-CE-PJ, respecto a las
competencias territoriales del Primer y Segundo
Juzgados Mixtos (ahora Juzgados Penales) del Distrito de
Ventanilla, Distrito Judicial del Callao, así como los límites
establecidos.
Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte
Superior de Justicia del Callao a dictar las medidas
administrativas que sean necesarias, para el adecuado
cumplimiento de la presente resolución.

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