RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 287-2010-P-PJ - Designan Presidente del Comité de Control Interno del Poder Judicial y a miembro suplente

Fecha de disposición18 Diciembre 2010
Fecha de publicación18 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 18 de diciembre de 2010 431179
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Designan Presidente del Comité de
Control Interno del Poder Judicial y a
miembro suplente
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 287-2010-P-PJ
Lima, 15 de diciembre del 2010
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el artículo 4º de la Ley Nº 28716
Ley de Control Interno de las Entidades del Estado “Las
entidades del Estado implantan obligatoriamente sistemas
de control interno en sus procesos, actividades, recursos,
operaciones y actos institucionales, orientado su ejecución
al cumplimiento de los objetivos siguientes: a) Promover
y optimizar la ef‌i ciencia, ef‌i cacia, transparencia y
economía en las operaciones de la entidad [...]; b) Cuidar
y resguardar los recursos y bienes del Estado contra
cualquier forma de pérdida, deterioro, uso indebido y
actos ilegales, así como, en general, contra todo hecho
irregular o situación perjudicial que pudiera afectarlos;
c) Cumplir la normatividad aplicable a la entidad y sus
operaciones; d) Garantizar la conf‌i abilidad y oportunidad
de la información; e) Fomentar e impulsar la práctica de
valores institucionales yf) Promover el cumplimiento de
los funcionarios o servidores públicos de rendir cuenta por
los fondos y bienes públicos a su cargo y/o por una misión
u objetivo encargado y aceptado”;
Que, asimismo, en el último párrafo del artículo en
mención establece que corresponde al Titular y a los
funcionarios responsables de los órganos directivos y
ejecutivos de la entidad, la aprobación de las disposiciones
y acciones necesarias para la implantación de dichos
sistemas y que éstos sean oportunos, razonables, integrados
y congruentes con las competencias y atribuciones de las
respectivas entidades;
Que, en virtud a ello, mediante Resolución Administrativa
Nº 242-2009-P-PJ, de fecha 25 de agosto de 2009, se
aprobó la conformación del Comité de Control Interno
del Poder Judicial, encargado de ejecutar las acciones
necesarias para la adecuada implementación del Sistema
de Control Interno y su ef‌i caz funcionamiento en su ámbito
y comprende las dependencias de la Corte Suprema,
Consejo Ejecutivo, Of‌i cina de Control de la Magistratura
(OCMA) y la Gerencia General del Poder Judicial, en lo que
compete a la gestión administrativa; así como la supervisión
de las acciones realizadas por los Comités Distritales de
Control Interno de las Cortes Superiores de Justicia de la
República;
Que, en tal sentido, a f‌i n de dar inicio a las actividades
señaladas en el resolutivo en mención, resulta conveniente
designar al Presidente y al suplente respectivo, del Comité
de Control Interno del Poder Judicial;
Por las consideraciones expuestas, con la visación de
la Gerencia de Planif‌i cación y la Of‌i cina de Asesoría Legal
de la Gerencia General del Poder Judicial; y en uso de las
facultades conferidas por ley;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR al señor doctor Flaminio
Vigo Saldaña, Consejero del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, como Presidente del Comité de Control Interno del
Poder Judicial y al doctor Darío Palacios Dextre, Consejero
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, quien actuará
como miembro suplente del Comité en mención.
Artículo Segundo.- DISPONER que el presente
resolutivo se ponga en conocimiento del Consejo Ejecutivo,
Corte Suprema de Justicia de la República, Of‌i cina de
Control de la Magistratura (OCMA), las Cortes Superiores
de Justicia de la República, Of‌i cinas Distritales de Control
de la Magistratura (ODECMAS), Órgano de Control
Institucional y Gerencia General del Poder Judicial, para
los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JAVIER VILLA STEIN
Presidente del Poder Judicial
579362-1
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen el traslado de la Tercera Sala
Penal y de la Sala Mixta Transitoria del
Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 341-2010-P-CSJCL/PJ.
Callao, 13 de diciembre del 2010.
LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DEL CALLAO
VISTO y CONSIDERANDO:
Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de
Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito
Judicial, así como cautelar la pronta administración de
justicia, conforme lo prescriben los incisos 3) y 4) del
artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial.
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 052-2010-P-
CSJCL/PJ de fecha 25 de febrero del año en curso, se reguló
el procedimiento para completar las Salas Penales en casos
de impedimento legal de un magistrado o cuando surge
discordia de ponencias que no permite formar resolución.
Que, el artículo primero de la resolución antes
mencionada estableció que en caso de impedimento legal
de un magistrado, o de surgir discordia en la Tercera Sala
Penal, se procederá a llamar a los integrantes de la Cuarta
Sala Penal, empezando por el magistrado menos antiguo; y
en caso de impedimento legal de un magistrado, o de surgir
discordia en la Cuarta Sala Penal se procederá a llamar a
los integrantes de la Tercera Sala Penal, empezando por el
magistrado menos antiguo.
Que, en la aplicación de la norma antes señalada se
ha venido observando algunos inconvenientes como la
demora en producirse los reemplazos de magistrados, ya
que dichos órganos jurisdiccionales se encuentran ubicados
en inmuebles distintos, es decir, la Tercera Sala Penal está
ubicada en la sede principal, en tanto la Cuarta Sala Penal
en la Avenida Sáenz Peña, lo que también ha generado
en algunas ocasiones la frustración de Vistas de Causa y
continuación de audiencias de juicio oral, por lo que debe
tomarse las medidas del caso para que ambas salas estén
ubicadas en un mismo inmueble, sobre todo, si se tratan de
Salas de reos libres, para de esta manera evitar cualquier
tipo de contingencia que perjudique la buena marcha de la
administración de justicia.
En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas
a los Presidentes de Corte, en los incisos 1) y 9) del artículo
90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
Judicial, ya acotada.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el traslado de la Tercera
Sala Penal del Callao, ubicada en la Avenida Dos de Mayo
S/N a la sede judicial ubicada en la Avenida Sáenz Peña
Nº 445-Callao.
Artículo Segundo.- DISPONER el traslado de la Sala
Mixta Transitoria del Callao, hacia la sede principal ubicada
en la Avenida Dos de Mayo S/N – Callao.
Artículo Tercero.- DISPONER que los Señores
Presidentes de la Tercera Sala Penal del Callao y de la
Sala Mixta Transitoria del Callao cumplan con lo dispuesto
en la presente resolución en el plazo máximo de diez días
calendario.

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