COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCION MINISTERIAL Nº 222-2007-MINCETUR/DM - Aceptan donaciones efectuadas a favor del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 222-2007-MINCETUR/DM

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 24 de noviembre de 2007
358226
de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto
Supremo N° 005-2002-MINCETUR;
Contando con las visaciones de los Directores
Generales de Administración, de Planicación,
Presupuesto y Desarrollo y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Incluir dentro de los alcances de la
convocatoria a Concurso Público de Méritos autorizada
por dicha Resolución Ministerial Nº 155-2007-MINCETUR/
DM, de fecha 24 de julio de 2007, la plaza Nº 48 de la
Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas
Tragamonedas, y excluir de dicha convocatoria la plaza
Nº 07 de la misma Dirección General.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
135713-1
Aceptan donaciones efectuadas a favor
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 222 -2007-MINCETUR/DM
San Isidro, 21 de noviembre de 2007
Visto, el Informe Nº 020- 2007-MINCETUR/SG/OGA-
CGP, del Comité de Gestión Patrimonial.
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
– MINCETUR, tiene a su cargo la promoción, supervisión
y gestión de los CITES Artesanales y Turísticos de
conformidad con el Artículo 10º de la Ley Nº 27267 – Ley
de Centros de Innovación Tecnológica, modicada por
Ley Nº 27890;
Que, con fecha 22 de marzo de 2003, la empresa
Minera Yanacocha S.R.L y el Viceministerio de Turismo,
suscribieron un Acuerdo Marco de Cooperación con
el objeto de implementar el Centro de Innovación
Tecnológica Turístico Artesanal Joyería Koriwasi – CITE
Joyería “Koriwasi”, con sede en el Departamento de
Cajamarca, creado por Resolución Suprema Nº 012-
2003-MINCETUR, modicada por Resolución Suprema
Nº 022-2003-MINCETUR, cuyo n es lograr el incremento
de la competitividad, la mejora de la calidad de los diseños
y la diversicación de la oferta exportable artesanal y
de los servicios turísticos que le son complementarios.
Mediante la cláusula cuarta de dicho Acuerdo, la empresa
Minera Yanacocha S.R.L., se compromete a aportar al
CITE Joyería Koriwasi, la suma de un millón de dólares
americanos (US$ 1’000,000.00), incluido impuestos para
los nes señalados;
Que, al amparo de dicho Acuerdo, con fecha 3 de
octubre de 2003, las Partes suscribieron el Acuerdo
Especíco Nº 01, con el objeto de establecer la forma y
oportunidad en que la empresa Minera Yanacocha S.R.L.
efectuaría la donación a la cual se comprometió, la misma
que consistía en parte en dinero en efectivo y parte en
maquinaria y equipos;
Que, con fecha 11 de mayo de 2005, el MINCETUR,
la empresa Minera Yanacocha S.R.L. y la Asociación Los
Andes de Cajamarca, suscribieron un Contrato de Cesión
de Posición Contractual, por el cual esta última asumió
la posición contractual de Minera Yanacocha S.R.L.,
en el Acuerdo Marco de Cooperación y en el Acuerdo
Especíco Nº 01, antes citados, a efectos cumplir con las
obligaciones pendientes de desembolso;
Que, la Asociación Los Andes de Cajamarca
(Institución Corporativa de la Minera Yanacocha S.R.L.),
de acuerdo al citado Contrato de Cesión de la Posición
Contractual, ha realizado dos transferencias de bienes en
la modalidad de donación de Bienes, una por el valor de
US $ 53,266.57 (Cincuenta y tres mil doscientos sesenta
y seis y 57/100 dólares americanos), y otra por un valor de
US $ 89,154.01 (Ochenta y nueve mil ciento cincuenta y
cuatro y 01/100 Dólares Americanos), a favor del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, a n que sean destinados
a promover la innovación, la calidad y productividad del
Centro de Innovación Tecnológica – CITE Koriwasi;
Que, mediante Informes Técnicos Legales Nºs. DOR-
2007-001 y DOR-2007-002, de fecha 27 de setiembre de
2007, el Presidente de Comité de Gestión Patrimonial
concluye que es procedente aceptar las referidas
donaciones;
Que, el artículo 172º del Reglamento General de
Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad
Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,
modicado por Decreto Supremo Nº 042-2006-EF, establece
que las donaciones de bienes muebles patrimoniales,
incluidas aquellas que se realicen con nes asistenciales
a favor del Estado, serán aceptadas por Resolución del
titular de la entidad pública donataria, salvo disposición en
contrario;
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
antes citado artículo 172º, y en aplicación de la Ley
Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo;
Con la visación de la Ocina General de Administración,
el Comité de Gestión Patrimonial y la Ocina General de
Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar las donaciones efectuadas
por la Asociación Los Andes de Cajamarca (Institución
Corporativa de la Minera Yanacocha S.R.L.), a favor del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, consistente
en equipos y accesorios, una por el de valor de US$
53,266.57 (Cincuenta y tres mil doscientos sesenta y
seis y 57/100 dólares americanos), y otra por el valor de
US$ 89,154.01 (Ochenta y nueve mil ciento cincuenta
y cuatro y 01/100 Dólares Americanos), cuyo detalle
se consigna en los Anexos Nºs. 001 y 002 que forman
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Agradecer a la Asociación Los Andes
de Cajamarca (Institución Corporativa de la Minera
Yanacocha S.R.L.), por su importante contribución.
Artículo 3º.- La Ocina General de Administración
procederá a aprobar el alta de los bienes donados,
y dictará las medidas necesarias para incorporar
los bienes muebles en los Registros Patrimoniales
y Contables del Ministerio de Comercio Exterior y
Turismo.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución
Ministerial y Actas de donación a la Superintendencia de
Bienes Nacionales de acuerdo al Artículo 175º del Decreto
Supremo Nº 154-2001-EF, modicado por el Decreto
Supremo Nº 042-2006-EF.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
135713-2
ECONOMIA Y FINANZAS
Modificación de la Segunda Disposición
Complementaria del Reglamento de la
Ley del Sistema Nacional de Inversión
Pública
DECRETO SUPREMO
Nº 185-2007-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27293 se creó el Sistema
Nacional de Inversión Pública con la nalidad de optimizar
el uso de los recursos públicos destinados a la inversión,
siendo modicada por la Ley Nº 28802;
Que, mediante la Ley Nº 28802, publicada el 21 de
julio de 2006, se modica el Sistema Nacional de Inversión
Pública;

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