COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO RESOLUCION SUPREMA Nº 142-2007-MINCETUR - Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en sesiOn del Consejo de Ministros de EconomIa de CentroamErica - COMIECO que se realizarA en Costa Rica RESOLUCION SUPREMA Nº 142-2007-MINCETUR

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 27 de setiembre de 2007
354120
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Aceptan renuncia y designan miembro
del Consejo Directivo del CENFOTUR,
en representación del sector privado
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 141-2007-MINCETUR
Lima, 26 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 10º del Reglamento de
Organización y Funciones del Centro de Formación en
Turismo - CENFOTUR, aprobado por Decreto Supremo
014-2003-MINCETUR, los miembros del Consejo
Directivo de esta entidad son designados por un período
de dos años renovables, salvo aquellas designaciones
que se realicen para completar períodos;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2006-
MINCETUR, publicada el 31 de marzo de 2006, se designó
entre otros, al señor Raúl Vargas Vega, como miembro del
Consejo Directivo del CENFOTUR, designación que fue
raticada mediante Resolución Suprema Nº 022-2006-
MINCETUR, publicada el 3 de setiembre de 2006;
Que, el señor Raúl Vargas Vega ha presentado su
renuncia a dicho cargo, por cuya razón es necesario
designar a la persona que debe reemplazarlo;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560,
modicado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27594 - Ley
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de Funcionarios Públicos
y el Decreto Supremo Nº 014-2003-MINCETUR, que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
CENFOTUR; y,
De acuerdo con la propuesta formulada;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por
el señor Raúl Vargas Vega, al cargo de miembro del
Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo
- CENFOTUR, agradeciéndole por los servicios
prestados; y designar en su reemplazo a la señora
Julia Isabel Álvarez Novoa, como miembro del Consejo
Directivo de CENFOTUR, en representación del sector
privado, por el período que vence el 31 de marzo de
2008.
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema
será refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y
Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
113768-17
Autorizan viaje de representantes del
Ministerio para participar en sesión
del Consejo de Ministros de Economía
de Centroamérica - COMIECO que se
realizará en Costa Rica
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 142-2007-MINCETUR
Lima, 26 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, del 2 al 8 de setiembre de 2007, se llevó a cabo
una Misión Comercial a Centroamérica (Guatemala, El
Salvador y Costa Rica) por una delegación peruana
conformada por representantes del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el Ministerio
de Relaciones Exteriores y la Comisión de Promoción
del Perú para el Comercio Exterior y Turismo -
PROMPERÚ;
Que, en dicha ocasión, los representantes del
MINCETUR manifestaron el interés del Perú de iniciar
negociaciones comerciales con el referido bloque
centroamericano; asimismo, el Ministro de Economía de
Guatemala, en su calidad de Presidente del Consejo de
Ministros de Economía de Centroamérica - COMIECO,
aceptó presentar la propuesta peruana de iniciar
negociaciones comerciales con Centroamérica, en la
sesión del Consejo a realizarse en la ciudad de San
José, República de Costa Rica, el día 28 de setiembre
de 2007;
Que, el MINCETUR, ejerce la representación nacional
en materia de negociaciones comerciales y de desarrollo y
promoción de comercio exterior; en tal razón, se considera
conveniente que dos representantes del Viceministerio de
Comercio Exterior viajen a la ciudad de San José, a n de
que participen en dicha Sesión y expongan los intereses
nacionales por fortalecer las relaciones comerciales con
dicha región;
Que, de acuerdo con la Ley 28927, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007,
han sido prohibidos los viajes al exterior con cargo a
recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas,
los viajes que se efectúan en el marco de los acuerdos de
negociación de tratados comerciales de importancia para
el Perú;
De conformidad con la Ley Nº 28927 antes citada,
la Ley Nº 27790, de Organización y Funciones del
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR,
la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes
al exterior de los servidores y funcionarios públicos,
modificada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo
Nº 005-2006-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Eduardo
Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y
Negociaciones Comerciales Internacionales y Luis
Alberto Torres Paz, Director Nacional de Desarrollo
de Comercio Exterior, del Viceministerio de Comercio
Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
a la ciudad de San José, República de Costa Rica,
del 27 al 28 de setiembre de 2007, para que en
representación del MINCETUR realicen las acciones
señaladas en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes (US$ 1 273,83 x 2) : US$ 2 547,66
Viáticos (US$ 200,00 x 2 días x 2) : US$ 800,00
Tarifa CORPAC (US$ 30,25 x 2) : US$ 60,50
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a su retorno al país, los funcionarios cuyo
viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán
presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo,
un informe detallado sobre las acciones realizadas y
resultados obtenidos en la reunión a la que asistirán;
asimismo, presentarán la rendición de cuentas de
acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni
exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros,
cualquiera sea su clase o denominación.

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