Comisión de Constitución sanciona ley contra tránsfugas

Quizá sea la última reforma político-legal que sancione este Congreso que ya se va. Por fin ayer la Comisión de Constitución del Parlamento aprobó con 12 votos a favor y uno en contra (el de Javier Valle Riestra, de las filas apristas) la definición y sanción contra los tránsfugas políticos.

Así, se considera tránsfuga al representante electo sin proclamar, proclamado o incorporado al Congreso, a un gobierno regional o local, que abandona o renuncia a su bancada o a la agrupación política por la que fue electo.

O, también, a aquel que se ausenta de forma injustificada, reiterada y sistemática de votaciones de interés significativo para la organización política por la que fue electo.

La futura norma legal que corrige la Ley de Partidos Políticos ?si es que lo aprueba así el pleno del Congreso que reanudaría sus sesiones este jueves? precisa que no se considera transfuguismo cuando un representante renuncia o se aparta de una bancada o de una organización política como consecuencia de sus discrepancias ideológicas y políticas o porque esta adopta decisiones contrarias a los principios, idearios y planteamientos políticos que estuvieron vigentes cuando fue elegido.

¿Y cuál es la sanción para el tránsfuga? El dictamen aprobado delega en el Reglamento del Congreso, en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley Orgánica de Municipalidades el procedimiento por seguir para el castigo...

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